La reciente DANA ha golpeado con fuerza a miles de autónomos, negocios y pymes en regiones como la Comunidad Valenciana, Andalucía y Castilla-La Mancha, afectando gravemente su actividad y capacidad económica. Según la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), se estima que más de 51.000 autónomos y 54.000 empresas han sufrido pérdidas o paralizaciones en sus negocios debido a las inundaciones y daños causados por esta situación climática extrema. Ante esta realidad, las administraciones públicas han puesto en marcha diversas ayudas, entre las que destaca la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos afectados. A continuación, te explicamos cómo acceder a esta prestación y otros apoyos.
¿Qué es la prestación extraordinaria por cese de actividad para afectados por la DANA?
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado la posibilidad de solicitar una prestación especial por cese de actividad dirigida a los autónomos cuya actividad se ha visto interrumpida por la DANA. Esta prestación es una ayuda económica temporal que busca paliar la falta de ingresos provocada por esta situación de fuerza mayor y se gestiona a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
Esta prestación, adaptada a circunstancias extraordinarias, tiene varias características especiales:
- No se requiere un período mínimo de cotización. A diferencia de la prestación por cese de actividad ordinaria, no es necesario haber cotizado los 12 meses habituales.
- La prestación no se descontará de futuras prestaciones. Este beneficio no afectará el derecho a solicitar cese de actividad en el futuro, y el tiempo de cobro actual será considerado como período cotizado.
- Cuantía de la prestación. Los autónomos afectados recibirán el 70% de su base reguladora (calculada con las bases de cotización de los últimos 12 meses).
Para el cese temporal parcial de actividad...
La cuantía se reduce al 50% de la base reguladora. La prestación mínima y máxima se regulará según el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), siendo el máximo el 175% del IPREM, con aumentos si el autónomo tiene hijos a su cargo.
Requisitos para solicitar la prestación
Los autónomos que han sufrido una reducción importante de ingresos debido a la DANA y cumplen ciertos requisitos pueden acceder a esta prestación extraordinaria:
Requisitos
- Pérdida del 75% de ingresos respecto al mismo período del año anterior.
- Ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI) o a la base mínima de cotización del autónomo.
- Estar al día en el pago de las cuotas de cotización.
No se requiere la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) si el cese de actividad es temporal. Además, los autónomos deben suspender toda actividad mientras perciban la prestación por cese temporal completo.
Plazo y procedimiento de solicitud
La solicitud debe ser presentada ante la mutua colaboradora de la Seguridad Social con la que el autónomo esté asociado. El plazo para solicitar esta prestación comienza en la fecha en que se acrediten los daños o la interrupción de actividad causada por la DANA y podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente.
Para iniciar la solicitud...
Se deberán aportar documentos acreditativos del daño o interrupción, como la declaración de emergencia o informes técnicos que confirmen la situación de fuerza mayor.
Otras ayudas y medidas para autónomos y empresas
Además de la prestación por cese de actividad, las empresas y autónomos afectados pueden acceder a otras ayudas, como:
- ERTEs por fuerza mayor: las empresas que hayan sufrido pérdidas o daños estructurales pueden acogerse a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) para suspender temporalmente contratos o reducir jornadas laborales, permitiendo que sus empleados puedan acceder a prestaciones por desempleo. El derecho a la prestación se activará en el momento en que se demuestre la concurrencia de fuerza mayor.
- Indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros: el Consorcio se encargará de gestionar las indemnizaciones para aquellos autónomos o empresas que cuenten con un seguro y hayan sufrido daños derivados de fenómenos naturales. Este organismo cubre riesgos extraordinarios como inundaciones y otros desastres naturales.
Consideraciones finales
Las autoridades y asociaciones, como ATA, están trabajando en proponer medidas adicionales que alivien la situación económica de los autónomos afectados, incluyendo posibles exenciones en las cotizaciones y otras facilidades fiscales que el gobierno está evaluando.
Para aquellos autónomos y empresas que han sido golpeados por las consecuencias de la DANA, estas prestaciones pueden representar un alivio económico importante en momentos de emergencia. Se espera que los trámites y tiempos de respuesta para la concesión de estas ayudas se realicen con celeridad para brindar un soporte adecuado a quienes han visto interrumpida o mermada su actividad profesional y económica.