Pues yo hace más de una semana que firmé el contrato y hoy me dicen que la constitución del depósito lleva un mínimo de 10 días hábiles y un máximo de 60. ¿Nos están tomando el pelo? Si el lunes no está formalizado, anulo en contrato y se acabó. Un banco que actúa así no es de fiar, sobre todo teniendo en cuenta que el interés que dan, aunque sea mayor que en otros sitios, no deja de ser misérrimo.
He intentado cancelar las cuentas de iBanesto, ahora teóricamente son Santander, directamente en dos oficinas. En una, el director me reconoció que no tenía ni idea de cómo hacerlo. En otra, se negaron sin más a pesar de que me consta hacía pocos días sí se lo habían cancelado a otro cliente. Al final, lo he solicitado a través de la página web, accediendo como cliente y en el apartado Atención al cliente-Formulario de contacto - Para solicitar gestiones operativas.
Estoy a la espera de que me contesten. En último caso, burofax que te crió.
Gracias por contestar.
Entiendo que la exención iría sobre el valor liquidativo actual correspondiente a las participaciones adquiridas antes del 1-1-2007. Es decir que, si por ejemplo, al 31-12-2006 el valor liquidativo del plan eran 23.000 y el del actual son 20.000 y lo que corresponde de participaciones por aportaciones posteriores al 1-1-2007 son 3.000, solo podría rescatar, con bonificación del 40%, 17.000 €. ¿Es así?
Gracias Empty por contestar pero, mi duda está en si a quien se considera exento de IVA es sólo a los centros educativos o también a los autónomos y si,al no facturar mis servicios directamente a los alumnos que reciben el curso (gratuito para ellos), sino a la entidad que lo organiza ¿seguiría siendo una operación exenta?