Por la razón que sea, no me ha llegado nada.
Lo que decía es que si hay cotizaciones simultaneas, y te jubilas solo en un régimen, NO SIRVEN para acumular periodo de cotización, solo sirven para aumentar la base de cotización, en todo caso.
En tu caso, ese mes cotizado simultaneamente en general y en RETA, solo cuenta por un mes.
Sobre acumular cotización por servicio militar, sí, el periodo que exceda de 9 meses cuenta como periodo cotizado a clases pasivas, y por tanto se puede acumular a lo cotizado a la seguridad social. tienes que realizar una instancia a la dirección general de personal militar, y luego con ese reconocimiento, solicitar a la SS que te lo reconozcan en tu vida laboral.
Para lo del cómputo de 35 años, ten en cuenta además, si tienes cotizaciones a tiempo parcial, que tienen una normativa propia de equivalencia.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!