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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
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Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
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#14101

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Santander es de los primeros en pagar así que sobre el 22/23...ya han pagado.
#14102

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

El mes pasado cobre el 27, el anterior el 23.. no pillo esto de verdad 
#14103

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Gracias 🫶🏻
#14104

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes no sé si alguien ha estado en mi misma situación. El 19 de marzo realizo una variación de datos porque hasta el momento no había grabado a mi hija menor en lo del complemento. A día de hoy 26 de septiembre no he recibido ninguna comunicación y el estado de en estudio no se actualiza desde marzo.
Ahora mismo cobro por hija mayor de 4 años pero por la pequeña que va a cumplir un año nada. No sé si poner una reclamación y donde tengo que hacerlo porque yo toda la gestión la he hecho por la web. 
Gracias 
#14105

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Acércate a una oficina y reclama allí así va más rápido, a mi me paso y en dos meses me solucionaron todo 
#14106

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Os expongo mi caso a ver si a alguien más le ha pasado.
En enero del 23 solicito los 100€ de madre trabajadora, me lo conceden, en ese momento estaba cobrando el subsidio por desempleo, la ayuda que te dan cuando se termina el paro, este subsidio se me terminó en Junio del 23 pero hasta hace 3 meses me siguieron pagando el anticipo de los 100€ (sin haber cotizado en ningún momento durante todo este tiempo), me paralizaron el anticipo de los 100€ pq me han concedido la ayuda a la infancia del IMV, pero ahora me ha llegado una carta de hacienda que dice esto:
Justificación de estar de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad
alternativa o percibir prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
en el momento del nacimiento del menor o que con posterioridad al mismo haya cotizado un periodo
mínimo de 30 días según establece la normativa del Impuesto.

Lo que yo entiendo de la ley que regula está ayuda es que si en el momento de solicitar la ayuda estás dada de alta en la SS o bien percibes paro o subsidio te conceden los 100€ anticipados y que te los conceden hasta que tu hijo/a tenga los 3 años aunque al cabo de un tiempo de te acabe el paro o bien que dejes de estar de alta en la SS, así que no entiendo el requerimiento de hacienda...
Si alguien más le ha pasado o me puede ayudar sería de gran ayuda.

Gracias 

#14107

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Esa ayuda que citas es una DEDUCCIÓN sobre tu IRPF, que o bien "se abona" ANTICIPADAMENTE como fue tu caso o se hace efectiva al hacer la declaración de la renta. Dicha ayuda, según AEAT, "seguirá percibiéndose el abono anticipado hasta que el menor cumpla los tres años, aunque dejes de estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad o de percibir la prestación contributiva o asistencial de desempleo." https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-relacionadas-hijos-descendientes/deduccion-maternidad/abono-anticipado-deduccion.html excepto cuando cobras el IMV, que deja de percibirse porque no es compatible percibir ambas cosas.

El documento que te piden es fácil de obtener, bastaría enviarles una vida laboral de la Seguridad Social https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vida+laboral+e+informes/Informes+sobre+tu+situacion+laboral/Informe+de+tu+vida+laboral junto al DNI del menor (que lo tendrás porque se necesita para el IMV) donde se aprecie que, en la fecha de nacimiento que aparezca en el DNI de tu hijo, tú estabas trabajando y de alta en la Seguridad Social... Acude a una oficina de la AEAT con ambos documentos y se lo explicas al funcionario que te atienda para que solucione dicho requerimiento, aunque debes saber que los pagos recibidos de dicha ayuda tras la fecha de concesión del IMV tendrás que devolverlos.
#14108

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Yo tengo entendido que si estás cobrando el paro si pertenece los 100€ pero una vez que no estás cobrando el paro y no estás dado de alta tienes que comunicarlo porque no pertenece, acércate hacienda y que te lo expliquen ellos bien y así lo solucionas 
#14109

Re: Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital

Por lo que ha puesto ritekg5 parece que sigues con el derecho de los 100€ aunque dejes a de cobrar ayuda o alta en la SS. Gracias igualmente