El modelo 290 es una declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas residentes en EEUU. Este nuevo modelo fiscal se determinó con la Orden HAP/1136/2014, de 30 de junio, por la que:
Se regulan determinadas cuestiones relacionadas con las obligaciones de información y diligencia debida establecidas en el acuerdo entre España y Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (Foreign Acoount Tax Compliance Act - FATCA) y se aprueba la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.
¿Quién tiene que presentar el modelo 290?
Existe obligación de presentar el modelo 290 para todas aquellas instituciones financieras que mantengan las siguientes cuentas con titular o personas físicas que ejerzan el control sobre ellos (si son entidades jurídicas) residentes o ciudadanos de EEUU:
- Cuentas de depósito
- Cuentas de inversión
- Cuentas de custodia
- Contratos de seguro con valor en efectivo
Los sujetos con obligación de presentar el modelo 290 se pueden ver a continuación:
Un ejemplo de instituciones financieras obligadas a presentar el modelo 290 este año, podrían ser las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva española, que tendrían el estatus o condición de IF extranjera considerada cumplidora (certified deemed compliant Financial Institution) si reuniesen los requisitos de la referida normativa.
¿Qué se informa con el modelo 290?
En el modelo 290 se incluirá la información relativa a cada cuenta estadounidense sujeta a comunicación de información; este deberá de contener la siguiente información:
- Identificación del titular de la cuenta: entre los datos que se incluirán encontramos el nombre del titular, dirección, NIF estadounidense y fecha de nacimiento.
- Identificación de las personas físicas que ejercen el control sobre el titular de la cuenta, si el titular es una entidad pasiva no estadounidense, se deberán proporcionar los datos personales de la persona física.
- Número de cuenta, saldo y moneda. En el caso de que la moneda sea diferente al euro, se considerará el tipo de cambio publicado correspondiente al último día del año civil anterior a aquel en el que se determine el saldo o valor.
- De manera progresiva la información se ampliará a los tipos de rendimientos obtenidos en cada cuenta y a los pagos efectuados por las instituciones financieras a otras no participantes (extranjeras).
¿Cómo presentar el modelo 290?
Este año es el primero en que existe obligación de presentar el modelo 290 con información relativa al ejercicio 2014. La presentación del modelo se hará con periodicidad anual de forma electrónica, mediante el Servicio Web, esto quiere decir que la comunicación se establece entre dos programas: uno cliente de la Entidad Financiera y otro servidor de la Agencia Tributaria.
- Plazo de presentación: del 1 de enero al 31 de marzo de 2015.