Artamendi
21/03/14 13:39
Ha respondido al tema Hipoteca heredada y desgravación IRPF
Ir a respuesta
Imagino que estabas en gananciales con tu mujer, por lo que tienes el 50% de la vivienda. Yo entiendo que podrías seguir deduciéndote todo lo que pagues con el límite de 9.040 euros. El razonamiento es el siguiente: si adquiriste la vivienda en gananciales, nunca adquiriste el 100% de la vivienda, solo el 50%, y por la adquisición de ese 50% podías deducirte todo lo que tu invirtieras (o si pagabas con dinero ganancial, el 50% del pago). Ahora no ha cambiado nada, sigues teniendo el 50% de la vivienda. Además el antiguo artículo 68 decía: " Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente", no indica nada de que tengas que adquirir el 100%, solo que sea tu vivienda, y tampoco dice nada de que haya que prorratear las cantidades invertidas en función del porcentaje de propiedad.