Una acción concertada es el nombre que recibe el acuerdo o la alianza que establecen dos o más accionistas de una misma compañía. Con este acuerdo, los aliados buscan una mayor influencia en la empresa. Para ello, estos llevan a cabo prácticas que se lo permiten, como la unificación de los votos en las juntas generales de accionistas, por ejemplo.
Grosso modo, imaginemos que somos inversores de la
bolsa de valores, y que tenemos el 7% de las
acciones de una compañía logística.
Viendo la deriva de esta compañía, no estamos de acuerdo con las decisiones que se han llevado a cabo y, teniendo en cuenta nuestro porcentaje minoritario, tratamos de buscar estrategias mediante las que obtener más influencia y poder para, así, poder cambiarla.
Entre los
accionistas, vemos que hay otro accionista que posee un 12%, como nosotros, y otro que posee el 8% de la misma compañía. Además, el hecho de que nos hayamos fijado en ellos se debe a que, al igual que nosotros, tampoco están de acuerdo con las decisiones que está llevando a cabo la compañía.
Sentándonos con esos accionistas, vemos que nuestro porcentaje, concentrando el de los 3, es el 27%, por lo que, contrastando con el accionista mayoritario (18%) somos mayoría en las juntas generales de accionistas. Con esta alianza, podemos llevar a cabo estrategias, como unificar el voto y votar en el mismo sentido en dichas juntas, entre otras prácticas que, como vemos, nos llevan a tener más poder e influencia en la compañía sin necesidad de adquirir más acciones o participaciones que el accionista mayoritario.
¿Son ilegales las acciones concertadas?
Es preciso señalar, antes de nada, que los acuerdos y las alianzas entre accionistas, en muchos escenarios, están más que permitidas.
Los pactos parasociales entre accionistas, los conciertos, entre otras modalidades, son algunos de los tipos de alianza entre accionistas que, teniendo en cuenta las limitaciones legales y avisando al regulador, es decir, a la
CNMV, están permitidos y pueden producirse.
En el caso de las acciones concertadas ocurre lo mismo.
No obstante, el regulador y, especialmente, el decreto-ley sobre OPAs en España establece que aquellos que, aliándose mediante una acción concertada, concentren más del 30% de los derechos de voto, o más de la mitad de los consejeros de la junta, estarán obligados a lanzar una oferta por el 100% de la compañía.
En esos casos, de no avisar al regulador y no lanzar una OPA por el 100% de las acciones de la compañía, estaríamos incumpliendo la ley, es decir, la acción concertada sería ilegal.
Tipos de acción concertada
De la misma manera que el regulador distingue entre los distintos tipos de acuerdo, los accionistas también los distinguen, atendiendo al objetivo que se persigue con esta acción concertada.
En este sentido, podemos diferenciar entre acción concertada ofensiva, o acción ofensiva, y acción concertada defensiva, o acción defensiva.
Acción ofensiva
Cuando decimos que la acción concertada es una acción ofensiva, lo que tratan de hacer los accionistas minoritarios es unirse para, superando al accionista mayoritario, buscar oportunidades, incrementar el precio de las acciones, guiar la empresa en una dirección concreta, entre otras acciones que pueden perseguirse con este tipo de acuerdos.
En cierta forma, es la unión de varios accionistas minoritarios que, tratando de superar al accionista mayoritario, persiguen un determinado objetivo.
Acción defensiva
Cuando decimos que la acción concertada es una acción defensiva, lo que tratan de hacer los accionistas minoritarios es unirse para, superando al accionista mayoritario, defenderse de las acciones que este está llevando a cabo. Como vemos, este acuerdo, a diferencia del anterior, surge como una respuesta a las acciones que está llevando a cabo el accionista mayoritario y no como una estrategia para lograr o alcanzar un objetivo determinado.
En cierta forma, es la unión de varios accionistas minoritarios para, tratando de superar al accionista mayoritario, limitar el poder de este y defenderse de las acciones que se están llevando a cabo.
Ejemplo de acción concertada
Antes de señalar algún ejemplo de acción concertada, es preciso destacar que, pese a que se han notificado acciones concertadas que podrían estar incumpliendo la legislación vigente, la CNMV, es decir, el regulador, nunca ha detectado la existencia de acciones concertadas irregulares en el mercado español.
Pese a lo anterior, sí existen acciones concertadas que, en teoría, cumplen la normativa.
Un ejemplo de acción concertada lo encontramos en empresas cotizadas como Naturgy, Vocento, Ferrovial, Codere, entre otras compañías que, por diversos motivos, cuentan con accionistas que tienen establecidos acuerdos entre ellos.
En muchos casos, estos acuerdos se derivan de antiguos acuerdos entre familias que siguen teniendo parte de la compañía. De esta forma, esos vínculos pasados se renuevan y la compañía, a la que se han ido sumando nuevos accionistas, sigue estando "controlada" por estos.
En la actualidad hay cerca de 50 pactos entre accionistas publicados en la CNMV. De estos 50 pactos, la CNMV considera que 9 de ellos podrían considerarse acciones concertadas. No obstante, y como decía, ninguno de estos ha sido calificado como "irregular".