Las siglas UCITS corresponden a "Collective Investment in Transferable Securities". Significa que un fondo de inversión con el sello UCITS cumple con la regulación de una serie de directivas europeas. En ellas se establecen las condiciones que permiten que un fondo domiciliado en un estado miembro sea distribuido en otros países miembros.
Con ello se busca simplificar la regulación en materia de inversión y aumentar la protección al inversor. Facilita la comercialización transfronteriza de los fondos al reducir la burocracia y posibilitar que una gestora de un país miembro pueda gestionar fondos en otros países.
Las directivas de UCITS fueron implementadas en el año 1985, con la misión de armonizar la legislación sobre fondos de inversión en los estados miembros de la Unión Europea. La normativa UCITS quería permitir que el mercado de fondos de inversión dentro de la Unión Europea fuese único y hubiese libertad para que los inversores minoristas pudiesen adquirir fondos de cualquier país de la Unión sin restricciones. Pese a que se ha logrado un avance, pero la práctica aún no existe un mercado único de fondos de inversión en la Unión Europea.
¿A quién beneficia UCITS?
Los pequeños inversores de fondos UCITS tendrán más confianza en la seguridad de sus activos:
- Los depositarios ya no podrán declarar que no son responsables por las acciones que realicen las terceras partes que poseen los activos, si algo va mal.
- Los gestores de fondos estarán sujetos a una supervisión eficaz.
- Supervisores de toda Europa serán capaces de utilizar sanciones de manera consistente.
UCITS V: actualización de la normativa
UCITS V resume en cinco puntos las implicaciones de la nueva normativa para los depositarios:
- Restitución de activos: Los depositarios son responsables de compensar al fondo en caso de pérdida de los activos en custodia, incluso si la custodia ha sido delegada a un tercero.
- Prohibición de transferir la obligación de restitución: UCITS V elimina la posibilidad de que el depositario pueda transferir esta obligación de restitución de activos a un tercero, con el consiguiente impacto sobre los niveles de riesgo y de capital de los depositarios. En la práctica, los proveedores de servicios de depositaría tendrán que obtener dictámenes jurídicos sobre la protección de los activos en caso de quiebra de un subcustodio.
- Supervisión y custodia: Detalla las obligaciones de supervisión y custodia. En relación con la custodia, la directiva especifica los instrumentos financieros que pueden ser custodiados por el depositario y los requisitos de registro y de verificación de titularidad de los activos que no se custodian físicamente.
- Delegación de la custodia: Regula de forma mucho más estricta la designación de subcustodios, que pueden entrañar riesgos para los fondos.
- Información sobre activos custodiados: Informar periódicamente sobre los activos en custodia así como sobre la delegación de funciones, las razones que justifican esta delegación, la evaluación de la capacidad y la experiencia de las entidades en las que se ha delegado y los posibles conflictos de intereses que puedan derivarse de la delegación de la obligación de custodia. Además de publicarse en las páginas web de los fondos, UCITS V establece que los detalles relativos a la delegación de esta obligación se incluyan en el folleto del fondo y que el depositario se los facilite a los inversores que lo soliciten.
Fondos UCITS españoles
Dentro de los fondos de inversión armonizados por las condiciones UCITS V encontramos a Abante Bolsa, Alhaja Inversiones RV Mixto, Renta 4 Pegasus o el Cartesio X. Por otra parte, algunos de los fondos no armonizados bajo estas directices son BBVA Acumulación Europa, Bestvalue, Esfera o el Fondmaster 1.
A continuación, puedes acceder a los dos listados completos de la CNMV para encontrar qué fondos españoles están armonizados o no por la UCITS: