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Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

98 respuestas
Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta
4 suscriptores
Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta
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#92

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Así nos tienen a la mayoría ...yo desde mayo
#93

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Llevo así desde mayo
#94

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Hola, yo desde abril que hice la declaración on line aún no me devuelven y llevo 2 meses casi en comprobación... Para flipar. 
#95

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Holis. Que tal yo estoy en recaudación. Y me dice su declaración está siendo comprobada  alguien me explica 
#96

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Yo estoy igual. Me cambió a " está siendo comprobada", a las horas a " se está tramitando", y al día siguiente a " está siendo comprobada. No tengo deudas ni nada y hay conocidos que le han devuelto en 3 días. Esperemos avancen, cada año es una aventura y la información que dan es muy ambigua.
#97

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Si tenéis una deuda fraccionada, se os va a compensar, y lo que sobre (si sobra) se os devolverá. Y esa compensación la habéis pedido vosotros sin daros cuenta, leed detenidamente el acuerdo de concesión de ese aplazamiento.

Yo también estoy a la espera, en comprobación.
#98

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

¿Por qué están comprobando mi declaración si lo que he hecho es aceptar el borrador que ellos me han propuesto? 
#99

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Que aceptes el borrador no significa que estés libre de comprobaciones. Tú tienes la obligación de comprobar que todo lo que aparece sea correcto y que no falte nada y, en este último caso, añadir lo faltante. Hacienda lo único que hace es facilitarte la cumplimentación del mismo añadiendo aquellos datos de los que tiene información.

Artículo 64 del Reglamento del IRPF: 1. Los contribuyentes podrán solicitar la remisión de un borrador de declaración en los términos previstos en el artícu­lo 98 de la Ley del Impuesto.

A tales efectos, la Administración tributaria podrá requerir a los contribuyentes la presentación de la información y documentos que resulten necesarios para su elaboración.

El Ministro de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo, forma y procedimiento de dicho requerimiento.

2. Cuando el contribuyente considere que el borrador de declaración no refleja su situación tributaria a efectos de este Impuesto, deberá presentar la correspondiente declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artícu­lo 97 de la Ley del Impuesto.

No obstante, podrá instar la rectificación del borrador recibido cuando considere que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o advierta que contiene datos erróneos o inexactos. En ningún caso, la rectificación podrá suponer la inclusión de rentas distintas de las enumeradas en el artícu­lo 98 de la Ley del Impuesto.

#100

Re: Su devolución está siendo comprobada. - Devolucion de la Renta

Muchas gracias por tu respuesta.