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Seguro mybox vida la caixa

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Seguro mybox vida la caixa
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Seguro mybox vida la caixa
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#196

Re: Seguro mybox vida la caixa

Si, si el seguro hubiera entrado en vigor, la aseguradora tiene derecho a hacer suya la prima correspondiente a los dias que ha durado el seguro, pero eso depende de cuando entre en vigor, la fecha la pactais.

Ejemplo: firmas hoy pero el seguro que empiece el 1 de junio, pues si lo anulas en los 14 dias , como no ha entrado en vigor, no deberia haber pago alguno y de haberse cobrado, hay derecho al reembolso. 

Ahora bien, en tu caso en las condiciones ponen que son 30 dias para anular? mejor aun, te da mas margen, lo suyo es poner la fecha de comienzo el dia que firmes los papeles, luego lo anulas y contratas con quien quieras.
#197

Re: Seguro mybox vida la caixa

Anda, 30 dias es solo para seguros de vida?
Pensaba que era para todos los seguros. @lenteja
gracias por la aclaracion @holynes2
#198

Re: Seguro mybox vida la caixa

Si desiste dentro del plazo Y NO HAS HECHO USO DEL SEGURO, te deberian devolver el 100% del seguro...salvo mejor opinion.
Saludos,
#199

Re: Seguro mybox vida la caixa

Si desistes del contrato, es como si no se hubiera realizado. 

Por tanto no hay prima consumida, no ha habido cobertura. 

Si se ha usado la póliza, entiendo que no se puede desistir de ella.
#200

Re: Seguro mybox vida la caixa

El supuesto que se plantea es seguro que comienza por ejemplo mañana, cancelo porque cambio de idea a la semana. 

La cia me ha dado seguro una semana, suponiendo que no hayas dado siniestro, corresponde que te devuelvan la semana? o esa se la pueden quedar y devolverte el resto de la anualidad?

Por saber, que me surge la duda
#201

Re: Seguro mybox vida la caixa

 

Artículo ochenta y tres a).


1. El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.

Se exceptúan de esta facultad unilateral de resolución los contratos de seguro en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas en los mismos.

2. La facultad unilateral de resolución del contrato deberá ejercitarse por el tomador mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. La referida comunicación deberá expedirse por el tomador del seguro antes de que venza el plazo indicado en el apartado anterior.

3. A partir de la fecha en que se expida la comunicación a que se refiere el apartado anterior cesará la cobertura del riesgo por parte del asegurador y el tomador del seguro tendrá derecho a la devolución de la prima que hubiera pagado, salvo la parte correspondiente al período de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia. El asegurador dispondrá para ello de un plazo de 30 días a contar desde el día que reciba la comunicación de rescisión. 

#202

Re: Seguro mybox vida la caixa

Si, pero esto no es sobre seguros de vida?lo digo porque consultaban sobre seguro del hogar, o es lo que pone el punto 1, no termino de entenderlo. 
de todas maneras la parte 3 creo que avala lo que dije se devuelve menos los dias que haya estado activo 
#203

Re: Seguro mybox vida la caixa

Sí, rectifico. Tienes razón, la compañía se queda con la parte de prima consumida. En vida. (yo creo que en la práctica no se hace)

Y el desistimiento de cualquier póliza que no sea de vida, no aparece en detalle en la ley de contrato de seguro, porque es algo común para toda la contratación a distancia. Y será lo que diga en esa norma. 
#204

Re: Seguro mybox vida la caixa

En eso tienes razon, no lo he visto nunca pero todo valga para que empiece alguien por primera vez jajaja
#205

Re: Seguro mybox vida la caixa

Estoy bastante seguro de que para seguros de vivienda, tienes 30 dias si firmas online y te devuelven el 100% dentro de los 30 dias, si no has usado la poliza. 
A ver si alguien lo ha probado.
#206

Re: Seguro mybox vida la caixa

Si lo que ha dicho Insurance yo creo que esta en lo correcto. Nunca he visto que le retengan unos pocos dias de seguro usado , pero como hablamos del derecho... 
#207

Re: Seguro mybox vida la caixa

15 días, dice la ley. Te pueden dar más en contrato, claro. Pero lo habitual son 15 días.
#208

Re: Seguro mybox vida la caixa

Parezco el Aranzadi jejeje

 Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. 

 Artículo 10. Derecho de desistimiento. 1. El consumidor dispondrá de un plazo de catorce días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna. El mencionado plazo será de treinta días naturales en el caso de contratos relacionados con seguros de vida. El plazo para ejercer el derecho de desistimiento empezará a correr desde el día de la celebración del contrato, salvo en relación con los seguros de vida, en cuyo caso el plazo  comenzará cuando se informe al consumidor de que el contrato ha sido celebrado. No obstante, si el consumidor no hubiera recibido las condiciones contractuales y la información contractual indicada en el artículo 7.1, el plazo para ejercer el derecho de desistimiento comenzará a contar el día en que reciba la citada información. 

(...)

 3. El consumidor que ejerza el derecho de desistimiento lo habrá de comunicar al proveedor en los términos previstos por el contrato, antes de que finalice el plazo correspondiente, por un procedimiento que permita dejar constancia de la notificación de cualquier modo admitido en Derecho. Se considerará que la notificación ha sido hecha dentro de plazo si se hace en un soporte de papel o sobre otro soporte duradero, disponible y accesible al destinatario, y se envía antes de expirar el plazo. 

Y en cuanto al artículo 7:

 3) En cuanto al contrato a distancia: a) la existencia o no de derecho de desistimiento, de conformidad con el artículo 10 y, de existir tal derecho, su duración y las condiciones para ejercerlo, incluida la información relativa al importe que el consumidor pueda tener que abonar con arreglo al artículo 11, así como las consecuencias de la falta de ejercicio de ese derecho y su pérdida cuando, antes de ejercer este derecho, se ejecute el contrato en su totalidad por ambas partes, a petición expresa del consumidor; b) las instrucciones para ejercer el derecho de desistimiento, indicando, entre otros aspectos, a qué dirección postal o electrónica debe dirigirse la notificación del desistimiento; c) la duración contractual mínima, en caso de contratos de prestación de servicios financieros permanentes o periódicos; d) información acerca de cualquier derecho, distinto del contemplado en la letra a), que puedan tener las partes a resolver el contrato anticipadamente o unilateralmente con arreglo a las condiciones del contrato, incluidas las penalizaciones que pueda contener el contrato en ese caso; e) el Estado o Estados miembros en cuya legislación se basa el proveedor para establecer relaciones con el consumidor, antes de la celebración del contrato; f) las cláusulas contractuales, si las hubiere, relativas a la ley aplicable al contrato a distancia y a la jurisdicción competente para conocer el asunto; g) la lengua o las lenguas en que las condiciones contractuales y la información previa se presentan, y la lengua o lenguas en que podrá formalizarse el contrato y ejecutarse las prestaciones derivadas del mismo, de acuerdo con el consumidor.