¿Eres un inversor cualificado para invertir en un hedge fund?
La comercialización de los fondos de inversión libre empieza a despegar tras la aprobación del Real Decreto 362/2007, de 16 de marzo. Hasta Bestinver va a sacar un hedge fund.
Ahora bien aunque tengamos y queramos invertir los 50.000 euros que exige de mínimo la ley o los mínimos que establezca cada fondo (60.000 euros para el Bestinver Hedge Value Fund) resulta que, además, si somos personas físicas tenemos que ser considerados "inversores cualificados". ¿Y que se exige para cumplir eso?
Hay que ser personas físicas residentes en el Estado español que expresamente hayan solicitado ser consideradas como inversor cualificado y que cumplan al menos dos de las tres condiciones siguientes:
1. Que el inversor haya realizado operaciones de volumen significativo en los mercados de valores con una frecuencia media de al menos 10 por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores.
2. La cartera de valores del inversor supere los 500.000 euros.
3. Que el inversor trabaje o haya trabajado por lo menos durante un año en el sector financiero desempeñando una función que exija conocimientos relativos a la inversión en valores.
Además, las empresas de servicios de inversión y las entidades de crédito deberán llevar un registro de sus clientes que hayan solicitado por escrito ser considerados como inversores cualificados. En su solicitud, las personas físicas deberán certificar el cumplimiento de dos de las tres condiciones.
La incorporación al registro será válida durante un año. El inversor que desee permanecer en el registro deberá solicitar anualmente la renovación de conformidad con el párrafo anterior.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rd1310-2005.t3.html#a39
¡Casi nada! ¿Cuantos van a pedir estar en ese registro?
Con todas esas condiciones me temo que los inversores de a pie sólo vamos a poder entrar en los fondos de fondos libres. ¿No os parece que se han pasado un poco en las exigencias? ¿A quien benefician realmente tantas restricciones?