Las condiciones de las hipotecas mostradas en el comparador de RANKIA son proporcionadas por las entidades o extraídas directamente de la web de cada entidad, no teniendo RANKIA responsabilidad alguna de las condiciones ofrecidas por la entidad. El TAE y cuotas mensuales son calculadas por RANKIA en base a estas condiciones. Se recomienda a los usuarios la verificación de las condiciones reflejadas antes de la contratación del producto o servicio correspondiente y, de la misma forma, se advierte al usuario de que posibles fluctuaciones del tipo de cambio podrían afectar al importe adeudado por el prestatario. En caso de que el deudor no pueda hacer frente al pago de las cuotas hipotecarias como consecuencia de éstas fluctuaciones al alza, éste podrá solicitar a la entidad prestamista la posibilidad de dar en pago el inmueble hipotecado en garantía del préstamo. La concesión de esta posibilidad recae única y exclusivamente en la entidad acreedora del préstamo hipotecario.
RANKIA no será en ningún caso responsable de los daños y perjuicios que pudieran sufrir aquellas personas que suscriban productos o servicios, y que se deriven de la utilización de la información facilitada a través de este servicio, a excepción del TAE y cuotas mensuales.
Esta TAE está calculada para poder mostrar al usuario la información más completa y ajustada posible con los datos de los que objetivamente, RANKIA dispone. Bajo las asunciones tenidas en cuenta por RANKIA para el cálculo de la TAE, puede suceder que la TAE mostrada por RANKIA difiera ligeramente de la que ofrezca cada entidad, por ello animamos al usuario a contrastar la información publicada por RANKIA con la que finalmente le aplicará la entidad en cuestión. Para obtener más información acerca de la TAE a través de un ejemplo representativo haga click aquí.
TAE: Es la tasa anual equivalente que refleja el coste del préstamo expresado en forma de porcentaje.
Incluye intereses, gastos y comisiones bancarias, como las comisiones de inicio del préstamo, los seguros, gastos de registro, gestoría, tasación e impuestos jurídicos para los supuestos definidos por cada entidad para un préstamo de 100.000€ en la Comunidad Valenciana, si la entidad no tiene actividad en Valencia se calculará en base a la comunidad en la que la entidad tenga su principal actividad. La TAE está calculada bajo la hipótesis de que no se realiza ninguna cancelación durante toda la vida del préstamo, y bajo el supuesto de contratación reflejado por cada entidad.
La TAE está calculada bajo estas asunciones: i) los índices de referencia no varían durante la vigencia de la hipoteca; ii) los gastos anuales (seguros de vida, seguro de hogar) se pagan de forma mensual en cuotas constantes; iii) para la hipoteca mixta se asumen cuotas mensuales constantes obtenidas como importe medio de las cuotas.
A continuación se recoge un ejemplo representativo de un préstamo hipotecario a tipo fijo sobre la vivienda de la TAE ofrecida por cualquiera de las entidades financieras que aparecen en el comparador de RANKIA, en base a las características que se indican a continuación:
Importe del préstamo: 150.000 €. Plazo del préstamo: 30 años (360 cuotas mensuales). TAE: 2,14%. Cuota mensual durante los 30 años: 514,09 €. Última cuota: 514,09€. Comisión de Apertura: 500 €. Total intereses: 35.072,40 €. Tipo de interés: 1,45% (360 meses). Cuotas mensuales. Importe total adeudado: 185.572,40 €.
En el cálculo de esta TAE se han tenido en cuenta:
- Contratación de un Seguro Vida por importe de 150.000€ durante 30 años para una persona de 30 años. Importe de la prima anual de 190,86€. Seguro anual renovable.
- Contratación de un seguro de hogar por importe de 100.000 euros de continente y 30.000€ de contenido y una prima anual estimada de 343,97€. Seguro anual renovable.
- Gastos de tasación: 249,56€.
Las cuotas mensuales resultantes (sistema de amortización francés) son el resultado del cociente de (1 + interés) elevado al número de cuotas pendientes de la operación multiplicado por el interés, entre (1 + el interés) elevado al número de cuotas pendientes de la operación, menos 1, todo ello multiplicado por el capital pendiente de amortizar (entendiéndose como “interés” el TIN ofertado dividido entre 12). La cuota obtenida incluye el importe correspondiente a los intereses (resultado de dividir el tipo de interés entre 12, multiplicado por el capital pendiente) y a la amortización (resultado de restar a la cuota los intereses).