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Declaración de la Renta 2023-2024: Deducciones fiscales

Cuando realicemos la declaración de la renta 2023, debemos fijarnos en las deducciones fiscales: deducciones por maternidad, deducciones por familia numerosa, deducciones por alquiler o compra de vivienda. La aplicación de éstas puede suponer el cambio entre ingresar o devolver.
Cuando realicemos la declaración de la renta correspondiente al periodo 2023-2024, el resultado final estará determinado por las deducciones fiscales que podamos aplicar. Entre estas se incluyen las deducciones por maternidad, por familia numerosa, por alquiler o compra de vivienda, entre otras. Estas deducciones pueden ser de carácter nacional (aplicables en todo el país) o autonómicas (aplicables en un territorio específico). En este artículo, nos centraremos principalmente en las principales deducciones a nivel estatal, las cuales pueden reducir el importe a pagar o aumentar la cantidad a devolver.
Es importante tener en cuenta que las deducciones fiscales pueden variar según la situación personal de cada contribuyente, lo que significa que cada persona puede beneficiarse de diferentes deducciones.
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Las deducciones suelen ser determinantes para que una declaración resulte a pagar o a devolver, por lo que es fundamental conocer las que podemos aprovechar según nuestra situación.
Es importante tener en cuenta que las deducciones que nos corresponden no se aplican automáticamente: es nuestra responsabilidad seleccionar aquellas que podemos y deseamos recibir.
Además, en esta campaña de la Renta se introducen una serie de novedades en el IRPF para el ejercicio fiscal 2023-2024 que debemos tener en cuenta.

Deducciones fiscales a nivel estatal en la declaración de la renta

Las principales deducciones a nivel estatal que podemos aplicarnos en nuestra declaración de la renta 2023-2024 son las siguientes

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Esta deducción desaparece, permaneciendo solamente para aquellos contratos que estén en vigor en el momento de presentar la declaración de la renta y que se hayan firmado antes del 1 de enero de 2015

Deducción por inversión en vivienda habitual

Para quienes adquirieron una vivienda a partir del 31 de diciembre de 2012, la deducción por vivienda habitual no se aplica. Sin embargo, aquellos contribuyentes que compraron una casa antes de esta fecha aún pueden disfrutar de esta deducción. En este segundo caso, los contribuyentes pueden deducir hasta el 15% de los gastos relacionados con la adquisición, rehabilitación, construcción o financiación de la vivienda habitual, con un límite de 9.040€ por contribuyente, o de 12.080€ si el contribuyente tiene alguna discapacidad.
La base de esta deducción incluye las cantidades pagadas por la adquisición/rehabilitación de la vivienda habitual, los gastos en los que incurrió el comprador, así como las cantidades desembolsadas en caso de financiación mediante préstamo.

Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación 

A partir del 1 de enero de 2018, se amplía la base máxima y el porcentaje de deducción en este tipo de inversiones. La base máxima permitida es de 50.000 euros, y los contribuyentes podrán deducir el 20 por ciento de las cantidades desembolsadas durante el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. 

Deducción por maternidad 

Desde el 1 de enero de 2018, la deducción por maternidad se incrementa en 1.000€ adicionales, cuando quien tenga derecho a esta deducción haya tenido gastos de custodia en guardería y/o centros de educación infantil autorizados, en el caso de que el hijo sea menor de 3 años.
En períodos fiscales anteriores, la deducción era de hasta 1.200 € anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción tienen la opción de solicitar el abono anticipado de la misma. En caso de adopción o acogimiento, la deducción puede aplicarse durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare, independientemente de la edad del menor.

Deducción por familia numerosa, ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo

Los beneficiarios de estas deducciones son los contribuyentes que cumplan los requisitos para la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, así como los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de una familia numerosa, o la nueva figura de ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial con dos hijos por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo previsto en el artículo 58 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), y sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
Desde el 5 de julio de 2018, se ha incrementado el importe de la deducción por familia numerosa o personas con discapacidad, con una cantidad de hasta 600€ anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa y excedan del número mínimo de hijos requerido para que la familia adquiera esta condición.
👉 Las deducciones aplicables son las siguientes:

SUPUESTO
IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN 2023
CASILLAS
Familia Numerosa
1.200€ anuales; 2.400€ si es familia de categoría especial. +600€ por cada hijo que exceda el nº de hijos mínimo para considerarse familia numerosa.
660 y 661
Descendiente con discapacidad
1.200€ anuales por cada descendiente.
623 y 624
Ascendiente con discapacidad
1.150€ anuales por cada ascendiente.
636 y 637

Deducción por donativos y otras aportaciones

Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tienen derecho a deducir el 80% del importe de los donativos íntegros hasta 150€ al año.

Deducción por doble imposición internacional

Los contribuyentes que posean acciones extranjeras que otorguen derechos a dividendos podrán aplicar esta deducción para evitar una doble retención, tanto en el país de origen de las acciones como en España. Esta deducción se registra en la casilla 588 de la declaración.

Deducciones autonómicas en la declaración de la renta 

Al hacer la declaración de la renta, también podemos aprovechar las deducciones autonómicas correspondientes. Estas deducciones varían según la comunidad autónoma en la que residimos. Cada contribuyente tendrá derecho a las deducciones de la comunidad autónoma donde tenga su domicilio habitual y donde presente su Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Al igual que sucede con las deducciones a nivel estatal, es necesario conocer las deducciones disponibles en nuestra comunidad autónoma y cuáles podemos aprovechar.
Es importante destacar que las deducciones autonómicas son compatibles con las deducciones a nivel estatal. Esto significa que, si corresponde según nuestra situación personal, podemos aplicar ambas tipos de deducciones.
En este artículo os contamos con más detalle cuáles son las deducciones autonómicas para la declaración de la renta 2023-2024
  1. #41
    15/04/24 12:30
    Buenas, entiendo que hacienda, ya empezó a realizar pagos, a alguno de vosotros, ya habéis recibido el pago... creo que lo están realizando los viernes...
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