Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025
Deducciones autonómicas para la declaración de la Renta 2024-2025
Descubre todas las deducciones autonómicas disponibles en la Declaración de la Renta 2024-2025, organizadas por comunidad autónoma. Ahorra en tu IRPF aprovechando los beneficios fiscales de tu región.
En la declaración de la renta 2024-2025, los contribuyentes tienen derecho a aplicar diversas deducciones autonómicas específicas según su comunidad autónoma de residencia. Estas deducciones pueden ser completamente estatales, compartidas con las autonomías o totalmente autonómicas, lo que implica que una deducción aplicable en una comunidad puede no serlo en otra.
Comunidades Autónomas España
Deducciones autonómicas en la Declaración de la Renta
A continuación, te mostramos las deducciones autonómicas aplicables en cada comunidad autónoma para la declaración del IRPF 2024-2025. Cada sección incluye las posibles deducciones y puedes encontrar un enlace a la página específica de la Agencia Tributaria para más información.
Deducciones para la declaración de la Renta: Andalucía
Los contribuyentes andaluces pueden aplicar las siguientes deducciones:
Por familia numerosa: 200 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.
Por nacimiento o adopción de hijos: 50 euros por cada hijo nacido o adoptado.
Por adopción internacional de hijos: 600 euros por cada hijo adoptado internacionalmente.
Por ayuda doméstica: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 250 euros.
Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 500 euros.
Deducciones para la declaración de la Renta: Canarias
Los contribuyentes canarios pueden aplicar las siguientes deducciones:
Por nacimiento o adopción: 200 euros por el primer o segundo hijo, 400 euros por el tercero, 600 euros por el cuarto y 700 euros por el quinto y sucesivos.
Por gastos de guardería: 15% de las cantidades satisfechas con un límite de 400 euros por cada hijo menor de 3 años.
Por gastos de enfermedad: 10% de las cantidades satisfechas con un límite de 600 euros en tributación individual y 840 euros en conjunta.
Por contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años: 300 euros por cada contibuyente.
Por familia numerosa: 450 euros para categoría general y 600 euros para categoría especial.
Por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales: 300 euros.
Deducciones para la declaración de la Renta: Cantabria
Los contribuyentes cántabros pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contibuyentes menores de 35 años.
Por gastos en guraderías y centros de educación infantil: 15% de los gastos, con un límite de 300 euros por cada hijo menor de tres años.
Por acogimiento familiar de menores: 240 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar.
Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla- La Mancha
En Castilla-La Mancha, las deducciones incluyen:
Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
Por gastos en adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 100 euros por hijo.
Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 15% de las cantidades satisfechas, con un límite de 450 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
Deducciones para la declaración de la Renta: Castilla y León
Los residentes de Castilla y León pueden aplicar las siguientes deducciones:
Por nacimiento y adopción de hijos: 1.010 euros por el primero, 1.575 euros por el segundo y 2.351 euros por el tercero y sucesivos.
Por familia numerosa: 500 euros para categoría general y 1.000 euros para categoría especial.
Por gastos en adquisición de libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 220 euros por hijo.
Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 20% de las cantidades satisfechas, con un límite de 459 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
Deducciones para la declaración de la Renta: Cataluña
Los contribuyentes catalanes pueden beneficiarse de:
Por nacimiento o adopción de un hijo: 150 euros por cada hijo nacido o adoptado.
Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 32 años.
Por rehabilitación de la vivienda habitual: 1,5% de las cantidades invertidas en la rehabilitación de la vivienda habitual.
Deducciones para la declaración de la Renta: Extremadura
En Extremadura, las deducciones comprenden:
Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por cada hijo nacido o adoptado.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales: 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.000 euros.
Por arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 36 años.
Deducciones para la declaración de la Renta: Galicia
Los contribuyentes gallegos pueden beneficiarse de:
Por nacimiento o adopción de hijos: 300 euros por el primero, 360 euros por el segundo y 1.200 euros por el tercero y sucesivos.
Por familia numerosa: 250 euros para categoría general y 400 euros para categoría especial.
Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros anuales, para contribuyentes menores de 35 años.
Deducciones para la declaración de la Renta: Comunidad de Madrid
Los contribuyentes madrileños pueden beneficiarse de una variedad de deducciones autonómicas :
Por nacimiento de hijos: 600 euros por el primero, 750 por el segundo, 900 euros por el tercero y sucesivos.
Por acogimiento familiar de menores: 600 euros por cada menor en régimen de acogimiento.
Por arrendamiento de vivienda habitual: 30% de las cantidades satisfechas con un límite de 1.200 euros para menores de 35 años, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo o violencia de género.
Por gastos educativos: 15% de los gastos de escolaridad, 10% por enseñanzas de idiomas, 5% por adquisición de vestuario escolar. El límite es de 400 euros por hijo (900 euros si hay gastos de escolaridad)
Deducciones para la declaración de la Renta: Región de Murcia
Los contribuyentes murcianos pueden beneficiarse de las siguientes deducciones:
Por nacimiento o adopción de hijos: 100 euros por el primer hijo, 200 por el segundo y 300 por el tercero y sucesivos.
Por adquisición de material escolar y libros de texto: 100% de las cantidades satisfechas, con un límite de 120 euros por cada hijo.
Por guardería: 20% de las cantidades satisfechas por gastos de custodia de hijos menores de 3 años, con un límite de 1.000 euros anuales por hijo.
Por inversión en vivienda habitual para jóvenes: 5% de las cantidades invertidas, siempre que no se hayan cumplido los 35 años y se cumplan determinados requisitos económicos.
Por alquiler de vivienda habitual: 10% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 300 euros.
Deducciones para la declaración de la Renta: La Rioja
Los residentes de La Rioja pueden aplicar las siguientes deducciones:
Por nacimiento o adopción de hijos: 120 euros por cada hijo nacido o adoptado, siempre que la base liquidable no supere determinados límites.
Por gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil y/o personal contratado para el cuidado de hijos menores de 3 años: 30% de los gastos con un límite de 600 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.
Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes y discapacitados: 10% de las cantidades satisfechas, con un límite de 300 euros (500 euros en caso de discapacidad o unidad familiar monoparental).
Por inversión en vivienda habitual para jóvenes en pequeños municipios: 5% de las cantidades invertidas en adquisición, construcción o rehabilitación, con un máximo de 452 euros.
Cómo has podido ver, cada comunidad autónoma en España ofrece sus propias deducciones fiscales en la declaración de la Renta, adaptadas a las necesidades específicas de sus ciudadanos. Esta deducciones pueden suponer un ahorro importante si se conocen y aplican correctamente.
Buenas tardes, He revisado el foro, el cual es de mucha ayuda, y no me queda claro una duda que tengo. Tengo una deducción por conyugue no separado legalmente con discapacidad (renta inferior a 8000€). También una hija menor con discapacidad. Mi consulta es, si alguien puede ayudarme, entiendo que puedo deducirme una u otra, las dos no. Según he visto, como mi mujer también da derecho a a la deducción por hija con discapacidad, no puedo solicitar la deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad. Es así?
Muchas gracias a todos.
en respuesta a
Syday
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#187
25/04/23 16:11
Por si a alguien le sirve, ya me han respondido en otro foro que mi interpretación es correcta.
¿Sabéis si se puede deducir el gasto extraescolar en una academia de inglés externa al colegio de una niña en edad de primaria?
Yo entiendo que sí, pero no sé bien cómo interpretar la última parte en negrita del párrafo siguiente (sacado del manual de la renta): Enseñanza de idiomas como actividad extraescolar adquirida bien por el centro educativo, con cargo a los alumnos o bien por los propios alumnos directamente siempre que en este último caso el alumno esté cursando algún estudio oficial.
Alguien me comentó que significaba que sólo se puede si está en Escuela Oficial de Idiomas, pero eso se especifica en otro punto, y yo lo que interpreto es que sí, siempre que esté cursando estudios en etapas oficiales (infantil, primaria, ESO o FP).
¿Qué pensáis?
Muchas gracias.
#185
09/06/22 08:56
Trabajo con el bróker Interactive broker, extranjero. En el resúmen me viene el cuadro que intento adjuntar. Tengo unos gastos de "Interés" (se corresponde a dinero prestado por el broker en compra venta de acciones por tema divisa ya que tengo sólo euros), Tengo otros gastos como "cambio en devengo de intgereses", "comisiones"...
¿Como me puede desgravar si se puede el "Interes" , "comisiones", "Cambios en devengos de intereses"?
Esto se puede desgravar?, En bloque en algúna casilla/concepto?. Desgranarlo es muy complicado y laborioso por el tipo de extracto de este broker americano con sede en alemania.
Un saludo
Luis Enrique Pérez
en respuesta a
dynacontrol
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#184
04/05/22 12:04
Creo que esa deducción (si es la que se refiera a las academias y demás) es de aplicación a partir del 1 de enero de 2022, con lo que la renta en la que se podrá usar será la que hagas el año que viene, es decir la correspondiente a 2022.
Saludos
en respuesta a
dynacontrol
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#183
20/04/22 14:13
Hola! Creo que en Asturias la ¨deducción por adquisición de vivienda protegida¨ ha subido hasta los 5.000 € si no he leído mal el manual de ayuda Renta 2021. Puede ser? Saludos!
#182
06/04/22 00:32
Muchas gracias por el aporte, realmente exhaustivo. En el caso de Andalucia se supone que este año hay deducciones por gastos educativos pero no encuentro en Renta Web Open donde consignarlas. La deducción viene descrita en el artículo 15 de la ley 5/2021,
, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. ¿ Sabéis como consignar esta deducción ?