Aunque se considera "patrimonio" realmente como bien apuntas, de momento ni Hacienda ni la Seguridad Social están teniendo en cuenta el valor venal o ni siquiera de mercado de vehículos a nuestro nombre, así como tampoco el de joyas, obras de arte o monederos de criptomonedas minadas por nuestros medios (a no ser que hayamos comunicado su existencia con el modelo 721)
"De momento" para patrimonio solo están mirando inmuebles (exceptuando vivienda habitual), valoración de acciones e inversiones bursátiles y criptomonedas, fondos de inversión, planes de jubilación y pensiones, depósitos y saldos contables (en definitiva la información fiscal que nuestras entidades bancarias, brokers y agencias de operaciones con criptomonedas nos comunican a nosotros mismos cada año para el IRPF y a Hacienda).
En resumen, que quien cobre el IMV podemos pillarnos un BMW X5 hibrido enchufable y seguir percibiendo el IMV sin problemas 😜 (al menos "de momento"... en un futuro ya veremos)