Acceder

Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

9 respuestas
Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge
Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge
#1

Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Matrimonio en gananciales con una cuenta indistinta en una entidad bancaria

El cónyuge no obtiene rendimientos del trabajo
Anualmente se están aportando 600,00 Eu al plan de pensiones de el cónyuge cuyo importe proviene de la cuenta indistinta

¿El declarante (que sí obtiene rendimientos del trabajo) se puede reducir en su declaración estas aportaciones a favor del cónyuge?
¿Hace falta algún certificado de la entidad depositaria como que esta aportación la realiza el declarante?

Espero vuestros comentarios



#3

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Pero ¿como se acredita ante la AEAT que la aportación la realiza el contribuyente?
#4

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

No hay que acreditar eso específicamente. Ninguna entidad te va a certificar la procedencia de las aportaciones, la entidad no informa a la AEAT de la cuenta bancaria de la que proviene el dinero ni su titular/titulares. Lo que comunican las entidades a la AEAT es el NIF del partícipe y el importe de la aportación y esa es la información de la entidad gestora que hay que guardar por si acaso.

En caso de requerimiento de la AEAT bastará acreditar: 

a)      Que el cónyuge no ha obtenido rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los ha obtenido en cuantía inferior a 8.000 euros anuales 
b)      Que las aportaciones que por este concepto sean objeto de reducción por parte del contribuyente no se han empleado para reducir la base imponible del cónyuge. 
 
Se deduce del manual de renta enlazado.
Ten en cuenta que la AEAT conoce los datos fiscales del "contribuyente" y de su cónyuge y dispone de la declaración conjunta o, en su caso, de las individuales.
#5

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Si pero en las casillas
0463 Excesos pendientes de reducir Figuran las "Aportaciones individuales y contribuciones empresariales"

0465 Aportaciones del trabajador, salvo las consignadas en (0438) y (0426)

Y en la información fiscal dice "Subclave Aportaciones de los partícipes"

Es lo que me lleva a dudar

#6

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

¿Cómo lo véis?
#7

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Hay que mirar bien las páginas del borrador Esas casillas que dices se refieren al plan/planes de pensiones en el que es partícipe el contribuyente, no el cónyuge.  La página del borrador para esos datos tiene esta estructura, con dos apartados diferenciados :

"Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social "

apartado "Régimen general": 
Aquí están las casillas que dices y las demás relativas al plan de pensiones del que es partícipe el contribuyente 

apartado "Aportaciones a sistemas de previsión social de los que es partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente"·
Aquí están las casillas en que se consignan los datos relativos al plan del cónyuge 

Supongo que dudas porque no has advertido que hay un apartado y unas casillas específicos para el régimen general (partícipe, el contribuyente) y otro apartado y otras casillas específicos para el régimen especial (partícipe, el cónyuge)
#8

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Gracias Marianin07 por la apreciación

Y una última cuestión dado que el cónyuge tiene desde 2018 aportaciones pendientes de deducir (por falta de base imponible) 1.650,00 Eu:
- ¿Puede en contribuyente arrastrar y considerar en su IRPF estas aportaciones?
- De poder considerar estas aportaciones pendientes y teniendo en cuenta el límite de 1.000,00 Eu los que se podría reducir para el año próximo las aportaciones pendientes del cónyuge serían 1.650,00 - 1.000,00 = 650,00

¿Sería así?
#9

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

En el borrador de la declaración 2023, en el apartado "Aportaciones a sistemas de previsión social de los que es partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente", hay dos casillas:
Casilla 0437 Excesos pendientes de reducir procedentes de los ejercicios 2018 a 2022
Casilla 0428 Aportaciones del ejercicio 2023 

Y ello puede hacer pensar legítimamente al contribuyente que sí está permitido incluir las cantidades del cónyuge pendientes de años anteriores, arrastradas tras haberlas incluido dicho cónyuge en declaración o declaraciones de otros ejercicios y no haber podido reducirlas por insuficiencia de base imponible. Obviamente, la suma de aquellas dos casillas no puede superar los 1.000 €. 

En el caso planteado, en la declaración del contribuyente habrá que cumplimentar únicamente la casilla 437, con 1.000 € (dices que el cónyuge tiene pendientes 1.650 € del año 2018), pues esta reducción  de años anteriores tiene preferencia sobre la reducción de las aportaciones del ejercicio corriente, según el párrafo cuarto del art. 51 del Reglamento del IRPF. 
 
Los 600 € del ejercicio 2023 los tendrá que incluir el cónyuge en su declaración, para solicitar arrastrarlos para próximos ejercicios.
#10

Re: Aportación al Plan de Pensiones del cónyuge

Agradecido Marianin