Mira,al final contesto y ya si la ultima vez..yo era beneficiario de imv,en 2024 conseguí empleo y renuncie a la prestación aunque por ingresos podría haber seguido cobrando y acogerme al incentivo pero por cuestiones mias y de mis ideas preferí renunciar.
Al salir el incentivo yo tenía contacto con el dueño de una asesoría, yo preguntaba y a la gente que preguntaba aquí yo le respondía aplicando todo lo que salió publicado,el 60%, los tres tramos,el simulador etc y nada tuvo que ver eso con lo que realmente es el incentivo en la práctica.
Tú estás en tu derecho de creer que lo pone en la oficialidad es lo real pero hay mucha letra pequeña en todo esto lo creas o no.
Es así: ( por muchos casos que conozco personalmente y otros que leí aquí).
Incentivo:
Cantidad que ganas por trabajo y que supera a la del año anterior,se resta y esa cantidad no computa y es la que se resta a tu renta garantizada.
Aplicado a la declaración de la renta:
Casilla 18 menos 2000 euros = casilla 22
Casilla 18 del siguiente año menos 2000 euros = casilla 22.
Casilla 22 año actual menos casilla 22 año anterior = incentivo.
No estás de acuerdo? Pues defiende tus derechos como creas conveniente.
Ya si dejo de contestar,saludos y suerte