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Modelo 720: cómo y cuándo presentarlo

Modelo 720: cómo y cuándo presentarlo

El modelo 720 es la Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que deben presentar anualmente aquellos contribuyentes que tengan más de 50.000€ depositados en cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero, en valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero o por último, en en bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.

modelo 720

Si el ejercicio anterior, modelo 720 referido al 2015 ya se presentó, solamente existirá obligación de volver a presentar el modelo 720 cuando en uno o varios de los bienes obligados a declarar se produzca un incremento del último valor declarado superior a 20.000€.

La normativa sobre la obligación de presentar el modelo fiscal 720 viene recogida en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003.

Cómo presentar el modelo 720

El modelo 720 se tiene que presentar de forma telemática desde la página web de la Agencia Tributaria, para ello, desde la propia web de Hacienda se pone a disposición de los contribuyentes un programa de ayuda. 

Pasos para presentar el modelo 720

Los pasos para presentar el modelo 720 son los siguientes:

 
  1. El declarante entrará en la web de la Agencia Tributaria seleccionará el modelo a presentar, modelo 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. A continuación seleccionará el tipo de acceso: con certificado electrónico o con cl@ve PIN.
  2.  A continuación procederá a transmitir la correspondiente declaración informativa generada al seleccionar el certificado previamente instalado en el navegador a tal efecto.
  3. Si la declaración es aceptada, el programa de la Agencia Tributaria mostrará los datos de registro de tipo 1, validados con un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación. presentación modelo 720
  4. El declarante deberá conservar la declaración aceptada del modelo 720, así como el registro tipo 1 debidamente validado con el correspondiente código seguro de verificación.
  5. A continuación la Agencia Tributaria efectuará un proceso de validación de los datos suministrados de forma telemática, en el que se comprobará que las características de la información se ajustan a las especificaciones establecidas de acuerdo con los diseños físicos y lógicos.

 

Como hemos visto, será necesario disponer de un certificado de firma electrónica para llevar a cabo la presentación del modelo 720.

Trámites del modelo 720

Además de la presentación del modelo 720 dentro del plazo establecido (1 enero - 31 marzo), el contribuyente puede hacer las siguientes trámites sobre el modelo fiscal: solicitar el borrador del modelo 720, consultar una copia electrónica sobre el modelo presentado, aportar documentación complementaria... 

trámites para presentar el modelo 720

 

Cuándo presentar el modelo 720

El plazo de presentación del modelo 720 empieza el 1 de Enero de 2016 y finaliza el 31 de Marzo de 2016. De todos modos, aquellos contribuyentes que por razones de carácter técnico no han podido presentar el modelo 720 por Internet en el plazo establecido, podrán efectuar la presentación durante los tres días naturales siguientes al de finalización del plazo de presentación.

No presentación del modelo 720

La no presentación del modelo 720 puede incurrir en infracción tributaria, así como la presentación de forma incompleta, inexacta o con datos falsos. Esto conllevará una multa dineraria del siguiente importe:

  • No presentación del modelo 720: sanción con una multa monetaria de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada uno de los bienes o derechos que hubiera debido incluirse en la declaración o se hubieran incluido de forma incompleta, inexacta o falsa. La multa mínima será de 10.000 euros. Por tanto, si debiera presentarse declaración por los tres tipos de bienes que se incluyen en el modelo 720 y no se realizase, la sanción mínima sería de 30.000 euros.
  • Incumplimiento del plazo o medio de presentación del modelo 720: sanción con una multa monetaria de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada uno de los bienes o derechos, con un mínimo de 1.500 euros cuando la declaración se haya presentado fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria.

 

Si tienes más dudas sobre el modelo 720 puedes consultar el artículo: Modelo 720: Preguntas más frecuentes.

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  1. #29
    23/02/20 20:34

    Os paso estos dos videos que son muy útiles para rellenar el modelo 720 en primera https://www.youtube.com/watch?v=jS0IzpcUqOM y la veces sucesivas https://www.youtube.com/watch?v=BMiaMZkaLgc

  2. Nuevo
    #28
    01/01/18 16:51

    Hola,
    Tengo una duda. Soy no residente fiscal en España desde hace más de una década.
    Suponiendo que quisiera volver a España, cómo funcionaría la presentación del modelo 720? Los plazos son del 1 de Enero al 31 de Marzo.Se puede presentar un 720 antes de venir a España? Total tampoco podrían cobrar impuestos con la información ya que no resido fiscalmente en España.
    El sistema informático no deja espacio para comentarios o similares.
    Gracias.

  3. #27
    Briela
    08/08/17 13:36

    Aquí estamos intentando arrojar alguna luz sobre como declarar en el modelo 720 lo invertido en platadormas de crowdlending estranjeras que superen los 50000€:

    https://www.rankia.com/foros/inversiones-alternativas/temas/3646671-modelo-720-crowdlending-plataformas-extranjeras

    Como en el 720 hay que poner un nº IBAN y lo único que tenemos es un nº de usuario, pues no sabemos qué numero poner.
    ¿Qué número de cuenta ponemos?
    Se me ocurre que se podría meter el nº de cuenta de la plataforma, y utilizar la casilla PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN del 720. Ahí meteríamos el dato (0,00018, por ejemplo). Previamente habríamos solicitado a cada plataforma un CFDO DE POSICIÓN a 31 de diciembre, en el que se indicaría este dato.

    Alguna sugerencia?

    Gracias de antemano.

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #26
    16/06/17 10:47

    Muchas gracias Amparo , estoy planeando volver a Tenerife despues de 42 años in Inglarerra ,

    Muy agradecido saludos

  5. en respuesta a Rafael Afonso
    -
    Top 100
    #25
    16/06/17 10:31

    Hola Rafael, si eres contribuyente en España porque pasas más de 183 días aquí tienes que presentar la declaración de la renta incluyendo los intereses que generen estos ahorros en Inglaterra y aplicar la doble imposición internacional para que se descuenten los impuestos ya pagados en Inglaterra. El modelo 720 es una declaración informativa, no se tributa con este modelo sino con la declaración de la renta.

    Saludos,

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #24
    14/06/17 13:09

    Hola Amparo

    Que pase Una vez que declaro mis ahorros que son mas de 50000 euros atravez del modelo 720 , estos ahorros estan en in banco de Inglaterra , ested Dinero es del trabajo y lla pague impuestos ,

    La pregunta es, tengo que pargar impuestos in España unavez declarado ?????

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #23
    12/06/17 20:47

    Muchas gracias

    Saludos Rafael

  8. en respuesta a Rafael Afonso
    -
    Top 100
    #22
    12/06/17 12:17

    Buenos días, desde el año 2008 existe obligación de tributar por los ingresos referentes de pensiones que proceden del extranjero en tu Declaración de la Renta como rendimientos del trabajo (https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2273168-como-tributan-pensiones-extranjero-declaracion-renta), además, si esta pensión es superior a 50.000€ anuales y está depositada en una cuenta en Reino Unido tendrás que presentar el modelo 720. Saludos,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #21
    11/06/17 19:59

    Hola, que pasa con Una pension private que tengo in Inglaterra , nesesito declararlo ???

    Saludos