Los japoneses, y más recientemente los chinos (también los coreanos) desarrollaron sus economías con gran éxito a base de copiar. Sus productos eran baratos. Simplemente replicaban productos occidentales con calidad inferior pero con unos precios imbatibles. No es mala táctica. Cuando no posees la creatividad o la tecnología para liderar, hacer lo que hacen otros, pero mejorando algún aspecto, es una estrategia ganadora.
Los gobiernos pueden hacer lo mismo. Si el gobierno de España lo hiciese, problemas como el desempleo estarían resueltos. Copiar y aprender. Competir y mejorar. Lo mismo estoy pidiendo peras al olmo. En todo caso, quiero en este artículo hacer una comparativa del tratamiento fiscal de la inversión (y de algún otro aspecto) entre España y Reino Unido (mi país de residencia). Como veréis hay mucho que copiar.
Permitidme antes que resuma el ciclo virtuoso del ahorro y la inversión. Veamos, ahorrando y capitalizando mi ahorro consigo financiar mi jubilación y a la vez estoy proporcionando capital a empresas que dan trabajo a mis hijos. Menos paro, menos dependencia del estado en los años de retiro al final de la vida. Eso mismo mis hijos con mis nietos… Una sociedad económicamente más eficiente. Simple. Beneficioso. Un comportamiento que debe ser premiado.
Al grano. Ciudadano residente fiscal en UK que ahorra e invierte. Asuntos fiscales:
Individual Savings Accounts (ISA).
Una ISA es una cuenta especial individual para invertir en casi todo lo imaginable que tiene la curiosidad de estar exenta de pagar impuestos. Cero por dividendos, cero por ganancias, cero, nada, nothing, todo para el ahorrador-inversor. De hecho no es necesario ni mencionar la ISA en la declaración de la renta. Se puede disponer de la inversión si es necesario en cualquier momento. La única limitación es que “sólo” se puede aportar a la cuenta un máximo de £15.240 por año fiscal (unos 17 mil Euros).
Por cierto, al ser una cuenta “individual” una familia puede poner a buen recaudo fiscal el doble de esta cantidad. Es decir, unos 34 mil Euros al año. Y otros 17 mil por cada hijo mayor de 16, que es la edad mínima para tener una ISA. Se habla de aumentar el importe invertible libre de impuestos en una ISA a las 20 mil libras anuales.
Junior ISAs
Por si lo anterior no fuese suficiente, existen ISAs para los niños entre cero y 18 años. La principal diferencia con la ISA normal es que el dinero no se puede tocar hasta los 18 años. El máximo anual invertible a una Junior ISA es de £4.080 (unos 4.700 Euros).
Hay que reparar en el pequeño detalle de que entre las edades de 16 y 18 el joven en cuestión puede ahorrar en su Junior ISA y en una ISA de adulto. Esto lleva el importe que se puede poner a buen recaudo del fisco en unos 22 mil Euros aproximadamente en cada uno de esos dos años.
¡Intolerable!
Por si lo anterior no fuese suficientemente generoso, también se dispone de un cupo anual exento en ganancias del capital por año fiscal. O sea, por año, en la declaración de la renta, se dispone de otras ¡11 mil cien libras (unos 12.700 Euros)! Por cada contribuyente (of course), o sea, en una pareja multiplíquese por dos.
En caso de tener un capital elevado invertido, lo suyo es irlo pasando anualmente a una ISA para irlo protegiendo de los impuestos. Pero si se gana por plusvalías menos de las once mil no se paga nada. Sólo de lo que exceda de esa cantidad. Los dividendos estaban exentos hasta ahora, pero en este año fiscal se gravarán al 5%. Si se quiere ahorrar para hijos utilícese una Junior ISA.
Por cierto, en UK no existe un impuesto de “donaciones” (el impuesto en mi opinión más rastrero ya que pone límites a los derechos de propiedad), con lo cual lo que se dé a un hijo es íntegro. Lamentablemente sí que existe el impuesto de sucesiones (tan rastrero como el de donaciones) y las donaciones hechas tres años antes del fallecimiento se hacen tributar. Esta medida es para evitar “sucesiones” en vida para evitar el impuesto. O sea, si da dinero a sus hijos le recomendamos no morirse en los siguientes 3 años.
Self Invested Personal Pension (SIPP).
Un SIPP es una pensión individual que invierte el propio beneficiario. El rango de inversiones permitidas es de nuevo enorme y tiene ciertas ventajas e inconvenientes que mencionamos a continuación.
Primero, las aportaciones son desgravables. De hecho si usted aporta dinero después de impuestos a su SIPP, el proveedor de la cuenta reclama al gobierno el correspondiente impuesto y lo abona en la cuenta. No es necesario esperar al final del año fiscal. Normalmente esta aportación extra es del 20%, pero puede ser del 40% o del 45% dependiendo de su tramo en el impuesto sobre la renta. Si usted es empresario o convence a su empresa puede aportar a un SIPP desgravando el importe del impuesto de sociedades. El beneficiario no tiene que declarar pago en especie por este concepto.
Se puede contribuir por año el equivalente a sus ingresos (parece difícil) con un máximo de 40 mil libras (unos 45 mil Euros). Y no se puede capitalizar dentro del SIPP más de 1 millón de libras (1,14 millones de Euros). La seguridad jurídica en el caso de los SIPP es menor que con las ISAs, ya que el modo de disponer de la pensión, máximo acumulable, etc. pueden cambiar por ley.
A fecha de hoy lo que usted cobre de su pensión está sujeto a impuesto sobre la renta. Se puede empezar a cobrar pensión a partir de los 55 años. El 25% del capital acumulado se puede cobrar de un golpe libre de impuestos. El resto puede usarse para suscribir un seguro que dé una renta vitalicia o puede ser cobrado (manteniendo las inversiones activas) con cierta flexibilidad.
Temas varios.
Y ya que nos hemos puesto a cobrar nuestra pensión, viene al cuento hablar del impuesto sobre la renta. Si, lo habéis adivinado. Hay una parte de renta que es ¡libre de impuestos! No es mucho, pero está bastante bien. A fecha de hoy son 11 mil libras anuales (unos 12.600 Euros).
Por cierto, tampoco existe cuota de autónomos. Usted puede trabajar por su cuenta y facturar a título individual sin más requisito que apuntarse en Hacienda y declarar a final de año. Ideal y flexible para gente joven que además puede estar por debajo de las 11 mil libras anuales que no tributan. No es por tanto de extrañar que muchos estudiantes tengan trabajos temporales y de verano sin mayores complicaciones burocráticas.
Conclusiones.
Me disculpo por la falta de brevedad. Recuerde usted lo siguiente cuando se trate de temas de impuestos. Si el estado paga por algo obtendremos más de ese algo (subsidio de desempleo más desempleo). Si el estado cobra por algo tendremos menos de ese algo (plusvalías, menos inversión; sociedades, menos empresas). Se exceptúan de esta regla los fallecimientos. ¡Ojalá el impuesto de sucesiones nos hiciese inmortales!
Un país de ahorradores e inversores no se hace machacando a impuestos al que quiere hacer crecer sus ahorros y pasárselos legítimamente a sus hijos. Se hace con normas que fomenten los comportamientos deseables. La City de Londres está ahí por algo. Va a ser difícil que se venga a España. Con Brexit o sin Brexit.
Termino con una última reflexión. Los impuestos sobre la inversión tienen también el efecto de distraer al inversor. Todo el esfuerzo que se dedica a pagar menos a Hacienda debería en realidad dedicarse a encontrar buenas inversiones. Se añade así un efecto de distracción a todo lo anterior.