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Estrategias fiscales ajustadas a la legalidad para optimizar situaciones diferentes

El miércoles día 11 a las 18:15 haremos un coloquio en directo para hablar de las diferentes estrategias fiscales que se pueden aplicar,  para optimizar situaciones diferentes.

Yo siempre he pagado el 100% de los impuestos según la ley de la renta vigente en cada momento. Pero siendo cuidadoso para no pagar más de lo que marca la ley.

Los que no cobramos un sueldo, ni recibimos una pensión del Estado, y ganamos el dinero especulando en los mercados, podemos permitirnos el lujo de planificar nuestra fiscalidad antes de empezar el año. Por ejemplo: en el año 2022 podemos decidir qué cantidad de dinero nos conviene ganar en el 2023, para que los impuestos a pagar no lleguen a porcentajes confiscatorios. Todos sabéis que no se paga el mismo porcentaje por un incremento patrimonial de hasta 6000 euros, que si ganas más de 50.000.

Los que vivimos de los mercados, al diseñar una estrategia tenemos en cuenta la relación riesgo/beneficio después de descontar el impacto fiscal. Hay que tener en cuenta que, cuando ganas pagas, pero si al año que viene pierdes, además de que no te devuelven lo que pagaste el año anterior, si no recuperas la pérdida en 4 años, cuando después de ese plazo vuelvas a ganar volverás a pagar a Hacienda, sin importar que en tu cómputo total, contando los últimos 5 años, todavía estás perdiendo dinero.

Resumiendo: de cada 100 euros que ganas, pagas de promedio alrededor de 23 euros, y te han quedado 77 limpios (lo de limpios es una broma, porque no puedes descontar ninguno de los gastos necesarios para esa actividad). Pero como planifiques mal, y no seas cuidadoso diseñando estrategias, en una mala racha durante 4 años puedes perder lo que habías ganado. Y como han pasado 4 años, tus pérdidas ya no son deducibles de las próximas ganancias.

A partir de ese momento, por cada 100 euros que ganas vuelves a pagar 23 de promedio. Y si tienes suerte y recuperas lo que habías perdido, resulta que sigues perdiendo un dineral, puesto que cuando recuperas justo la pérdida anterior, le tienes que restar dos veces el 23%. O sea, Has perdido y has ganado 100, y en vez de quedar en paz resulta que en tu cuenta te quedan 54 euros.

Por tanto, repito que hay que ser extremadamente cuidadoso en el diseño de estrategias, tanto operativa como fiscalmente. El primer mandamiento sería no terminar ejercicios con pérdidas, para lo cual hay que ser muy quisquilloso con los riesgos asumidos, y en las fechas en que se devengarán las posibles ganancias o perdidas.

El segundo mandamiento sería no tener muchos beneficios en el mismo ejercicio que me aumenten el porcentaje de impuestos a un nivel que hace que la relación riesgo beneficio no sea la correcta. Siempre hay que tener en cuenta que se tiene un socio que sólo aparece a la hora de repartir beneficios, pero cuando hay pérdidas, no sólo te deja sólo, sino que luego dice que no te conoce.

El tercer mandamiento sería disponer de un grifo que pueda cerrar o abrir, para conseguir que no tenga años en pérdidas, ni tampoco tenga años con demasiadas ganancias en el mismo ejercicio, con el consiguiente aumento del porcentaje de impuestos. Es como tener una presa de agua, que cuando llueve mucho la embalsa, y cuando hay sequía deja salir sólo la que conviene que salga.

El miércoles veremos cómo optimizar las diferentes situaciones que se pueden presentar, para no pagar más de lo necesario, ni pagar dos veces por el mismo beneficio.

Otra cosa a tener en cuenta es que, si queremos regular el caudal de desagüe de una presa, la única manera de conseguirlo es procurando que la presa no se quede nunca sin agua, puesto que en esa situación no se podría regular.

Como siempre, cuando se inicie el coloquio, los asistentes podrán hablar o resolver dudas por el chat de voz del canal de Telegram siguiente:   https://t.me/ProDinero



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  1. en respuesta a Ulando
    -
  2. #30
    25/06/24 16:23
    Hola Sr, Llinares, hace unos días publicó usted un link con la tributación de opciones, CFDs etc..
    Entre todos los comentarios no consigo encontrarlo, podría enviarlo de nuevo por favor ?
  3. en respuesta a Tinaturner
    -
    Top 100
    #29
    07/06/24 11:28
    Tienes razón, hay unos meses que el asunto se queda en el aire.


  4. en respuesta a Francisco Llinares
    -
    #28
    05/06/24 20:29
    Te agradezco la respuesta pero, si no lo he entendido mal, no da solución a lo que planteo.
    Supongamos que el año pasado 2023 gané 50000 euros y que el mes de octubre de ese año abrí el spread GCG24J24. En diciembre del 2023 la pata de abril me arroja 50000 eur de perdida que materializo cerrando esa pata y abriendo GCM24, con lo que me queda abierto el spread GCG24M24. En la renta del 2023 tendré por tanto 0 beneficios.
    En febrero de 2024 cerraré GCG24M24 y en ese momento habré materializado 50000 de beneficios. A partir de este momento esperaríamos a octubre de 2024 para repetir el proceso (abrir el spread GCG25J25) para conseguir compensar a final del año 2024 los 50000 eur arrastrados más las ganancias que hayamos conseguido en el año 2024.
    Los 50000 euros de beneficios materializados en febrero (cierre de  GCG24M24) no se van a compensar hasta final del año 2025 cuando se cierre la pata que nos interese del spread GCG25J25 para realizar las pérdidas. Es en ese periodo que va desde febrero o abril hasta final de año en el que, en caso de fallecimiento del titular, el beneficio materializado se tendría que declarar en la renta del año correspondiente por los herederos.
    Espero haberme explicado.

    Un saludo

  5. en respuesta a Tinaturner
    -
    Top 100
    #27
    04/06/24 18:18
    Si cierras las dos patas 5 minutos después de morirse, nadie se va a dar cuenta de eso.
  6. en respuesta a Francisco Llinares
    -
    #26
    28/05/24 13:09
    Hola Francisco,
    Ante todo agradecerte tu dedicación i tu generosidad a la hora de compartir estratégias.
    Respecto a lo que planteas en el video de retrasar los beneficios año tras año para que los herederos no tengan que pagar nada a hacienda tras el fallecimiento quisiera puntualizar lo siguiente.
    En el caso que el fallecimiento se produzca en el periodo comprendido entre del vencimiento de la pata con beneficios del spread y el cierre posterior de la pata con pérdidas (antes de producirse la compensación), nos encontraríamos que los herderos al hacer la declaración de la renta del difunto si tendrian que pagar a hacienda por todos sus beneficios acumulados a lo largo de los años. Es decir, según los tiempos descritos en el video, entre febrero-abril i finales de cada año, las ganancias estarian materializadas y sin compensar.
    Le estoy dando vueltas para eliminar esta laguna nada despreciable. Como està claro que intentar morirse fuera de la laguna temporal no és algo razonable, te agradeceria me ayudaras a encontrar alguna otra solución.
    Muy agradecido.
  7. en respuesta a Tradercompulsivo
    -
    Top 100
    #25
    10/12/23 17:06
    En teoría no debería ser necesario, ya que cada futuro tiene una referencia diferente, pero para curarse en salud se pueden hacer las dos operaciones separadas por dos meses.
  8. #24
    08/12/23 13:13
    Hola Don @francisco-llinares:
    Gracias por el vídeo, muy útil.
    Con respecto al mismo, querría preguntarle si para poder compensar las pérdidas con las ganancias debo esperar 2 meses para poder cerrar los 2 spread.
    Es decir si a finales de diciembre abro el segundo spread como se ve en el video, tendría que esperar a finales de febrero para poder cerrar los 2 spread. Imagino que los futuros de todos los vencimientos tienen el mismo ISIN, y por eso hay que esperar 2 meses para poder hacer operaciones que compensen las pérdidas con las ganancias, como dicta la AET.
    Gracias
  9. en respuesta a Elmasjoven
    -
    Top 100
    #23
    16/11/23 16:47
    De todo lo que hay en estos momentos, lo que más me gusta por ser lo menos malo, es hacer este plazo fijo con opciones en IB.

    https://www.rankia.com/blog/llinares/5807447-mas-rentable-que-plazo-fijo-seguro-bono-aleman

    Como tienes títulos en vez de dinero en la cuenta, aunque quiebre no lo vas a perder. 

    Sacas una estupenda rentabilidad. 

    Y mirando la cotización de IB, mientras se mantenga en tendencia alcista quiere decir que no va a quebrar en breve.
  10. #22
    16/11/23 13:31
    Buenas tardes Francisco,

    Tras el cierre de cuentas del banco Nationale Netherlanden (con iban extranjero) previsto para el 20 de noviembre, ha podido encontrar algún banco europeo con Iban extranjero que pueda ser interesante?

    https://cuentasenelextranjero.com/

    Por lo que veo en este enlace los únicos que se pueden salvar serían Wise o Klarna Bank atendiendo a que tienen iban extranjero y están en países aparentemente solventes.

    Aquí en el enlace de bajo incluyen el banco noruego lea bank.

    https://ahorrainvierte.com/las-mejores-cuentas-online-para-abrirse-en-el-extranjero/

    Si alguien puede comentar como está solventando este tema y que cumpla estos 3 mínimos requisitos:

    - Banco en País mas solvente que España, 
    - Con Iban extranjero.
    - Banco mínimamente solvente.

    Gracias de antemano
  11. en respuesta a Jotasam
    -
    Top 100
    #21
    17/10/23 21:22
    Yo no conozco ni el 5% de la plataforma, y con eso puedo hacer todas las estrategias.

    No conozco si hay vídeos en español.

    Si tienes una duda concreta la preguntas.