El congreso ha aprobado el proyecto de ley que sube de manera generalizada las tasas judiciales.
Se ha publicado en el boletín oficial de las cortes generales y tras su paso por el senado, entrará en vigor normalmente en un plazo muy breve, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Todo ello, a pesar de las protestas de todos los colectivos afectados.
La subida afecta a las tasas para interponer una demanda o un recurso en materias civiles y contencioso administrativas. En el orden social, afecta solamente a los recursos. El orden penal queda fuera de la subida.
Para que los lectores se hagan una idea, estas son algunas de las tasas que se establecen:
En el orden civil:
Juicio verbal y cambiario: 150€
Juicio ordinario: 300€
Monitorio: 100€
Apelación: 800€
En el orden contencioso-administrativo:
Procedimiento abreviado: 200€
Procedimiento ordinario: 350€
Apelación: 800€
En el orden social:
Recurso de suplicación: 500€
Recurso de casación: 750€
Además, se tendrá que pagar un gravamen entre el 0.25% y el 0.50%.
Si a estos importes se añade los honorarios de abogado y procurador, las cantidades son muy considerables para el ciudadano medio.
La justificación según el gobierno, es destinar los fondos recaudados a financiar la justicia gratuita. Sin embargo la realidad es que va a dificultar mucho el acceso de los ciudadanos de a pie a la justicia.
Solamente quedan eximidos de las tasas aquellos ciudadanos que tengan ingresos inferiores a 12.780 euros anuales y computando a toda la unidad familiar.
Un trabajador que vea desestimada su demanda en el juzgado de lo social tendrá que pagar 500 euros por recurrir. Reclamar por una multa de tráfico, puede costar más que el importe de la misma multa.
En materia de consumidores y usuarios, un simple juicio verbal costará 150 euros más, con lo que en muchas ocasiones, no valdrá la pena reclamar y se verán beneficiadas las grandes empresas. Con esta reforma, se deja fuera de la justicia a muchos ciudadanos y se restringe la reclamación judicial de sus derechos a los más ricos, y a los asuntos de más cuantía.
Se dice que hay demasiada litigiosidad en España y que esta medida intenta disuadir a los que entablan juicios sin justificación. Sin embargo, para esos casos ya existe la condena en costas: se podría haber cargado esas tasas el que es condenado en costas y no a todo el que se acerca a un juzgado, tenga o no tenga razón.
El colmo del asunto son las tasas autonómicas: ya vigentes en Cataluña por la Ley catalana 5/2012 e inminentes en la Comunidad Valenciana: Mientras se aclara el conflicto de competencias, habrá que pagar ambas, la autonómica y la estatal…
Los efectos perversos de las tasas podrían ser múltiples: Además del atropello inconstitucional a los ciudadanos, probablemente aumentaría la “penalización” de los conflictos, al estar la materia penal exenta de tasas, o “americanización” de los despachos, que acabarían financiando las tasas a cambio de altos porcentajes como minuta en caso de éxito, o el abandono de los derechos de los consumidores.
Esperemos que las múltiples protestas por todos los afectados sean escuchadas y que el gobierno rectifique.
Juan Carlos Burguera. www.BurgueraAbogados.com