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Cambiar la titularidad de la vivienda al 50% con mi pareja: ¿Cuál es la mejor opción?

Cambiar la titularidad de la vivienda al 50% con mi pareja: ¿Cuál es la mejor opción?

Si te planteas cambiar la titularidad de la hipoteca con tu pareja, plantéate también qué opción es la mejor para este proceso. Una de las formas más destacadas es optar entre donarle la mitad de la propiedad o vendérsela, pero no es la única. ¡Te contamos más en el post!
Muchas veces, cuando compramos una vivienda en pareja, esta va a nombre de uno de los dos por ser quien tiene un empleo estable. Más adelante, cuando nuestra pareja encuentra trabajo u otros ingresos, podemos pensar en hacer un cambio en la titularidad de la vivienda para que ambos sean titulares al 50%. Pero, ¿Cuál es la mejor forma de hacerlo?¿Qué alternativas tenemos para dejar protegida a nuestra pareja en caso de fallecimiento?

Opciones para cambiar la titularidad de la vivienda

Podemos optar por donarle la mitad de la propiedad a nuestra pareja o vendérsela. Ambas opciones implican gastos y posibles implicaciones fiscales.
Cambio de titularidad por donación
La donación de una parte de la vivienda puede ser costosa. Aparte de los gastos notariales y los trámites en el registro de la propiedad, se debe pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD) y la correspondiente ganancia patrimonial en el IRPF. 

  • ISD: Este impuesto se calcula sobre el valor de lo donado y varía según la Comunidad Autónoma. El impuesto lo paga el receptor de la donación y puede llegar hasta el 8% del valor del bien donado, incrementándose con el valor del inmueble.

  • IRPF: El receptor de la donación debe declarar la ganancia patrimonial obtenida, aplicando un porcentaje sobre la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
Cambio de titularidad por compraventa
Otra opción es que un miembro de la pareja le compre a otro el 50% de la vivienda. Esto también implica gastos notariales y de registro, además del pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y la declaración en el IRPF.

  • IRPF e Impuesto de plusvalías municipal: El vendedor debe declarar la ganancia patrimonial obtenida y, dependiendo del municipio, pagar el impuesto de plusvalías por el incremento del valor del terreno.

  • ITP: Este impuesto lo paga el comprador en transacciones de segunda mano y ronda el 10% dependiendo de la Comunidad Autónoma.

Alternativas al cambio de titularidad

Tanto la donación como la compraventa pueden ser costosas. A continuación os presentamos otras alternativas para proteger a nuestra pareja.
Pareja de hecho o matrimonio
Registrarse como pareja de hecho o casarse en régimen de gananciales otorga ciertos derechos sobre los bienes adquiridos durante la convivencia o matrimonio. En caso de fallecimiento, el cónyuge es uno de los herederos forzosos.
Usufructo
Otorgar el usufructo de la vivienda a la pareja permite que esta use y disfrute del bien sin ser propietario. Aunque tiene gastos, suele ser menos costoso que la donación o la compraventa.

¿Qué implica fiscalmente incluir a tu pareja en la escritura?

Tanto la donación como la compraventa tienen implicaciones fiscales que deben ser consideradas cuidadosamente.

Implicaciones fiscales de la donación

Como hemos mencionado anteriormente, la donación implica el pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones, así como la ganancia patrimonial en el IRPF para el receptor. Estos impuestos pueden ser significativos y deben ser calculados antes de proceder con la donación.

Implicaciones fiscales de la compraventa

En una compraventa, el comprador deberá pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el vendedor deberá declarar la ganancia patrimonial obtenida en el IRPF, así como el impuesto de plusvalías municipal, dependiendo del municipio.

¿Cómo realizar el cambio de titularidad de la vivienda?

Los cambios de titularidad se realizan en el registro de la propiedad. A continuación, se detallan los pasos necesarios para efectuar este cambio.
Paso 1: Obtener asesoramiento legal
Antes de proceder con el cambio de titularidad, es recomendable obtener asesoramiento legal para entender todas las implicaciones fiscales y legales.
Paso 2: Acudir al notario
Tanto en el caso de donación como de compraventa, será necesario acudir al notario para formalizar el cambio de titularidad. El notario redactará las nuevas escrituras de la propiedad.
Paso 3: Inscripción en el registro de la propiedad
Una vez obtenidas las nuevas escrituras, estas deben ser inscritas en el registro de la propiedad para que el cambio de titularidad sea oficial.

¿Qué considerar antes de incluir a tu pareja en la escritura?

Incluir a tu pareja en la escritura de la vivienda es una decisión importante que debe ser considerada cuidadosamente.

  • Impacto financiero: Considera el impacto financiero de los impuestos y gastos asociados con la donación o compraventa.
  • Relación de pareja: Evalúa la estabilidad de la relación y si este cambio es lo mejor para ambas partes a largo plazo.
  • Alternativas legales: Investiga otras opciones legales como el usufructo o un testamento para proteger a tu pareja sin necesidad de cambiar la titularidad de la propiedad.

Al tomar en cuenta todos estos factores, podrás tomar una decisión informada sobre la mejor forma de incluir a tu pareja en la escritura de tu casa y asegurar su protección futura.

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  1. #8
    07/02/23 18:41
    Hola, necesito una respuesta, si puede ser.
    Se puede vender el 50% de un domicilio con el otro 50% viviendo en dicho domicilio?Según me han dicho, hay personas que les interesan comprar de esa manera. Eso es legal?qué tendría que hacer el 50%que vive en el domicilio para que no se produjese esa venta en el caso de que no sea legal. 
    Gracias. 
  2. Nuevo
    #7
    05/02/23 12:38
    Me llama la atención que no se mencione la extinción de condominio para propiedades al 50% que tributa mucho menos cuando uno de los miembros va terminar siendo único propietario.

  3. #6
    30/01/21 11:46
    hola,
    tengo un piso a mi nombre y quiero ponerlo al 50% a nombre de mi marido .
    tiene una hipoteca pendiente de 58.000€,la hipoteca inicial era de 120.000€.
    cómo puedo hacer?

  4. Nuevo
    #5
    09/04/19 11:42

    Hola me gustaría donar una casa que tengo en guadalajara es una parcela de 2500m y una casa vieja alguien me podía decir cuanto me costaría hacer esta gestión

  5. en respuesta a gbravo
    -
    Nuevo
    #4
    16/11/18 03:07

    Hago una consulta. Tengo una casa 50 50 con mi hermana. Quiero comprar la otra mitad y ponerla a nombre de mi pareja pero no lo quiero hacer por donacion. Puede mi hermana (que quiere hacerlo) vender solo el 50% y asi hacer solo la mitad de la escritura o tenemos que vender el 100% con mi hermana y ponerlo al 50 mio y 50 de mi pareja? No se como debo hacerlo. Agradezco la ayuda!

  6. en respuesta a Vigermo
    -
    #2
    14/03/17 10:38

    Eso eso. Si el inmueble tiene hipoteca y el que recibe la donación (donatario) asume la deuda, tributará también en el ITP.

  7. Nuevo
    #1
    10/03/17 20:42

    Hay un error en el artículo. En la donación de una vivienda, el donatario es el sujeto pasivo del ISD y el donante del IRPF (no al revés). Hay que tener en cuenta además que si el inmueble tiene una hipoteca y el donatario no asume la deuda, la operación tributará por el ISD, pero si el donatario sí asume la deuda, la transmisión tendrá la calificación jurídica de donación con causa onerosa y tributará parcialmente en el ISD y en el ITP.

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