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Enasua

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Enasua 02/06/24 21:56
Ha respondido al tema Familia numerosa, declaración 2023
Es muy raro que, en el borrador, aparezca la deducción por familia numerosa por importe de 1.200 euros si la CCAA ha informado correctamente de que el título existe desde julio. Asegúrate de lo que consta en tus datos fiscales; y mira a ver si has modificado algo en RentaWeb y es por eso por lo que sale ese dato incorrecto.Si es un error de la información de la CCAA, no dudes en modificar el borrador para que sólo aparezcan los 600,00 euros a los que tienes derecho (300,00 si sois dos los ascendientes del título) para evitar posibles sanciones.
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Enasua 02/06/24 20:31
Ha respondido al tema Fallecimiento de ascendiente
Según el INFORMA, "En el caso de fallecimiento del ascendiente durante el período impositivo, será necesario que estos convivan con el contribuyente al menos la mitad del período transcurrido entre el inicio del período impositivo y la fecha de fallecimiento. La cuantia será de 1.150 euros por ese ascendiente".Es decir: sí puedes aplicar el mínimo y, su importe, es una cuantía fija de 1.150 euros.
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Enasua 01/06/24 12:39
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Qué cansinos... Esperemos que, ahora que tienen la documentación, tarden poco. Dicen que se ha creado un grupo especial para resolver las rectificaciones de los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales; si es así, todos esos expedientes se mandarán a ese grupo y se descongestionarán los equipos de recursos de las administraciones. A ver si es así y ya va todo más rápido.
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Enasua 01/06/24 12:35
Ha respondido al tema Cita en hacienda para modificar borrador presentado - Declaración de la Renta
Todo lo contrario: te van a presentar una declaración rectificativa, por lo que tendrás 2: la que presentaste tú y la rectificación. Cuando hay más de una declaración, el algoritmo de la Agencia Tributaria no sabe resolver y paraliza ambas hasta que las revise un funcionario físico, cosa que no puede hacerse hasta finalizado el plazo voluntario de declaración. Por tanto, si presentas la rectificación vas a tener que esperar hasta, como mínimo, mediados de julio para tener tu devolución. Es mejor esperar a cobrar la primera y, después, presentar la rectificación.
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Enasua 29/05/24 21:24
Ha respondido al tema Desempleo y deducción por maternidad
Si tienes derecho a una cosa, también a la otra. Lo único, asegúrate de que quitas lo que se haya pagado con las ayudas que dan las comunidades autónomas y las que os hayan dado las empresas donde trabajase el padre, en su caso, así como lo que haya pagado él con la "retribución flexible", si la ha utilizado.
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Enasua 29/05/24 19:20
Ha respondido al tema Desempleo y deducción por maternidad
Desde enero del 23, la deducción ha cambiado de requisitos, así que lo que te pasó con tu hijo mayor, puede no ser de aplicación ahora.Si, cuando nació el hijo que, en 2023, tenía menos de 3 años, estabas trabajando, por cuenta propia o ajena, estando de alta en Seguridad Social por ello, o estabas COBRANDO (no vale con estar simplemente desempleada, buscando trabajo, tenías que estar cobrando) desempleo (prestación o subsidio, da igual), entonces tienes derecho a la deducción hasta que cumpla 3 años, no importa si, en ese período, trabajas, cobras desempleo o no.
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Enasua 29/05/24 19:03
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Es una pena para vd., puesto que, utilizar esas devoluciones para compensar su deuda, le ahorraría intereses, pero no podemos exigir perfección a los agentes de recaudación, que no dejan de ser humanos, y parece que, en su caso, olvidaron la devolución del 2022; esperemos que este año no le suceda lo mismo.Le agradezco la información, porque creía que un fraccionamiento tenía un plazo máximo de 12 meses y, al decirme vd. que, el suyo, lleva 16, he mirado un poco y he visto que, en marzo del 23, salió una Orden en la que se amplía el plazo a 24 meses. Todos los días se aprende algo nuevo.
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Enasua 29/05/24 18:49
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
Cuando tienes una deuda y solicitas un fraccionamiento, lo haces aceptando las condiciones que impone Hacienda para concedértelo, y una de ellas es que, cualquier crédito que nazca a tu favor, va a ir a compensar la deuda, y no a tu bolsillo. No hay que volver a calcular el importe de las mensualidades porque se resta de las últimas cuotas. Ejemplo: deuda de 1.000 euros fraccionada en 10 meses, y la devolución es de 400: pues con ella se quitan las cuotas de los meses 7, 8, 9 y 10. Cuando el deudor haya pagado 6 cuotas, se acaba el fraccionamiento.
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Enasua 29/05/24 18:42
Ha respondido al tema Renta
Tienes derecho a hacer la renta conjunta con tus hijos, pero no a aplicar el 100% del mínimo por descendientes (para ello deberías  tener una resolución judicial que te otorgue la custodia total de los niños) ni la reducción por tributación conjunta (que no se puede aplicar si vives con el padre de los menores, independientemente de que él tenga ingresos sujetos al IRPF o no).
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Enasua 22/05/24 14:22
Ha respondido al tema Desgravacion vivienda
No, no hay defectos en el "borrador" (en realidad, en el programa RentaWeb): como has estado desempleado, sólo han retenido 300,00 euros durante 2023; en consecuencia, sólo pueden devolverte esos 300,00 euros. Tengas derecho a una deducción o a mil, si antes no te han quitado dinero, no pueden devolvértelo. 
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Enasua 22/05/24 12:36
Ha respondido al tema Declaración renta jubilados de la agraria con ayudas de la PAC
Sigue teniendo que declararlo como actividad económica en estimación objetiva, hay una casillita que hay que marcar cuando no ha habido ingresos más allá de las subvenciones de la PAC. En estos casos, el índice es el 0,56, independientemente del cultivo o ganado que genere la ayuda. Cuando se marca la casillita ya te sale el índice por defecto.
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Enasua 22/05/24 09:57
Ha respondido al tema Buenas tardes a cobrado este mes o sabéis si an dado la orden de pago! Gracias. - Deducción por familia numerosa
Cuando pides un aplazamiento o un fraccionamiento de una deuda a la AEAT, lo haces aceptando los términos en que se concede, y uno de ellos es que, cualquier devolución de impuestos que tengas a tu favor, va a ir a reducir la deuda aplazada o fraccionada. Mientras tengas la deuda, esa deducción anticipada, así como la devolución de la Renta y cualquier otra cosa que vayas a cobrar de la AEAT, van a irse a eliminar la deuda.
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Enasua 22/05/24 09:32
Ha respondido al tema Importe del rendimiento neto previo obtenido como trabajador en activo discapacitado
No, eso se refiere a que si el discapacitado no trabaja por cuenta ajena, basta con que lo haga un día, pasando luego a la situación de baja por incapacidad temporal, para tener la consideración de trabajador discapacitado en activo hasta la finalización de esa baja. Pero si el discapacitado ya estaba trabajando (ponle, por ejemplo, que tiene el certificado de discapacidad desde 2020, trabaja, efectivamente, hasta diciembre del 21 y, luego, desde finales de ese mes, pasa a estar de baja por incapacidad temporal hasta febrero del 23), no necesita "acudir efectivamente al centro laboral a prestar sus servicios" ningún día de 2022 para tener derecho al gasto en la Renta de ese ejercicio por todo lo cobrado de la baja en ese año.
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Enasua 21/05/24 11:15
Ha respondido al tema Pensión + plan de pensiones ¿obligado a declarar?
No. Si el importe supera los límites que se disponen en el artículo al que me refería más arriba, la retención es obligatoria, y las entidades bancarias o aseguradoras no van a hacer nada ilegal que les pueda suponer sanciones. También yo preferiría que me cobraran el impuesto que corresponda en junio del año siguiente a percibir mis rentas, y tener, mientras tanto, ese dinero a mi disposición, pero no es posible.
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Enasua 20/05/24 14:39
Ha respondido al tema Pensión + plan de pensiones ¿obligado a declarar?
Depende de la cantidad rescatada. Por 5.000,00 euros que ha cobrado esa señora, la entidad pagadora no está obligada a retener. Puedes informarte, y asegurarte, leyendo el artículo 81 del Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Cada pagador tiene en cuenta, para la práctica de las retenciones, exclusivamente lo que paga él, sin contar con que puedas tener otros ingresos. Por eso siempre tienes la capacidad de pedir tú, de manera voluntaria, que te hagan retención, si no quieres pagarlo todo junto en la declaración. Pero la gente no suele hacerlo. Pasa mucho con el que pierde un trabajo y cobra paro, o con quien se jubila en el año x: el SEPE y la Seguridad Social no van a abonarle ese año lo suficiente como para estar obligados a retener, y la gente no sabe que puede pedir la retención (o no quiere hacerlo, para cobrarlo todo íntegro) y, luego, cuando la declaración sale "a pagar", y no poco, se llevan las manos a la cabeza: "¿Cómo me hacen pagar, encima de estar desempleado? ¿Cómo me hacen pagar, si he cobrado menos que cuando trabajaba todo el año?...".
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