Abonan a mes vencido, si te abres la cuenta el día 5 y haces la transferencia el día 15 , el día 11 del próximo mes cobrarás lo correspondiente a ESE mes anterior
Todo eso es verdad y muy bonito pero si eres inteligente es mejor no tener que entrar en litigios con hacienda aunque tengas razón. Donde hay poca ganancia .. pérdida asegurada. Ahorrarse quebraderos de cabeza no se paga con dinero