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Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE)

Un Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE) es un seguro colectivo utilizado para instrumentar las pensiones de los empleados de las empresas. Se trata de un producto financiero de características muy similares con los Planes de Pensiones de Empleo. Sin embargo, estos últimos se instrumentan sobre un Fondo de Pensiones y no un seguro.

A continuación, te mostramos todo lo relativo a los Planes de Previsión Social Empresarial.

Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE)

Aspectos básicos de los Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE)

Un Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE) es un mecanismo por el que se exteriorizan los compromisos por pensiones de la empresa con los trabajadores.

Su principal diferencia con respecto a los Planes de Pensiones del Sistema de Empleo es la ausencia de Comisión de Control (integrada en su caso por representantes del promotor, de los partícipes y de los beneficiarios). Sin embargo, su función es la misma; de hecho, el establecimiento de un Plan de Previsión Social será incompatible con la promoción de un Plan de Pensiones en la misma empresa.

Por otra parte, los requisitos y condiciones para la movilización son los mismos que en el caso de los Planes de Previsión Asegurados (PPA). Del mismo modo que pueden realizarse traspasos entre PPSE a PPA y viceversa, pero no con el resto de seguros colectivos.

Otra de sus características únicas es el hecho de que se establece la misma estrategia de inversión para todos los empleados, puesto que la decide el tomador del seguro (la empresa). Un Plan de Previsión Social Empresarial debe tener una rentabilidad mínima garantizada.

Los PPSE deben respetar unos principios básicos:

  • No discriminación (deben estar implementados para todos los trabajadores).
  • La irrevocabilidad de las aportaciones.
  • Las aportaciones se van capitalizando.
  • Imputación obligatoria.
  • En caso de que se produjese la baja en la empresa por parte del asegurado, es el propio trabajador el que tiene que movilizar el capital a otro producto análogo (en caso de no tener derecho a cobrar las prestaciones por no encontrarse en situación legal de desempleo, como veremos a continuación).

¿Cuáles son las contingencias que cubre un PPSE?

Las contingencias que cubre el PPSE son las mismas que un Plan de Pensiones de Empleo, según los términos expresados en la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones:

  • Jubilación.
  • Invalidez permanente.
  • Fallecimiento.
  • Dependencia.

Con el Real Decreto 62/2018, de 9 de febrero, por el que se modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, se contempla la posibilidad de cobrar anticipadamente las prestaciones en caso de que el partícipe extinga su relación laboral y pase a una situación legal de desempleo.

Sin embargo, a diferencia que en los Planes de Pensiones, al ser un contrato de seguro, cumple con el requisito de tener una cobertura principal: la jubilación. 

Así pues, se verifica cuando el valor de las provisiones matemáticas represente al menos el triple de la suma de las primas pagadas desde el inicio del plan para el capital de fallecimiento y/o incapacidad.

No serán de aplicación los derechos a anticipos, cesión y pignoración de la póliza, al contrario de lo que sucede con los seguros individuales.

En cuanto al rescate de las prestaciones cuando se cumplan algunas de las contingencias previstas, tampoco difiere de lo establecido en los planes de pensiones:

  • En forma de capital.
  • En forma de renta.
  • Combinando ambas formas.

Fiscalidad de los Planes de Previsión Social Empresarial para el trabajador

Las aportaciones que se realizan por parte de la compañía están basadas en un acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Pueden existir varios supuestos, en función de si las primas pagadas por la empresa son imputadas al empleado o no.

Las contribuciones de la empresa promotora imputadas al partícipe se incluyen como rendimientos del trabajo en su base imponible general del IRPF del ejercicio, pero con la peculiaridad de que no se computan a efectos de retenciones a cuenta.

Dan al trabajador el derecho a reducción en la base imponible general del IRPF. En el momento del cobro de las prestaciones, lo percibido tributará como rendimientos del trabajo.

Por consiguiente, las reformas que producidas en el IRPF también afectan a los Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE). 

En caso de que las primas no se imputen, no tienen ningún tipo de impacto fiscal. No obstante, se integran en la base de cotización a la Seguridad Social.

El Real Decreto ley 16/2013 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores somete a las primas a cotización a la Seguridad Social.

Fiscalidad de los PPSE para la empresa

Para la empresa, las aportaciones realizadas no cotizan en la Seguridad Social y están exentas de retenciones en el IRPF.

Constituyen un gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades o en el IRPF (epígrafe de actividades económicas, dependiendo de si se trata de una sociedad mercantil o el empresario es una persona física), sean o no sean imputadas las primas al trabajador.

En este punto, destacamos que los Planes de Previsión Social Empresarial también pueden ser implementados por trabajadores autónomos que tengan empleados a su cargo.

¿Qué sucede con las reformas que establecieron limites máximos a las aportaciones realizadas a los Planes de Pensiones? 

Antes del 1 de enero de 2021, las aportaciones máximas de los Planes de Pensiones estaban limitadas a 8.000 € o el 30% de los rendimientos por el trabajo (la menor de estas cifras. Sin embargo, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 se estableció un recorte de estas cantidades hasta los 2.000 € anuales.

No obstante, en el caso de los PPSE, el límite de aportaciones que puede realizar la empresa sigue estando en los 8.000 €, a lo que se debe sumar los 2.000 € que puede aportar cada trabajador individualmente. La diferencia es sustancial en este sentido.

Ventajas de un Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE)

  • Al estar basado en un seguro, la implantación se torna más sencilla.
  • Se trata de un producto con una rentabilidad asegurada (tienen obligación de ofrecer un tipo de interés garantizado puesto que están basados en técnicas actuariales).
  • Las aportaciones hechas por el trabajador se deducen de su base imponible.
  • Permiten a las empresas fidelizar a los empleados.
  • La empresa cuenta con una serie de bonificaciones fiscales.
  • Son un producto fiable, los PPSE se encuentran supervisados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • En momentos de cambios fiscales y legales para los Planes de Pensiones, sumados a la incertidumbre de las pensiones públicas, representan una buena alternativa.

  • Con comisiones 78% más bajas
  • Carteras con máxima diversificación
  • Puedes programar aportaciones periódicas
 

Inconvenientes de un Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE)

  • El trabajador no tiene capacidad para escoger una estrategia de inversión que mejor se adapte a sus necesidades financieras.
  • El mínimo para implementar un Plan de Previsión Social Empresarial son dos empleados y una aportación mínima anual de 200 € por empleado.

  • Es conveniente su contratación bajo el asesoramiento de un experto en materia (bien puede ser un agente o corredor de seguros).
  • Al igual que sucede con los Planes de Pensiones, un Plan de Previsión Social Empresarial no puede rescatarse hasta que no se produzca ninguna de las contingencias a las que ofrece cobertura.
  1. Nuevo
    #1
    03/01/23 22:54
    Hola

    Trabajo en una empresa de vizcaya donde tenemos un PPSE en el que aportamos tanto la empresa como los trabajadores. La aportacion anual es pequeña, 168€ por parte de la empresa y 50€ del trabajador. Eso es el minimo. A partir de ahi se puede aportar hasta un limite que en mi comunidad creo que asciende hasta los 5000€.

    Me pregunto si aportar hasta ese limite seria interesante para reducir la base imponible del IRPF. Mi salario es de 38000€

    Gracias y un saludo