Uno de los pilares de nuestra estrategia de inversión es la diversificación y es por eso que nuestra cartera esta formada por acciones de diferentes países.
Lo complicado del asunto es la doble imposición, es decir, la retención que cada país realiza en el origen a parte de la retención que realiza el gobierno español en destino.
Vamos a ver en detalle la retención de cada país y si es posible qué formularios presentar para que se nos devuelva lo que hemos pagado de más.
Con la última reforma del IRPF los primeros 1.500€ ya no están exentos de impuestos.
En España se aplica una retención del 19% hasta los 6.000€, 21% entre 6.000€ y 50.000€ y 23% de 50.000€ en adelante.
España aplica una retención del 15% a todos los dividendos extranjeros, por lo tanto podremos recuperar la diferencia (si es que existe) entre lo que nos retienen en origen y ese 15% reclamándoselo a la hacienda correspondiente de cada país.
La retención en EEUU es del 30% para los residentes americanos, pero los que no somos residentes existe un acuerdo de doble imposición entre España y EEUU mediante el cual podremos tramitar el formulario W-8BEN y se nos pasaría a aplicar una retención del 15%.
Existen algunas empresas que se rigen por otras fórmulas jurídicas y la retención a aplicar varia:
- Empresas con las siglas "LP", "MLP" o "LLC"- Retención del 37%
- Royalty Income Trust - Retención del 25%
Para solicitar la devolución debes rellenar el formulario W-8BEN.
Los dividendos de empresas que cotizan en el mercado británico tienen una retención del 0%, si bien recibiremos el 90% del importe bruto puesto que únicamente los residentes en Reino Unido pueden reclamar el 10% mediante la declaración de la renta.
A nosotros por ser no residentes, ya nos han aplicado el descuento y no veríamos ninguna retención en origen pero cobraríamos únicamente el 90% mencionado.
En Alemania la retención aplicada es del 26,375%, por lo tanto podríamos recuperar un 11,375% si presentamos la documentación pertinente al fisco Alemán.
El formulario a presentar es el DBA-SPANIEN/Kapitalerträge.
Italia aplica una retención del 26% y al tener acuerdo de doble imposición podemos recuperar el 11% adicional presentando la siguiente información a la hacienda Italiana:
- Datos personales completos incluyendo los datos de la empresa de la cual ha recibido los dividendos.
- Datos relativos al dividendo recibido.
- Declaración de que reside en España.
- Datos de la cuenta corriente donde quieres que te efectúen la devolución.
Holanda es de los pocos países Europeos que aplica un 15% por lo tanto no tenemos nada que recuperar.
Bélgica, Dinamarca y Noruega aplican una imposición del 27% por lo tanto podremos recuperar el 12% adicional presentando la documentación siguiente para cada país.
Bélgica - Cubrir el formulario 276-Div.
Dinamarca - Rellenar el formulario EE-D.
Noruega - Presentar el formulario "Application for refund of Norwegian withholding tax" debidamente cumplimentado.
En el caso de Francia, Finlandia y Suecia la tasa impositiva es del 30% y siguiendo el convenio de doble imposición podremos recuperar el 15% adicional si rellenamos la siguiente documentación y la enviamos al fisco correspondiente.
Francia - Para recuperar lo que hemos tributado de más, es necesario presentar el formulario 5000. Actualmente el gobierno Francés ha modificado la tributación de los dividendos del 30% al 12.5% pero de momento que yo sepa no lo esta aplicando ningún broker, estaremos atentos a ver que sucede puesto que al aliviar la carga impositiva el mercado Galo pasaría a ser muy interesante.
Finlandia - Rellenar el formulario 6164e.
Suecia - Cubrir el formulario 3740.
Portugal y Suiza son de los países que más porcentaje impositivo cargar a los dividendos, el 35% por lo tanto tendremos derecho a recuperar el 20% adicional siempre y cuando realicemos los trámites con los ministerios de hacienda pertinentes.
Portugal - El modelo a presentar es el 22 RFI.
Suiza - Para solicitar la devolución debemos rellenar el formulario 90. Es un formato qdf por lo que te hará falta un programa especial que también puedes encontrar en el link.
Acabamos con Canadá, la retención en este caso es del 25%y podemos recuperar el 10% adicional presentando el modelo NR4.