Re: Hipoteca con separación de bienes
A partir de las capitulaciones matrimoniales en gananciales, y el pago efectivo de la primera letra, jurídicamente ya es copropietario. Otra cosa es que haya constancia registral de esa propiedad.
En el manual de la renta lo dice bien claro: "siendo indiferente el negocio jurídico que la origine"
En ningún momento expresan que la constancia registral sea necesaria.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!