Si tienes 35 años o menos y estás pensando en comprar una casa o un piso, ¡este artículo es para ti! Existen ayudas y subvenciones a las hipotecas para jóvenes que pueden facilitarte la adquisiciópn de tu primera vivienda. Estas ayudas provienen tanto del estado como de los bancos, y te ofrecen condiciones muy favorables para adquirir tu vivienda.
¡Te las contamos!
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Ayudas estatales para la compra de vivienda para jóvenes
El plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 contempla ayudas para jóvenes de hasta 35 años que deseen adquirir una vivienda habitual y permanente en municipios de pequeño tamaño (con una población igual o inferior a 10.000 habitantes)
Requisitos principales
- Edad: Tener hasta 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
- Ubicación de la vivienda: El inmuieble debe estar en un municipio con una población igual o inferior a 10.000 habitantes.
- Residencia habitual: La vivienda adquirida debe ser la residencia habitual y permanente del beneficiario durante un periodo mínimo establecido.
- Ingresos máximos: Los ingresos anuales no deben superar ciertos límites, generalmente establecidos en tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), aunque este límite puede variar según circunstancias específicas.
- No ser propietario: No ser propietario o usufructario de otra vivienda en España, salvo excepciones justificadas.
- Cuantía de la ayuda: La ayuda puede alcanzar hasta 10.800 euros, con un límite del 20% del precio de adquisición de la vivienda. Es decir, si la vivienda cuesta 100.000 euros, la subvención no podrá superar los 20.000 euros.
Ayudas autonómicas para la compra de vivienda para jóvenes
Además de las ayudas estatales, las comunidades autónomas ofrecen programas específicos para facilitar a los jóvenes la adquisición de su primera vivienda. A continuación, detallamos las ayudas disponibles en diferentes regiones:
Andalucía
- Avales para hipotecas: La Junta avala hasta el 95% del coste de la vivienda para menores de 40 años.
- Reducción del ITP: Vivienda usada; tipo reducido del 3,5% (general 7%) si el valor no supera 150.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,3% (general 1,2%) si el valor no supera 150.000€.
Aragón
- Reducción del ITP: Vivienda usada; Tipo reducido del 4% (general 8%) si el valor no supera 100.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,4% (general 1,5%) si el valor no supera 100.000€.
Asturias
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 4% si el valor no supera 150.000€ (general 8%).
Baleares
- Aval público: Hasta el 20% del valor de la vivienda.
Canarias
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 20% menos en el tipo general si el valor no supera 150.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,4% (general 1%) si el valor no supera 150.000€.
Cantabria
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 20% menos en el tipo general si el valor no supera 150.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,4% (general 1%) si el valor no supera 150.000€.
Castilla y León
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 4% (general 8%) si el valor de compra no supera 100.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,5% (general 1,5%) si el valor no supera 100.000€.
- Aval público: Hasta el 17,5% del coste de la vivienda, permitiendo financiar el 97,5% del precio de compra.
Castilla la Mancha
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 0,5% (general 9%).
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,5% (general 1,5%).
Cataluña
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 5% (general 10%) si la base imponible de la última declaración de renta es menor a 30.000€.
Comunidad Valenciana
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 20% menos en el tipo general (8%) si el valor no supera los 122.000€ y los ingresos no exceden los 30.000 brutos anuales.
Extremadura
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 20% menos en el tipo general (6,5%) si el valor no supera 122.000€ y los ingresos no superan 19.000€ brutos anuales (24.000€ en declaración conjunta)
Galicia
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 3% (general 9%) si el patrimonio familiar no supera 200.000€.
- Reducción del IAJD: Vivienda nueva; 0,5% (general 1,5%).
Madrid
- Programa 'mi primera vivienda': Avala hasta el 20% del precio de la vivienda para menores de 40 años.
Murcia
- Aval público: Cubre hasta el 20% del coste de la vivienda si el valor no supera los 175.000€ y los ingresos no superan 5,4 veces el IPREM.
La rioja
- Reducción del ITP: Vivienda usada; 5% (general 7%) si los ingresos no superan 18.030€ (30.050 en declaración conjunta).
¿Qué es el aval ICO del 20% en las hipotecas?
El aval ICO del 20% es una medida implementada por el Gobierno de España para facilitar el acceso a la compra de la primera vivienda habitual, especialmente para jóvenes y familias vulnerables. Este aval permite que los bancos financien hasta el 100% del coste del inmueble, cubriendo el 20% que generalmente se requiere como entrada.
Requisitos para acceder al aval ICO
No todos los solicitantes podrán beneficiarse de este aval, ya que será necesario cumplir una serie de requisitos, como los que te nombramos a continuación:
- Ingresos familiares: Dependiendo del núcleo familiar y la situación económica, habrá un límite de ingresos para poder optar al aval.
- Edad: En el caso de los jóvenes, se establecen límites de edad para calificar como beneficiario.
- Tipo de vivienda: La propiedad debe ser la primera vivienda habitual del solicitante.
- Importe de la compra: Existen límites en el valor de la vivienda para garantizar que la medida sea accesible, pero no limitada.
¿Hasta cuando se puede solicitar el aval ICO?
En principio, esta ayuda estará disponible hasta finales de 2025, aunque existe la posibilidad de que el programa sea prorrogado hasta 2027, dependiendo de la demanda y las condiciones económicas del momento. Es importante mantenerse informado para no dejar pasar esta oportunidad.
⚠️ Recuerda: Aprovechar este tipo de ayudas puede ser la clave para acceder a tu primera vivienda, pero siempre es importante informarse bien y analizar las condiciones para tomar una decisión responsable.
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