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Hasta cuándo puedes reclamar los gastos de la hipoteca: Plazos y requisitos

Hasta cuándo puedes reclamar los gastos de la hipoteca: Plazos y requisitos

¿Adquiriste tu vivienda antes de 2019 y formalizaste una hipoteca? Si la respuesta es sí, ¡buenas noticias! Aún puedes reclamar los gastos asociados a este proceso. 

Aquellos que formalizaron un préstamo hipotecario antes de 2019 tienen la oportunidad de reclamar ciertos importes que pudieron haber abonado y que, según la normativa vigente, debían ser responsabilidad del banco. 

A día de hoy, es perfectamente factible iniciar el proceso de reclamación para recuperar dichas cantidades. Esta ventana abierta para recuperar gastos asociados a la hipoteca constituye una posibilidad valiosa para mejorar tu situación financiera.

Así que, si estás contemplando la posibilidad de recuperar parte de los gastos asociados a la compra de tu vivienda, ¡sigue leyendo y descubre cómo hacerlo antes de que se agote el plazo legal!

Fecha límite para reclamar los gastos hipotecarios

El principal requisito para reclamar los gastos hipotecarios es haber firmado antes de junio de 2019. Por eso, si todavía no lo has reclamado, te animamos a dar el paso.

Gracias a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE este 2024, ya sabemos que no existe un plazo específico para poder reclamar estos gastos. Según indica la propia sentencia, hay «un plazo de prescripción cuyo día inicial se corresponde con la fecha en que adquiere firmeza la resolución que declara abusiva una cláusula contractual y la anula».

¿Qué quiere decir esto? Que a nivel práctico no se establece una fecha concreta en la que los consumidores no puedan iniciar la reclamación de sus gastos hipotecarios.

¿Qué gastos de la hipoteca me van a devolver?

Los gastos que puedes reclamar son los que debería haber abonado el banco en el momento de la firma del préstamo. Están relacionados con la constitución o modificación de la hipoteca, es decir, no tiene nada que ver la compraventa o cualquier otro tipo de negocio que se formalice en el mismo instante.

Por tanto, no te van a devolver todo lo que has abonado, sino aquello que se impone al cliente o consumidor y que no le corresponde pagar. Así, los gastos de la hipoteca que te pueden devolver son:

  • 50% gastos de NOTARÍA
  • 100% gastos de REGISTRO
  • 100% gastos de GESTORÍA
  • 100% gastos de PRIMERA TASACIÓN
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que grava el aval. No siempre se paga, solo cuando en la escritura se formalice igualmente un afianzamiento o aval.

¿Dónde puedo reclamar los gastos de mi hipoteca?

Se aconseja no esperar hasta el último momento y actuar pronto. 

La reclamación puede iniciarse en el servicio de reclamaciones de la entidad bancaria, seguido por el servicio de reclamaciones del Banco de España. Si estas vías no son efectivas, la opción judicial está disponible, aunque muchos consumidores optan por despachos de abogados especializados para agilizar el proceso, a pesar de los costes asociados. 

Si quieres saber más sobre cómo reclamar los gastos de tu hipoteca, puedes consultar nuestro contenido sobre Cómo reclamar los gastos de la hipoteca al banco.

¿Qué documentación necesito para reclamar los gastos de la hipoteca?

Para garantizar una reclamación exitosa, es esencial recopilar la documentación necesaria. En este sentido, necesitas recopilar todas las facturas correspondientes a los gastos que has sufragado al contratar la hipoteca, además de otros documentos:

  • Copia de DNI/NIE o Pasaporte de los titulares de la hipoteca.
  • Escritura del préstamo hipotecario.
  • Factura del notario.
  • Factura del Registro de la Propiedad.
  • Factura de la tasación del inmueble.
  • Factura de la gestoría.
  • Justificante de abono de la comisión de apertura de la hipoteca, si existiera. Este es el primer cargo que el banco realiza en la cuenta de la propia hipoteca y coincide con la fecha de firma de la escritura.

Toda esta documentación te la entregaron o debieron entregártela junto con la escritura. Por tanto, es más que probable que lo tengas guardado en el mismo sitio. No obstante, puede ser que no dispongas de las facturas, en ese caso, ya te anticipo que no podrás hacer ningún tipo de reclamación.

¿Por qué? Porque el banco no tiene la obligación de conservar o entregar esos documentos. En ese sentido, serás tú quien deba dirigirse a quienes las emitieron.

En resumen, si compraste tu casa antes de junio de 2019 y formalizaste una hipoteca, puedes iniciar el proceso de reclamación de los gastos vinculados a este trámite. 

Como consejo, aunque el plazo no prescriba, hazlo cuanto antes.
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  1. en respuesta a Mirella Martinez
    -
    #5
    16/02/24 11:42
    Buenos días Mireia, he estado consultando sobre reclamaciones de hipotecas a bancos y entre los casos consultados no veo ninguna reclamación al Santander. ¿Del Santander conoces alguno modelo de reclamación o tienen un modelo especifico para ello? Gracias.
  2. en respuesta a Mirella Martinez
    -
    #4
    08/02/24 09:57
    Gracias Mireia. ¿El importe aproximado sabrías indicarme si lo conoces a cuanto supondría?
  3. en respuesta a Dioni.Villa
    -
    #3
    25/01/24 12:54
    Hola Dioni,

    ¡Gracias por tu consulta!

    No habría ningún problema con que la hipoteca fuese anterior al año 2000. No hay límite de antigüedad.

    Saludos.
  4. #2
    25/01/24 12:32
    Alguien conoce cuanto tiempo atrás desde que se firmo la hipoteca hasta ahora podemos reclamar los gastos??
  5. #1
    24/01/24 19:18
    Claro que son hipotecas anteriores del 2019, pero hasta cuando de antigüedad, podrían ser gastos de hipoteca anterior al año 2000?.
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