Los fondos de fondos son un vehículo de inversión mobiliaria que destina un porcentaje superior al 50% a la adquisición de participaciones en otros fondos, tanto nacionales como internacionales. Es decir, invierten en otras Instituciones de Inversión Colectiva (IICs).
Para cumplir la normativa de la CMNV, estos productos tienen que invertir en al menos dos fondos, que no sean fondos de fondos ni fondos de inversión inmobiliarios, y no más del 45% de su patrimonio en cada uno, para ser considerados como fondos de fondos. Tienen prohibido invertir en Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) con una política de inversión que permita materializar más del 10% de su activo en otras Instituciones de Inversión Colectiva, salvo que se trate de fondos subordinados cuyo fondo principal cumpla dicho requisito.
La directiva comunitaria sobre Instituciones de Inversión Colectiva, de diciembre de 2001, marca como mínimo de inversión cinco productos. Según dicha directiva, el máximo que se puede destinar a un único fondo es un 10% de los activos, aunque el gobierno puede elevar ese porcentaje al 35%.
Fondos de fondos: ventajas
Las ventajas que presentan es que resulta más sencillo analizar el comportamiento de los fondos de inversión que el de todos los activos financieros del mercado. Se puede maximizar la rentabilidad de una forma más sencilla invirtiendo directamente en fondos que a su vez invierten en activos. De esta forma se logra una diversificación mayor del riesgo.
Otra ventaja radica en el hecho de que, mediante este vehículo, el inversor puede acceder a fondos de inversión que por su alto capital exigido no podría suscribir a título individual.
Fondos de fondos: inconvenientes
Un inconveniente que presenta este producto es que las comisiones se duplican, con respecto a un fondo que solo invierte en activos. Esto se debe a que al invertir en otros fondos, hay que pagar las comisiones tanto del fondo principal como de los fondos en los que invierte el fondo. Por tanto nos encontraremos como dos tipos de comisiones, una que se aplica directamente al fondo, y otra que se aplica de forma indirecta como consecuencia de la inversión en otras IICs.