Las letras del Tesoro son instrumentos de deuda emitidos por el Estado. Su rendimiento es implícito. Es decir, la rentabilidad se calcula como la diferencia entre el precio de compra y el monto que se compromete a reembolsar el emisor.
Vale precisar que, si el inversor vende la letra antes del vencimiento, el rendimiento se calcula como la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta.
Las letras son valores del Tesoro junto con los bonos y obligaciones del Estado. Así, gozan de una seguridad elevada, ya que tanto los intereses como su amortización están garantizados por el artículo 135 de la Constitución.
Características principales de las letras del Tesoro
Las características más resaltantes de las letras del Tesoro son:
- Son emitidos mediante subasta para plazos de 3, 6, 12 y 18 meses.
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Su valor nominal es de 1.000 €, con posibilidad de comprarlos desde 1.000 €, por múltiplos a partir de esa cantidad.
- Su precio de compra es siempre inferior a 1.000 €, dado que son valores emitidos al descuento.
- Existe la posibilidad de venderlos en el mercado secundario de deuda, es decir, son negociables.
Intereses de las letras del Tesoro
Los intereses producidos por las letras del Tesoro son el resultado de la
diferencia entre su valor en el momento de la venta o amortización y el importe pagado por su compra. Para su cálculo puede utilizarse tanto la ley de
capitalización simple (para plazos inferiores a 12 meses) como la ley de capitalización compuesta (para las Letras del Tesoro con un plazo de 18 meses).
Fiscalidad de las letras del Tesoro
Los intereses obtenidos por las letras del Tesoro deben incluirse dentro del apartado de rendimientos del capital mobiliario a la hora de realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Además, los rendimientos de las letras del Tesoro no están sujetos a retención.
En el caso de estar obligado a tributar en el Impuesto sobre el Patrimonio, las letras del Tesoro deberán incluirse por el valor de negociación medio del último trimestre del año.
Procedimiento de emisión
Como hemos comentado anteriormente, las letras del Tesoro se adjudican con carácter general mediante subasta. A principios de cada año, el Estado publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un calendario con las fechas de celebración de subasta, así como presentación de peticiones y demás trámites necesarios. El proceso es el siguiente:
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Convocatoria de la subasta de letras del Tesoro, mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Entre otros detalles, se indica: fechas de emisión/subasta, horas límites de presentación, fecha de resolución de la subasta, etc.
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Presentación de peticiones, que las puede realizar cualquier persona física o jurídica, residente o no residente. Se presentan en cualquier sucursal del Banco de España con los límites de hora y fecha establecidos por la Resolución. Existen dos tipos de ofertas:
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Ofertas competitivas, donde los oferentes indican la cantidad y el precio solicitado.
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Ofertas no competitivas, donde los compradores indican el nominal solicitado, pero no el precio, aceptan el precio medio ponderado resultante de la subasta.
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Adjudicación y determinación de los precios. En esta fase, se ordenan las peticiones de forma descendente, según el precio ofertado. Así, para la asignación de precios de letras del Tesoro:
- Se aceptarán todas las peticiones al precio mínimo o por encima de este.
- A partir de las ofertas competitivas aceptadas se calcula el precio medio ponderado.
- Las peticiones efectuadas al precio mínimo se adjudican a este precio; las peticiones entre el precio mínimo y el precio medio ponderado redondeado pagarán el precio pujado; y las peticiones por encima del precio medio ponderado y las no competitivas pagarán el precio medio ponderado.
Posterior a todo este proceso, existe una segunda vuelta para cada subasta de letras del Tesoro que se desarrollará antes de las 12:00 del segundo día hábil. A esta solo pueden acceder los Creadores de Mercado de Deuda Pública y las peticiones se adjudicarán al precio marginal resultante de la primera subasta.
Diferencia entre letras del tesoro, bonos y obligaciones
Es importante distinguir las letras de otros instrumentos de financiamiento como los bonos y las obligaciones, que también son emitidos por el Estado.
A diferencia de las letras, que son de corto plazo, máximo un año, los bonos se emiten a dos, tres o hasta cinco años. Es decir, son de mediano y largo plazo.
Asimismo, las obligaciones se emiten por plazos aún más largos, a diez, quince, veinte o hasta treinta años (Pueden incluso existir periodos más prolongados). Claramente, es una alternativa de inversión a largo plazo.
Otro punto a tener en cuenta es cómo los
bonos y las obligaciones pagan su rentabilidad. Ya que no se emiten al descuento, no se tiene que esperar al vencimiento para recibir el pago de intereses (que se generan anualmente). En cambio, se efectúan pagos periódicos denominados cupones.
Además, los cupones pueden negociarse en un mercado secundario, bajo la forma de un
strip.
Ventajas y desventajas de las letras del tesoro
Las principales ventajas de las letras del tesoro son:
- Tienen un rendimiento conocido de antemano, a diferencia de los instrumentos de renta variable.
- No se necesita una millonaria inversión para adquirirlas.
- Pueden negociarse en el mercado y venderse antes de su vencimiento.
- Pueden ser una opción atractiva, particularmente para inversores adversos al riesgo.
Sin embargo, debemos tomar en cuenta algunas desventajas:
- Si el emisor (en este caso el Gobierno) baja en su calificación de riesgo, las letras emitidas valdrán menos en el mercado.
- Su rentabilidad es baja con relación a otras alternativas de financiamiento. Por ello, no es una opción atractiva para inversores que prefieran asumir mayor riesgo, a cambio de un mayor rendimiento.
- En caso de venta anticipada, el inversor podría verse perjudicado si los tipos de interés suben. En ese caso, los títulos emitidos a un menor tipo de interés serán menos atractivos en el mercado y su precio será más bajo que el precio de adquisición.
Ejemplo de letra del tesoro
Supongamos que el usuario adquiere una letra del tesoro a 12 meses con una rentabilidad anual de 1,5%. Con un valor nominal de 1.000 €, el precio de adquisición será de 985 € (1.000*(1-0,015)).
Por tanto, la rentabilidad de las letras por cada 1.000 euros de inversión es de 15 € (1.000-985).
*Los datos presentados en este artículo están centrados en las letras emitidas por el Tesoro de España, pero todos los países normalmente emiten deuda y tienen sus propios instrumentos, entre ellos, las letras.