“La regla número uno es no perder dinero nunca, y la segunda, no olvidar la regla número uno” – Warren Buffett
Una vez que tenemos los conocimientos básicos del mundo del Mercado de Derivados Financieros, su funcionamiento y su desarrollo técnico, según hemos visto en el anterior post con los contratos Forward. Comenzaremos a conocer los productos que habitualmente son mas utilizados por los pequeños inversores.
Aunque el apartado fiscal suelo reflejarlo al final de los post dedicados a cada tipo de mercado, dadas las fechas en las que nos encontramos, he creído interesante reflejarlo aquí.
FISCALIDAD DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS.- “Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)”
La fiscalidad de estos productos, que no tienen retención, en los que no se utiliza el sistema FIFO para su cálculo ni se le aplica la norma antiaplicación, dependerá del tipo de operación realizada, es decir, de la finalidad de la operación contratada:
- Cobertura realizada por profesional o empresario: Contrato realizado para cubrir los riesgos propios de su actividad, realizada por el profesional o empresario que tribute en IRPF, sus beneficios o pérdidas con esta operación, tendrán la consideración de rendimientos de actividades empresariales o profesionales y se integran en la Base Imponible General del ejercicio al que corresponde su vencimiento o cierre de la operación.
- Inversión o Especulación: Las pérdidas o beneficios de estas operaciones se consideran pérdidas o ganancias patrimoniales dentro del IRPF, integrándose en la Base Imponible del Ahorro del ejercicio al que corresponde su vencimiento o cierre de la operación.Si como hemos conocido, las operaciones no se liquidan por diferencia (Non Deliverable Forward - NDF), sino que al término de las mismas se compran o venden los activos subyacentes (Deliverable Forward – DF), se tendría de igual forma, una ganancia patrimonial derivada de la transmisión de activos.
Como siempre, al calcular la plusvalía o minusvalía hay que tener en cuenta todas las comisiones y gastos de la compra y de la venta.
Si no queremos detallar todas y cada una de las operaciones y sus resultados, es habitual realizar una agrupación por productos de inversión, sin ser necesario reflejar las garantías, sino el resultado, sin olvidar que debemos guardar toda la información fiscal proporcionada por nuestra entidad.
Recordad que las pérdidas, también se deben reflejar y se pueden compensar como vimos en post anteriores de la fiscalidad en acciones y fondos.
CONTRATOS POS DIFERENCIA – CFD’s
“Los CFD son instrumentos complejos y están asociados a un riesgo elevado de perder dinero rápidamente debido al apalancamiento. El xxxx% (alto porcentaje) de las cuentas de inversores minoristas pierden dinero en la comercialización con CFD con este proveedor. Debe considerar si comprende el funcionamiento de los CFD y si puede permitirse asumir un riesgo elevado de perder su dinero. Las opciones y los turbo warrants son instrumentos financieros complejos y su capital está en riesgo. Puede sufrir pérdidas rápidamente.”
Este es el mensaje de advertencia con el que las entidades financieras o bróker informan a los inversores, es una advertencia que la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA-European Securities and Markets Authority), obliga a reflejar.
Y es un mensaje clave que debemos tener en cuenta, en general, cuando como inversores, buscamos obtener elevadas rentabilidades mediante el apalancamiento que se pueden convertir en elevadas pérdidas, tanto en mercados alcistas como bajistas.
Son productos adecuados únicamente para clientes profesionales o inversores minoristas con amplia experiencia, conocedores de los verdaderos riesgos que conllevan estas operaciones.
Podéis leer y conocer mas sobre las advertencias y nuevas regulaciones impuestas para los CFD’s y opciones binarias en el siguiente enlace:
“ADVERTENCIAS RELATIVAS A INSTRUMENTOS FINANCIEROS”
¿QUE SON LOS CFD’s?
Los Contratos por Diferencia (CFD – Contracts for Difference), son contratos en los que un inversor y una Entidad Financiera, acuerdan intercambiarse la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de un determinado activo subyacente al cierre del contrato.
Se trata de productos apalancados (alto riesgo) y no estandarizados, que no se negocian en un mercado secundario oficial, sino en las plataformas electrónicas que cada entidad tiene establecidas (mercados OTC).
Recordad, que como producto apalancado, permiten al inversor que aportando un pequeño margen (depósito), determinado por nuestra entidad, del total de la operación, ofrecen la exposición total al mercado. Permite aprovecharse de la evolución de los mercados con precios al alza (posiciones largas) o mercados con precios a la baja (posiciones cortas) de los activos subyacentes contratados.
Al cierre del contrato (vencimiento), el inversor cobra o paga la diferencia entre el valor de cierre y el valor de apertura del CFD y/o del activo subyacente. El inversor nunca adquiere ni posee en realidad el activo subyacente objeto del CFD.
Veamos un ejemplo de su funcionamiento:
Creo que la acción cotizada “X” está infravalorada y que su precio aumentará, por lo que decido adquirir 4000 CFD’s de la acción “X”, a un precio de 10€. cada CFD. Esto sería una posición larga de 40.000 € (4.000 x 10). Supongamos que el margen exigido por mi entidad es del 5%, por lo que mi pago inicial sería de 2.000 € (5% de 40.000), un apalancamiento de 20. La rentabilidad de mi inversión dependerá del precio al que cotice la acción de “X” al vencimiento del CFD, cuyos datos he reflejo en el siguiente cuadro:
Es decir, perderé el 100% de la inversión cuando el precio de la acción “X” se encuentre en 9,5€. Si el precio de la acción sigue bajando por ejemplo hasta 8€, mis pérdidas se incrementan hasta el 400%, por lo que mi entidad solicitará de mi cuenta además de los 2000€ de margen, otros 6000€ (petición de reposición de margen) si deseamos mantener el contrato abierto.
Mis pérdidas pueden superar el pago del margen inicial si el mercado toma una tendencia opuesta a mis expectativas respecto a la acción “X” y llegar a dejar sin saldo mi cuenta de inversión.
He de indicar también, que el rendimiento reflejado en este cuadro ejemplo, no es del todo exacto, toda vez que existen diversos tipos de costes vinculados a las operaciones con CFD como veremos posteriormente.
CARACTERISTICAS PRINCIPALES.-
- Apalancamiento: Ya conocemos el término y hemos visto en el ejemplo que se precisa un capital inferior al que necesitaríamos para realizar la misma operación en el mercado directo del activo subyacente. Debemos entender el efecto multiplicativo que tienen estos productos apalancados. Los niveles máximos de apalancamiento según la regulación de ESMA:
- 1:30 de apalancamiento de los pares de divisas principales
- 1:20 de apalancamiento en los índices principales
- 1:10 de apalancamiento de materias primas, excluyendo oro
- 1:5 de apalancamiento en acciones
- Repercusión financiera del subyacente: Los CFD’s reflejan en su precio las operaciones financieras o derechos económicos que afecten al subyacente. Por ejemplo, en una posición corta sobre la acción “X”, nuestra entidad nos cargará en cuenta el importe correspondiente al dividendo que haya pagado dicha acción, mientras que si la posición es larga, nuestra cuenta verá efectuado el ingreso de ese dividendo.
- Garantías: Ya conocemos, que no se necesita desembolsar el capital que sería necesario para comprar o vender el subyacente en el mercado, sino una cantidad que depositamos en concepto de garantía. Esta cantidad variará según nuestra entidad y el activo subyacente que se contrate y como vimos en el ejemplo, podrían solicitarnos garantías adicionales o cerrar la posición en nuestro nombre. Las garantías mínimas requeridas para abrir una posición en CFDs, según la regulación de ESMA, son:
- 3,33% para los cambios entre divisas principales
- 5% para los cambios entre divisas no principales
- 10% para las materias primas distintas del oro y los índices bursátiles no principales
- 20% para las acciones y otros valores tomados como referencia
- 50% para las criptomonedas
- Vencimiento: Los CFD’s se liquidan diariamente, aunque podemos prorrogar la posición abierta los días que se desee (podría decirse que no tienen vencimiento). Es normal, como veremos posteriormente, que nuestra entidad nos cargue al finalizar el día, intereses por las posiciones compradas (largas) en concepto de financiación. De igual forma, las posiciones vendidas (cortas) podrían generarnos unos intereses a nuestro favor al finalizar el día, aunque suele ser un interés menor.
- Expectativas sobre precios: Recordemos que nuestras expectativas alcistas de un activo, nos lleva la compra de un CFD de ese activo subyacente, obteniendo ganancias si el precio del activo subyacente es superior al precio de la apertura del contrato y pérdidas en el caso contrario. Mientras que con una venta de CFD, buscamos ingresar la diferencia entre el precio actual del subyacente y el precio inferior que hemos previsto que tenga en el futuro, ganando cuando baja la cotización y teniendo pérdidas si el precio es superior.
- Liquidación: Los beneficios o pérdidas son abonados y cargados en efectivo, es decir, no se produce la entrega del subyacente al cerrar una posición. Es habitual que las entidades realicen una liquidación diaria de pérdidas y ganancias de nuestra posición o contrato.
COSTES: COMISIONES Y GASTOS.-
Entre los costes vinculados a las operaciones de CFD, nos encontramos con las comisiones que nos cobran nuestra entidad, que pueden ser muy distintas en cuanto a su contenido y a su cálculo, siendo los más habituales:
- Por cada operación (apertura y cierre del contrato): Al realizar el contrato utilizando los precios de mercado (Demanda u Oferta) del activo subyacente en ese momento, la entidad nos carga una comisión (porcentaje).
- Comisión general incluida en el precio: En estos casos la horquilla (spread) de precios que ofrece la entidad, suele estar ampliada en una determinada cantidad que cubre y suele coincidir en muchos casos, con el coste de las comisiones por porcentajes.
Veremos ejemplos:
Un ejemplo de comisiones por operación, sería este. Si el inversor quiere abrir una posición compradora de 100 acciones, lo haría al precio de 10 y la entidad le realizará un cargo de la comisión. El coste de la operación sería:
100 x 10 x %comisión
El inversor en este caso compraría las 100 acciones al precio de 10,04.
Además, pueden tener diferenciales entre el precio de compra y el precio de venta (spread financiero), gastos de financiación diario y a un día, comisión por gestión de la cuenta, …., gastos que repercuten en la rentabilidad final de la inversión.
El inversor es el que debe analizar el sistema que mejor se adapta a su forma de operar.
RIESGOS DE INVERTIR EN CFD’s.-
Ya conocemos que el apalancamiento elevado, supone un nivel de riesgo elevado, y que cada proveedor de CFD’s aplica sus propios términos, condiciones y costes.
- Tiempo: No se trata de un producto adecuado para estrategias a largo plazo, ya que pueden exigir un seguimiento constante por la volatilidad del mercado del subyacente, y además, como hemos visto, mantener una posición de un día para otro, supone un mayor coste y un mayor riesgo.
- Liquidez: Afecta a la capacidad de operar y negociar un CFD en el momento que deseemos (evitar una pérdida o realizar un beneficio). El margen depositado se recalcula por el proveedor de manera diaria. Si la valoración baja respecto al día anterior, se exige el pago inmediato en efectivo para restaurar la posición del margen calculado. Si no se efectúa el pago, el proveedor puede cerrar todas las posiciones abiertas aun no estando de acuerdo el inversor e incluso teniendo alguna o algunas posiciones con beneficio, siempre para cubrir el margen necesitado. Cuidado con autorizar adeudos o cargos en nuestra tarjeta de crédito.
- “Stop Loss”: Algunos proveedores dan la oportunidad de fijar límites a las pérdidas (“stop loss”). Significa cerrar la posición de manera automática al llegar el subyacente a alcanzar el precio indicado. Debemos tener cuidado, ya que estos límites son ineficaces en algunas circunstancias como pueden ser los movimientos rápidos de precios o de cierre y apertura de mercado.
- Ejecución: Es el riesgo asociado a la posibilidad de que las operaciones no se efectúen de inmediato. Podría existir una demora entre el momento de la realización de una orden y el momento de su ejecución. Incluso algunos proveedores permiten operar con el mercado cerrado.
- Gap: Se conoce como “gap” (hueco o brecha), a la ruptura en la continuidad de la línea del precio de un activo mediante un movimiento acentuado de su precio hacia arriba o hacia abajo.
- Contraparte: La contraparte es el proveedor que emite los CFD’s. Comprobar que los fondos del inversor se encuentran debidamente separados de los fondos del proveedor de CFD’s, evitando posibles dificultades financieras que pudieran afectar al proveedor.
COMO PROTEGERNOS.-
Lo he repetido multitud de veces a lo largo de este y de anteriores post: “Si no comprendemos el funcionamiento del mercado financiero, si no conocemos el producto que ofrece, no debemos realizar operaciones en el mismo”.
- No dejes de aprender.
- Comprobar la autorización para operar por parte del proveedor.
- Lee el contrato o acuerdo con tu proveedor.
- Modo en el que el proveedor determina los precios del contrato.
- Márgenes que nos aplica en las operaciones.
- Costes y gastos aplicados.
- Tiempo de ejecución de las órdenes.
- Protección del inversor y de sus depósitos.
Espero haber aclarado un poquito más sobre este producto de los Mercados Financieros, volveré con un nuevo post dedicado a los Futuros Financieros.
Un saludo de @inversenjuego