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Participaciones del usuario Harruinado - Fiscalidad

Harruinado 17/04/24 17:12
Ha respondido al tema Declaración de la renta: Matrimonio en gananciales. Cuenta DEGIRO 1 titular.
Yo entiendo que no, ya que solo esta a tu nombre, salvo que hayas usado dinero de los dos (la sociedad) para abrir esa cuenta, si procede el dinero de cuentas solo a tu nombre es privativo si procede de cuentas conjuntas es ganancial.Si la cuenta de valores la tenías abierta antes del matrimonio no cabe duda alguna es privativo.Eres dueño privativo de esa cosa al estar solo a tu nombre, pero si sacas el dinero y lo metes en una cuenta a nombre de los dos, ya no es privativo.Si por ejemplo retiras dinero de esa cuenta todo parte del dinero que era exclusivamente tuyo, y luego lo metes en una cuenta a nombre de los dos, hacienda puede entender que has donado la mitad del dinero a tu mujer y sería de los dos.Una herencia por ejemplo siempre es privativa, los bienes que se hereden o el dinero que se herede debe ir a una cuenta a nombre de solo la persona que hereda y será un bien privativo, sino se hace así hacienda entenderá se hace una donación del 50% a la esposa y en este caso la esposa deberá pagar los impuestos por donación y dejaría de ser un bien privativo.De todas formas si solo estas tu como titular de esa cuenta yo entiendo que solo tu debes declarar las ganancias o pérdidas independientemente de los gananciales, que eso es mas para caso de separación o divorcio (dividir la sociedad)Saludos.
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Harruinado 14/02/24 18:13
Ha respondido al tema Residente fiscal en Alemania, donde tributa venta de acciones de Paypal?
Tienes que declarar en el país donde tengas tu residencia fiscal, el documento que citas que es valido para los dividendos deberías actualizarlo creo que dura ese documento 4 años cada 4 años hay que actualizarlo, e imagino el mismo convenio que existe con España esta vigente en Alemania con EEUU, lo que tienes mal es el W8BEN que deberías actualizar.Y si tus datos con tu bróker en cuanto a residencia fiscal no están actualizado deberías actualizar, tu dirección debe ser la que tengas actualmente y mas si abriste la cuenta en un país y ahora vives en otro.Saludos.
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Harruinado 08/09/23 11:41
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
Pues yo tengo varios ejemplos conocidos de primera mano, y te puedo asegurar que Caixabank lo hizo en una semana desde la entrega de la documentación, no habia fondos solo dinero y se traspaso por transferencia a la cuenta indicada por los herederos presentando claro esta el certificado de titularidad de la cuenta del heredero donde se iba a ingresar el dinero, tardaron 1 semana en realidad menos por que había festivos por medio.La gente no reclama y por lo tanto los bancos ABUSAN, hay que reclamar y se les termina la TONTERIA, son unos sinvergüenzas, demoran todo lo que pueden todo, desde la testamentaría hasta el traspaso de fondos que pueden tardar meses sino se les amenaza con denunciar, desde el día que entregas documentación el banco comprueba te llama para en el caso del Santander por obligación abrir una cuenta PUENTE GRATUITA, para hacer traspaso fondos no esta justificado una espera de mas de 15 días, una vez te llamen en ese mismo momento el día que acudes se hace la apertura de la cuenta y se hace ingreso del dinero en cuenta puente EN EL ACTO, si hay fondos y o acciones ese mismo día se solita el traspaso traspaso a la cuenta puente y el traspaso de acciones o fondos no dura mas de 5 días hábiles en menos de 1 mes tiene que estar todo resuelto de sobra.El plazo no puede demorarse mas, salvo que existan incidencias que deben ser comunicadas a los herederos cuanto antes para poder solventarlas, o exista una mala fe un abuso y malas prácticas bancarias por parte del banco que debe encargarse de hacer llegar los fonos a los herederos. Y ojo con el Sabadell ese es el peor de todos, groseros, mal informados, un banco primitivo a tope,., el peor posiblemente de todos los bancos españoles para todo, y en especial para las herencias por casos de conocidos que me han contado.Un saludo
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Harruinado 08/09/23 11:26
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
Niégate, hace poco un familiar lo hizo en el Santander y no cobraron nada por que no pueden cobrar nada salvo te den asesoramiento diles que te lo pongan por escrito la petición para reclamar al Banco de España por abuso y malas prácticas bancarias.Saludos.
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Harruinado 07/09/23 19:04
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
Solicitud de encargo de la tramitación del expediente de testamentaríaUna situación muy reclamada sucede al solicitar el certificado de saldos. Algunos bancos cobran unos 100 euros por una solicitud de encargo de la tramitación del expediente de testamentaría, explica la OCU. La solicitud determina y verifica la documentación que acredita el heredero y la cuantía a heredar. Según el Banco de España, este estudio se realizaría en interés de la propia entidad, solo pudiendo cobrar una comisión si se prestara un servicio de gestoría o asesoría jurídica.Retiro de la herenciaA la hora de retirar el dinero, el Banco de España dicta que la entidad deberá ofrecer un medio gratuito para retirar el dinero; ya sea en efectivo, cheque, transferencia o abriendo una cuenta en la misma entidad. En caso de que sea un importe elevado, se deberá proponer una transferencia o un cheque bancario. Si finalmente el heredero opta por un método de retirada distinto al ofertado por la entidad, se permitirá cobrar comisiones.  La OCU advierte de cobros bancarios no permitidos en herencias y tras morir un familiar (lavanguardia.com) 
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Harruinado 07/09/23 18:37
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
No pueden obligarte a pagar comisiones, tenías que haber denunciado por cobrarte comisiones por una cuenta puente, que solo tiene como objeto cobrar la herencia.Los plazos son no mas de 1 mes, el Santander prolonga todo deliberadamente, mas si tienes fondos para heredar y te ponen trabas posibles si los quieres vender incluso prolongan SIN JUSTIFICACION los plazos de ordenes de traspaso que son 5 días hábiles máximo desde que se solicita el traspaso al heredero no pueden tardar mas de 5 días, sino les reclamas te dan largas y tardan hasta meses!! en mandar a tu cuenta puente esos fondos, tienes que amenazar con denunciarles y acudir al banco sino no se mueven.Por ejemplo Caixabank, en un caso que conozco tardo solo 1 semana desde que se entrego la documentación en transferir el dinero a la cuenta herederos y ni siquiera se tuvo que abrir cuenta puente, aunque en este caso solo era dinero, no había fondos.En caso de que te cobren por abrir cuentas con objeto de cobrar herencia puedes denunciar primero ante el defensor cliente de la entidad que obviamente te dará la razón y te devolverán el dinero, y sino lo hacen ante el Banco de España que les puede traer sanciones por haberte cobrado por un servicio que no pueden cobrarte.Sino amenazas te cobran es así de sencillo.Y en los plazos pasa lo mismo, no se puede alargar mas de un mes el proceso sin haber causas justificadas que falte documentación u otro hecho que debe ser comunicado a los herederos, pero desde que entregas la documentación al banco en 15  días máximo debe ser revisada y te tienen que llamar para abrir cuenta si es necesario al tener fondos, o si no lo es directamente te hacen transferencia del dinero a la cuenta que indiques, no hay mas cera que la que arde, pero hay que estar encima de ellos exigiéndoles y amenazando sino te puede ir a los 4 meses e incluso mas, por que en general son unos sinvergüenzas.Es conveniente no obstante tener un documento que justifique el día en que se entrega la documentación con la fecha en que se presenta para posteriores reclamaciones y demostrarles que como no espabilen se les va a denunciar por incumplimiento contractual. El Santander es de prolongar los plazos sin justificación conozco varios casos y en cuanto se les da el toque de denunciarles mueven el culo no antes.Un saludo.
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Harruinado 07/09/23 11:48
Ha respondido al tema Ayuda informacion
Eso que comentas no puede ser, lo primero que se hace antes de comenzar un trabajo es firmar el contrato de trabajo, y te tiene que ser entregada la copia de ese contrato sellada por el INEM.En el contrato de trabajo deben figurar los datos obvios, el salario a percibir claro esta, el convenio al que estas acogido ese contrato, la duración del contrato, el número de días de vacaciones... etc...Una vez firmado el contrato de trabajo, se puede iniciar la relación laboral, y claro que la empresa debe comunicar a la seguridad social la fecha de alta, pero tu debes proporcionar a la seguridad social el contrato de trabajo, con el salario a percibir y la duración del contrato, y el número de horas que vas a trabajar.Un saludo.
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Harruinado 07/09/23 06:09
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
No los bancos no cobran nada por la testamentaria... Tienes que llevar escrituras te hacen fotocopias ellos de todo.Luego Santander te abre cuenta "puente" sin coste donde traspasa fondos y dinero cuentas, tampoco tiene coste esto.Eso si tienes que estar encima de ellos, sino prolongan  los plazos hasta lo absurdo...Len menos de 1 mes debes tener todo a tu nombre fondos,  dinero...pero se hacen los tontos y prolongan todo mucho tiempo.En cuanto entregues documentos bancos en una semana como mucho deben llamarte para abrir cuenta y proceder traspaso fondos... Los fondos deben ser traspasados en 3 días hábiles.   Sino estás encima de ellos llamando prolongarán los plazos lo que quieran.En cuanto entregues documentación ellos dicen te llaman cuando la revisen...en una semana sino te llaman llama tú sino se te puede alargar todo de forma exagerada... tienes que ser pesado sino no se mueven, al gestor que te ponga el banco dale caña yte tiene que dar su teléfono y correo.Saludos.
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Harruinado 06/09/23 18:49
Ha respondido al tema Ayuda informacion
Lo primero que tendrías que haber hecho es comunicar que tienes un trabajo y el importe que recibirás de salario para que te ajusten la cuantía que recibes, ya que según tus circunstancias personales el ingreso mínimo complementara en parte el sueldo para llegar al mínimo estipulado. No hay que olvidar que todos los beneficiarios del IMV están obligados a presentar la declaración de la Renta 2020, por lo que cuando están cobrando al mismo tiempo un sueldo y salario social, tendrán que acudir también a su cita con Hacienda.La búsqueda activa de empleo entre las personas beneficiarias siempre ha sido uno de los requisitos, no para la solicitud, pero sí para acreditar cuando ya se está cobrando la prestación. Y en el momento en que se consiga una vacante, habrá que comunicarlo a la Seguridad Social, a través de la Sede Electrónica o acudiendo a la oficina con cita previa.Entre la documentación a aportar habrá que llevar el nuevo contrato de trabajo. Los mismos empleados públicos de atención al ciudadano serán los que calculen el recorte. Un saludo
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Harruinado 06/09/23 18:41
Ha respondido al tema Autoliquidación impuesto sucesiones Madrid - Herencia
Es mejor que acudas a un gestor el te lo hará y no te cobraran mucho.Date cuenta que tienes que declarar todos los bienes que hayas obtenido fruto de la herencia, cuentas bancarias, fondos, letras, acciones, casas, tierras...Todo lo que heredas esta en la adjudicación de la herencia el documento ante notario de aceptación, en ese documento (escrituras) vendrá todo lo que has heredado y lo tendrás que llevar a los bancos en su momento una vez pagado TODOS los impuestos.Si cometes un error al declarar algo o se te olvida, luego puedes tener problemas ya que los bancos revisaran que este todo pagado antes de darte acceso a los importes de cuentas, a los fondos que te traspasaran a tu nombre a las acciones que pasaran a tu nombre.Es mejor no corras riesgos no te va a costar mucho, y te evitas problemas, y ojo que desde la aceptación herencia dispones de 30 días para liquidar los impuestos, no solo sucesiones, también plusvalía si heredas un piso...sino lo haces en 30 días tendrás recargos.Y la cosa se complica si sois varios los que os repartís la herencia, pues hay que presentar un solo documento para todos...Lo dicho no te compliques acude a un gestor, eso si que sea conocido o que te lo recomiende alguien conocido.Un saludo
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