¿Qué es el IRS?
El IRS (Interest Rate Swap) o permuta financiera de tipos de interés a 5 años es un nuevo índice de referencia hipotecario que entrará en vigor el 28 de abril de 2012, según lo establecido en la nueva Orden de Transparencia y Protección del Cliente de Servicios Bancarios.
En pocos días, el IRS se convertirá en el sustituto del Euribor, el IRPH, el TAR y el CECA. Se calcula a 5 años y se considera que su valor varía menos que el Euribor, ya que este refleja los tipos de interés sin la prima de riesgo, lo que dará seguridad al sistema financiero.
Diferencias entre IRS hipotecario y Euribor
Tanto el Euribor como la permuta de intereses o IRS son dos indicadores de referencia hipotecaria.
Observando la evolución histórica de ambos índices, es indudable que, en media, los valores del IRS a 5 años son superiores a los del Euribor a 12 meses. Si se toma como ejemplo el período 2000-2011, el valor promedio del IRS a 5 años fue del 3,6% frente al 2,9% del Euribor a 1 año.
Aunque no siempre el IRS a 5 años es más alto que el Euribor. Es más, en los últimos seis meses el IRS a 5 años se ha mantenido por debajo. En el pasado mes de febrero del año 2012, el valor del Euribor hipotecario fue de 1,68% frente al 1,59% del IRS a 5 años.
Estas diferencias en los valores del Euribor frente al IRS se deben a que en el cálculo del IRS a 5 años no se incorpora prima de riesgo, por lo que en épocas de fuertes turbulencias financieras el índice sufre menos tensiones que el tipo del mercado interbancario. Así pues, al no sufrir las distorsiones provocadas por la prima de riesgo refleja claramente las expectativas sobre la evolución económica y la política monetaria, ofreciendo de este modo unas hipotecas más estables y con revisiones menos abruptas ya que las hipotecas referenciadas al IRS a 5 años se adaptan mejor a la evolución de la coyuntura económica.
Objetivo del IRS hipotecario
El principal objetivo del IRS hipotecario a 5 años es ofrecer al cliente de servicios bancarios la posibilidad de contratar hipotecas a un tipo fijo para conseguir una mayor estabilidad de las cuotas hipotecarias.
Además, el tipo de referencia IRS a 5 años es un tipo de interés que tiene menos variabilidad que el Euribor, por lo que se reduce el riesgo de revisiones de las cuotas tan extremas como las que ha habido en los últimos años.
Hipotecas a las que se aplicará
El tipo de referencia hipotecario IRS a 5 años se aplicará a las nuevas hipotecas que se abran a partir de ahora.
En las hipotecas de nueva constitución, la decisión de cambiar el Euribor por el nuevo índice en las hipotecas de nueva constitución, recaerá sobre las entidades financieras. De este modo, los bancos tendrán la opción de aplicar cualquiera de los índices aún vigentes – Euribor, IRPH entidades o IRS – en los nuevos contratos. Aunque, es muy probable que se empiece a aplicar el nuevo IRS a 5 años (Interest Rate Swap).
Hipotecas a las que no se aplicará
El tipo de referencia hipotecario IRS a 5 años no se aplicará a las hipotecas referenciadas al Euribor o al IRPH de entidades.
En los casos en que la hipoteca esté referenciada al Euribor, este se mantendrá en los contratos ya establecidos, con las mismas condiciones, a no ser que el banco y el cliente acuerden lo contrario
Y las hipotecas referenciadas a IRPH de entidades, también seguirán sin cambios, ya que este índice no desaparece.