Empréstitos considerados fondos propios de la entidad emisora, con plazo de vencimiento superior a cinco años y emitibles en euros o moneda extranjera.
El cupón puede ser fijo o variable, y en el segundo caso estar indiciado o depender de los resultados del emisor.
En caso de insolvencia, los títulos de deuda subordinada gozan de menor rango que los depósitos y otros empréstitos.
En el caso de una situación de suspensión de pagos el servicio de la deuda se efectúa tras el pago a otros acreedores.