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¿Puedes pignorar un plan de pensiones para obtener liquidez?

¿Puedes pignorar un plan de pensiones para obtener liquidez?

 
Los planes de pensiones constituyen una herramienta idónea de cara al ahorro para la jubilación. Sin embargo, tienen una desventaja y es que no te permiten recuperar el dinero cuando quieras. Sólo puedes rescatar la inversión cuando te jubiles o bien cuando se produzca alguno de los supuestos excepcionales de liquidez, que son los siguientes: enfermedad grave, desempleo de larga duración o fallecimiento del titular.

La buena noticia es que desde el 1 de enero de 2025 la regulación permite acogerse a un supuesto adicional: que las aportaciones realizadas tengan una antigüedad de diez años (como mínimo). En otras palabras, puedes disponer de todo el dinero que tengas en planes de pensiones siempre que lo hayas invertido en 2015 o en cualquier año anterior a esa fecha.

Esto quiere decir que puedes reembolsarlo, si así lo deseas. Pero también que puedes utilizarlo como garantía de cara a la solicitud de un préstamo. O, dicho de otro modo, que puedes pignorarlo para conseguir liquidez. Una estrategia que merece la pena considerar ya que ofrece algunas ventajas tanto desde el punto de vista fiscal como financiero.

Mejor no rescatar

Lo ideal cuando inviertes en planes de pensiones es no tocar ese dinero hasta que te jubiles. Y es que sólo deberías invertir en planes aquel importe del que puedas prescindir, para lo cual es aconsejable construir previamente un colchón de liquidez anti imprevistos al que recurrir en caso necesario.

Por tanto, el hecho de que la regulación actual te permita reembolsar las aportaciones con una década de antigüedad no implica que debas hacerlo. Recuerda que si invertiste en un plan de pensiones es porque tus miras estaban puestas en el largo plazo y, por tanto, la posibilidad de reembolsar no tiene por qué implicar la obligatoriedad de hacerlo.

En este sentido, si no estás satisfecho con tu plan de pensiones no es necesario que rescates el dinero sólo por esa razón. También puedes traspasar la inversión a otro plan que tenga un mejor perfil de rentabilidad o que sea más adecuado para ti en términos de riesgo. Esta operación no implica coste alguno ni obligación de tributar por el camino.

Fiscalidad de los planes

Ahora bien, cabe la posibilidad de que te haya surgido una necesidad de liquidez y que no dispongas de suficiente dinero en tu colchón de emergencia para afrontarla (o no quieras dejarlo a cero). En ese caso, tienes la opción de rescatar tu plan, pero también puedes simplemente pignorarlo. Es decir: pedir un préstamo y poner el plan de pensiones como garantía para que el interés de ese préstamo te salga más barato.

La ventaja de rescatar directamente el plan (versus pignorarlo) es que te ahorras el tipo de interés que pagarías por el préstamo. Sin embargo, esta opción tiene una desventaja muy importante que es la fiscalidad.

Hay que tener en cuenta que el plan de pensiones es una rara avis dentro del mundo de la inversión. A diferencia del resto de productos financieros, no tributa como renta del ahorro, sino como renta del trabajo. Además, te permite deducir todo el dinero invertido de la declaración de la Renta (hasta 1.500 euros anuales, que es el máximo que te deja invertir la ley).

De ese modo, aplazas el pago de impuestos hasta que reembolses. Cuando llegue ese momento, tributarás tanto por el dinero que hayas aportado como por la rentabilidad que haya generado ese dinero. Y lo harás al tipo marginal que tengas en la fecha del rescate.

Esto tiene dos ventajas muy importantes. La primera: lo más probable es que retires el dinero cuando ya te hayas jubilado. Entonces, tus ingresos serán presumiblemente inferiores y tu tipo marginal irá en consonancia. Por tanto, es probable que pagues menos impuestos de los que habrías pagado hoy.

La segunda ventaja es que todo el tiempo que aplaces el pago de impuestos, ese dinero estará en tu bolsillo y no en el de Hacienda. Por tanto, estará generando rentabilidad para ti.

Reembolsar versus pignorar

En este contexto, si decides rescatar las aportaciones realizadas con diez años de antigüedad te puede salir el tiro por la culata. Piensa que si todavía no te has jubilado y tu tipo marginal sigue siendo similar, pagarás los mismos impuestos que te habías ahorrado en un principio. De hecho, si tus ingresos han aumentado desde entonces, y con ellos tu tipo marginal, aún pagarás más impuestos.

Y, además, dejarás de beneficiarte de las ventajas de ese diferimiento fiscal del que te hablábamos antes. El dinero que le debías a Hacienda ya no estará en tu bolsillo. Dejará de estar trabajando para ti.

Por tanto, desde un punto de vista fiscal, lo mejor es rescatar la inversión lo más tarde posible y en el momento en el que tu tipo marginal sea más reducido. Un escenario que no tiene por qué coincidir con el actual.

Por otro lado, también debes considerar la estrategia financiera. Si estás invirtiendo, por ejemplo, en un fondo de bolsa es posible que el momento en el que rescates pille a los mercados con el pie cambiado, en plena corrección bursátil. En ese caso, reembolsar puede ser ineficiente ya que estarías vendiendo en el peor momento.

En cambio, si tienes una necesidad de liquidez y optas por pedir un préstamo, poniendo el plan de pensiones como garantía, tu dinero seguirá invertido en planes, trabajando para ti. Y no tendrás que rendir cuentas a Hacienda hasta que lo reembolses de manera definitiva (a ser posible, en el momento de la jubilación).

En resumen: si estás considerando aprovechar la legislación actual para rescatar tu plan de pensiones, considera la posibilidad de pignorarlo. Es posible que, según tu situación financiero-fiscal, te salga más a cuenta 

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  1. #1
    18/02/25 16:38
    He trabajado como analista de riesgo de crédito durante unos cuantos años, y en la entidad donde trabajaba, no se aceptaban como garantía los planes de pensiones, dado que si yo no pago el préstamo, la entidad no podría ejecutar el plan de pensiones hasta que no cumpla la edad de jubilación o la contingencia que permita rescatarlo. No creo que las entidades estén aceptando pignorar productos que luego no podrían ejecutar hasta dentro de unos cuantos años.