En plena campaña de la declaración de la Renta 2023 es conveniente que estemos al corriente de qué modificaciones legales se han realizado en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y qué novedades se introducen La temporada de la declaración de la renta de 2023 se acerca rápidamente, y usted debe estar preparado. ¿Conoces los cambios para 2023?
Principales novedades de la renta IRPF 2022- 2023
Los principales novedades en el IRPF para 2022 en España son:
La aplicación de una reducción del impuesto que ganan hasta 21.000 € al año. Estos cambios no afectarán directamente a la declaración de impuestos de este año, ya que se refiere a los resultados del año 2022. Sin embargo, los residentes en ciertas regiones pueden beneficiarse de reducciones del IRPF que han sido aplicadas retroactivamente.
También hay cambios en las contribuciones a los planes de pensiones privados, donde el límite de contribución anual máxima ha sido reducido de 2.000 a 1.500 euros. Además, el límite máximo de aportación con derecho a deducción para planes de empresa sube a 8.500 euros, lo que significa que la contribución máxima combinada sigue siendo de 10.000 euros.
Las personas de patrimonio superior a 3 millones de euros, también tendrán que pagar un impuesto temporal de solidaridad. Aunque este impuesto afectará a pocas personas (solo al 0,2% de los contribuyentes en España), resultará en un aumento de impuestos para aquellos que califican.
Obligación de declarar
- Trabajadores que obtenido un salario de más de 22.000€ durante el periodo de 2022
- Los trabajadores autónomos
- Aquellas personas que han incurrido en más de 15.000 euros en 2022 de varios pagadores.
- Aquellas personas que han incurrido en menos de 15.000 euros en 2022 de varios pagadores. Siempre y cuando los ingresos a partir del segundo pagador, superen los 1.500 € anuales.
- Las personas que ganan más de 1.600 euro en un año de rendimiento o capital mobiliario
- Aquellos que hayan obtenido al menos 1.000 euros brutos de rentas mobiliarias imputadas, subvenciones de letras del tesoro relacionadas con la compra de viviendas de protección oficial o subvencionadas, y/o otras plusvalías asociadas a ayudas públicas en 2022.
Exentos de declarar
En España, no todas las personas tienen la obligación de presentar una declaración de la renta. Están exentos de hacerlo aquellos contribuyentes cuyos ingresos totales anuales no superen determinados umbrales establecidos por la ley. Estos umbrales varían según la situación personal del contribuyente, como su edad, estado civil, situación laboral, número de hijos, etc.
Por ejemplo, en el ejercicio fiscal 2022, los contribuyentes que tuvieron ingresos totales anuales inferiores a 22.000 euros y solo tuvieron un pagador, o aquellos que tuvieron ingresos inferiores a 15.000 euros y tuvieron más de un pagador, siempre que a partir del segundo no supere 1.500€ de ingresos anuales, están exentos de presentar una declaración de la renta. También pueden estar exentos los contribuyentes que reciben ciertos tipos de ingresos, como pensiones no contributivas o ayudas a la vivienda, siempre que no superen los límites establecidos.
Fechas clave campaña de la renta 2022/2023
- 11 de abril, se inicia el plazo de declaraciones de IRPF a través de Internet hasta el 30 de junio, es necesario disponer de certificado digital, cl@ve PIN y número de referencia, que el año anterior se extrajo de la casilla 505 de la declaración del ejercicio.
- 3 de mayo se abre la solicitud de cita desde el 3 al 29 de junio.
- 5 de mayo, se abre el plazo para presentar la declaración por teléfono con la ayuda de un profesional tributario hasta el 30 de junio.
- Solicitud de cita para presentar del 25 de mayo al 29 de junio.
- 1 de junio, abertura del plazo de presentaciones en las oficinas de la Agencia Tributaria, en base a años anteriores será necesario obtener cita precia, hasta el 30 de junio.
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, solicita cita a través de internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44.