Bravepawn
27/09/26 20:37
Ha respondido al tema
Opinión sobre el Global Allocation FI
Un apunte al respecto por si interesa, ya que vi olvidaste lo del reseteo de marca de agua y creo es de los más relevante en la comisión sobre resultados positivos (mal llamada de éxito): Muchos fondos en ES mantienen en sus folletos la vieja regla del reseteo a los 3 años para borrar pérdidas y fijar una marca de agua más baja. Sin embargo, el Real Decreto 1180/2023 y las directrices europeas de ESMA han cambiado las reglas.Y justo es el caso concreto del Global Allocation, con ultima comisión de éxito cristalizada el 31/12/2022 (VL: 35,78). Tras casi 4 años en negativo (VL actual 28,44), el folleto dice que tras 3 años en rojo (al cierre de 2025: 33,57) podrían "resetear" la marca a ese nivel más bajo.
Con ese reseteo "viejo" (a 33,57), la gestora cobraría comisión tras subir +18,04%. Sin reseteo (Ley ESMA a 35,78), el fondo debe recuperar todas las pérdidas acumuladas y subir un +25,81% antes de cobrar un solo euro por com. sobre resultados.Ahora, incluso a pesar de su obsoleto folleto, lo que debe prevalecer es el RD 1180/2023 que modificó el art. 5.3 del RD 1082/2012 . Vamos, que en ES ya rige el modelo europeo de 5 años rodantes de recuperación de pérdidas y las gestoras no pueden borrar el pasado cada 3 años. Y explico lo de los nuevos 5 años "RODANTES" por si la aplicaran: si para el 31/12/2028 el fondo no hubiese conseguido recuperar el VL del 31/12/2022 (los 35,78), la marca de agua bajaría al VL de cierre de 2023, que pasaría a ser el nuevo listón a superar para que la gestora pueda volver a cobrar comisión sobre los beneficios generados a partir de ese nivel, quedando el ejercicio 2023 fuera (porque quedaría entonces ya fuera de los 5 años). Al agotarse los 3 años del ciclo anterior (final de 2025), el fondo entra obligatoriamente en el régimen de 5 años de ESMA. No se permite bajar la marca de agua arbitrariamente si el fondo sigue en pérdidas.En resumen, aunque la gestora no haya actualizado el folleto, la ley está por encima del contrato del fondo. Cobrar sobre una marca rebajada con reseteo a los 3 años vulneraría el Reglamento de IIC actual.¿Alguien consultó directamente a la gestora para confirmar si siguen aplicando reseteo para este fondo? En ese caso igual deberían confirmar que aplican el actual estándar legal de los 5 años rodantes y no el obsoleto de 3 años de reseteo de su viejo folleto.S2