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"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos
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franjgr 17/05/24 12:19
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 tras Convenio Especial Ere
¿Convenio especial ERE? ¿Se lo paga la empresa?Al subsidio no se accede después de ningún convenio especial se accede despues de agotar el paro, si la empresa o usted está pagando un convenio especial, debera ir al INSS (quien lo este pagando) y actualizar tanto las bases como la cuota a la nueva situación 
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franjgr 16/05/24 18:05
Ha respondido al tema Subsidio de 52 - opciones
Si supera rentas debe comunicarlo, en caso contrario todo correcto.La Ley situación la obligación de declararlo en el lado del subsidiado y no la obligación del SEPE de descubrirlo
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franjgr 16/05/24 14:33
Ha respondido al tema Foro subsidio 52 años
No sé dividen entre 12 los pagos únicos (ventas o letras del tesoro) y se imputan al momento de la venta.Las rentas periódicas (intereses de cuentas o depósitos, alquileres, dividendos) se dividen entre el numero de meses a que correspondan y se imputa a cada mes lo suyo
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franjgr 15/05/24 23:19
Ha respondido al tema Subsidio de 52 - opciones
¿Es un fondo de pensiones o un plan de pensiones?En lo que respecta al rescate, si no se superan los 850,50x12 de plusvalía, no hay suspensión del subsidio, no se superan las rentas permitidas.Si se supera ese valor entonces hay que suspender el subsidio un mes.Si el importe de plusvalía cobrado cada mes es inferior a 850,50 euros, no habría problema. En principio cada mes tendría un pago único, pero en este caso es lógico que el SEPE lo considere como renta periódica y no lo divida entre 12. De todas maneras no se superarían rentas considerado como renta periódica.Y vuelvo a la pregunta inicial, si se trata de un fondo de pensiones ¿está imputando el 3,25% de rendimiento presunto todos los meses? El plan de pensiones está exento, no así otros productos aunque lleven el apellido "pensiones" o "jubilación" o algo semejante.
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franjgr 15/05/24 23:07
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los ingresos por la explotación de un bien, como los de un depósito son gananciales, por lo tanto se dividen entre los dos miembros del matrimonio.Respecto a la otra pregunta, no importa cuando cobre el dinero del depósito, durante su existencia está teniendo una renta mensual equivalente al importe de dividir el importe final entre el número de meses que se tiene el depósito.Por lo tanto debe contar la parte mensual del depósito aunque el dinero lo cobre cuando ya no está cobrando el subsidio.
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franjgr 15/05/24 15:28
Ha respondido al tema Subsidio 52 años. Cambio normativa a partir 1 Junio
Renovar la demanda de empleo, comunicar cualquier causa de suspensión o extinción, hacer una declaración de rentas cuando se lleve un año seguido cobrando el subsidio buscar activamente empleo, acudir a cualquier cosa que se le cite desde la oficina de empleo, aceptar aquellas ofertas o cursos que se le ofrezcan desde la oficina de empleo y sean acordes a su profesión...No sé si me dejo algo
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franjgr 15/05/24 12:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Puede hacerlo, pero el convenio especial para gente sin cotización no es igual que el convenio especial para los que cobran el subsidio para mayores de 52 años. No le cambian automáticamente de uno a otro.Tenía que haber comunicado al INSS su nueva situación. Pida cita en el INSS y vaya a arreglarlo 
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franjgr 15/05/24 12:15
Ha respondido al tema Foro subsidio 52 años
Si se trata de una renta periodica se debe dividir entre el número de meses de ese periodo, en este caso 12. Da igual que se perciba mensualmente o se lo paguen todo al final.Por lo tanto, si no tiene otros ingresos que sumados le hagan superar los 850,50, no hay nada que comunicar
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franjgr 14/05/24 15:26
Ha respondido al tema Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE
Que quede claro, aunque viendo los bulos que circulan por internet será imposible, el RDL 7/2023 no fue convalidado por el congreso. No entrará en vigor nunca.Hay una reforma que toma como base este RDL, que está pendiente de aprobarse en consejo de ministros y publicarse en el BOE y luego tendrá que ser convalidada por el Congreso en un mes.¿Que dice esa reforma? Ni idea y no creo que nadie de este foro lo sepa salvo que tenga enchufe en el gobierno que son los únicos que la han visto.Solo se sabe lo que dice la prensa y esas filtraciones no son fiables porque se contradicen unas a otras.Toca esperar, mientras tanto sigue vigente todo igual que estaba al menos desde 2019 (última modificación del subsidio para mayores de 52 años)
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franjgr 12/05/24 10:44
Ha respondido al tema Presentación de RAI - SEPE - Subsidio
Si está "en trámite" obviamente no está "tramitada".Pero es que si estuviera "tramitada" aparecería como "aprobada".¿Mirarla? Hay muchas formas de mirar algo, el que recoge la documentación mira la documentación, pero puede ser que la tenga que mirar otra persona después e incluso otra más y cada una mira algo o le piden documentación y la han mirado pero no aprobado.Hablamos de una pagina web, programada para funcionar de una determinada manera, no de "estados legales" de un expediente. Yo nunca he visto un expediente del SEPE en otro estado que no sea "en trámite", "aprobado" o "denegado"
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franjgr 11/05/24 11:01
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 años y declaracion de rentas anuales
Al SEPE le interesan:1.- Rentas nuevas. No son rentas nuevas por lo tanto no influyen en este punto, salvo que fueran rentas obtenidas durante el subsidio que le hubieran hecho superar las rentas mensuales y no se hubieran declarado.2.- El interés presunto del patrimonio. Aquí si influyen puesto que son patrimonio, pero ¿debe llegar el SEPE a aplicarle un interés presunto al dinero que tiene en la cartera? De acuerdo a la Ley puede hacerlo, pero esto ya sería muy excesivo, el SEPE no sabe lo que tiene en la cartera, debajo del colchón, en una lata de galletas... y no le va a aplicar el interés presunto. Una vez que esté en la cuenta corriente puede ser que le apliquen interés presunto, va por interpretaciones, pero no le van a cuestionar de donde salió ese dinero.
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franjgr 11/05/24 09:37
Ha respondido al tema Presentación de RAI - SEPE - Subsidio
Tienen que revisar exactamente la misma documentación que las otras dos veces, no hay nada nuevo.La persona que le atiende, puede que no tenga la categoría para revisar los expedientes y aprobarlos o denegarlos, puede haberle dicho que todo estaba correcto por su parte (la documentación), pero si depende de otra persona posterior que revise los requisitos y lo apruebe puede que el cuello de botella esté ahí.Tranquilidad, que si necesitan documentación ya se la pedirán.
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franjgr 11/05/24 09:13
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El ingreso presunto se utiliza para "penalizar" de alguna manera a quien tiene patrimonio al que no saca rendimiento pero aun así está solicitando una ayuda publica. No tiene más utilidad que esta.Es el 100% del interés legal del dinero que se fija todos los años en la Ley de presupuestos generales del estado, en 2024 un 3,25% anual.
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franjgr 10/05/24 23:12
Ha respondido al tema Presentación de RAI - SEPE - Subsidio
En trámite significa que la solicitud está recogida y no está resuelta. Pueden haberlo mirado, puede que no.¿En Madrid resolver una solicitud en 4 días? Me temo que hasta ahora tuvo suerte, porque suelen tardar bastante más.
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franjgr 10/05/24 17:24
Ha respondido al tema Presentación de RAI - SEPE - Subsidio
Cada provincia e incluso cada oficina, es un mundo no se puede saber de ninguna manera lo que tardará en resolverse un expediente.Sólo puedo decir lo general, que hasta que no pasen 3 meses no se puede considerar denegado por silencio administrativo.
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franjgr 10/05/24 15:21
Ha respondido al tema Rentas Subsidio mayores 52 años
1.- Si, los rendimientos de cuentas corrientes son gananciales, a efectos del SEPE. Hay que dividirlos entre 2.ui, 2.- Sobre los rendimientos presuntos de cuentas corrientes hemos hablado mucho en este foro y no hay acuerdo ni aquí ni en el propio SEPE. Puede encontrar que se lo consideren rendimiento o que no. De todas formas mucho tiene que tener en una cuenta corriente para superar lo 850,50 al mes de rentas.3.- Los rendimientos de depósitos son rentas periódicas, se dividen entre el número de meses a que correspondan, y a cada mes se imputa lo suyo. También son gananciales. 4.- No, no es cierto, solo tiene rendimiento presunto el patrimonio que no tenga un rendimiento explícito.
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franjgr 09/05/24 09:03
Ha respondido al tema El SEPE dice que me tiene que suspender el subsidio 6 meses.
Obviamente los 191 días deberían de ser a partir de la factura, por lo tanto los días que trabajó por cuenta ajena se restarían de esos 191 días (habría pluriempleo por decirlo de alguna manera).Pero estamos hablando de algo que no está escrito en la Ley y que es puramente interpretativo, puede que se lo hagan de otra manera interpretando vete a saber que y tuviera que reinterpretarlo un juez si hay discrepancia en la interpretación.
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franjgr 08/05/24 18:51
Ha respondido al tema El SEPE dice que me tiene que suspender el subsidio 6 meses.
Si se lo consideran una venta y no una actividad económica así sería, por eso le insisto en que reclame diciendo que no hay actividad, que usted sólo fue allí para firmar que vendía esa madera y que no hizo ningún trabajo.Pero no quiero engañarle, podría ser que tuviera que llegar a los tribunales, porque la norma marca la incompatibilidad total con cualquier actividad económica y podrían empeñarse en que eso es lo que ha sido.
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franjgr 08/05/24 18:02
Ha respondido al tema Subsidio por desempleo - Prestación por desempleo
Lo primero es solicitar la reincorporación a la empresa, no existe el despido por incapacidad sobrevenida, el contrato se suspende y usted debe reincorporarse cuando le deniegan la incapacidad permanente.La empresa puede despedirle una vez reincorporada, pero no por incapacidad sobrevenida ya que según el INSS no la hay, sino por otra causa.En este caso (despido), el SEPE a la hora de calcular el paro debe retrotraerse tanto tiempo como la laguna que haya tenido mientras el INSS estudiaba su posible incapacidad, remontándose más allá de los seis años si es necesario.En cuando a la cantidad se calcula con las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados, cogerán las cotizaciones después de la reincorporación y completarán hasta 180 días con las anteriores que serán las justo anteriores a la suspensión de su contrato.
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franjgr 08/05/24 15:39
Ha respondido al tema Dudas subsidio
El estar casado en gananciales no importa en el interés presunto.Se divide entre el número de dueños de la propiedad
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