El broker de próxima generación EXANTE celebró el pasado 9 de junio un webinar en el que Javier Ruiz-Peinado, senior sales & relationship manager de la compañía, estuvo conversando con Héctor Jiménez Karar, de TaxDown, sobre la fiscalidad en las inversiones.
En particular, el broker ha aprovechado el webinar para aclarar todas las dudas sobre cómo los inversores que han invertido a través de un broker internacional, como EXANTE, deben hacer sus declaraciones de la renta, que como ya sabemos, se pueden hacer hasta el próximo 30 de junio.
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?
Para empezar, hay que recordar quién está obligado a hacer la declaración de la renta en España. Si es usted residente en España, entonces debe presentar una declaración de la renta española y pagar el impuesto sobre la renta por sus ingresos internacionales en los siguientes casos: sus ingresos anuales por trabajo son superiores a 22.000 euros, es autónomo en España o dirige su propio negocio, recibe ingresos por alquileres de más de 1.000 euros al año, tiene rendimientos del capital y del ahorro superiores a 1.600 euros anuales o es su primer año de declaración de residencia fiscal en España.
Además, está obligado a declarar todos sus bienes en el extranjero que superen los 50.000 euros a través del Modelo 720.
¿Qué impuestos hay que pagar en España por las inversiones?
Hasta 6.000 euros se tributa el 19%, hasta 50.000 euros el 21%, y a partir de 50.001 euros el 23%. Así, por una inversión de 10.000 euros que haya producido 9.000 euros de ganancias, se debe pagar el 19% por los primeros 6.000 euros y 21% por los restantes 3.000 euros.
Como sabrá, presentar la declaración de la renta no es un tarea fácil, especialmente en el caso de los inversores que utilizan los servicios de brokers internacionales. ¿A qué se debe esto? Básicamente al hecho de que al acceder al borrador de la renta, este no incluye los datos de las inversiones realizadas con brokers internacionales. Por esta razón, estos deben introducir una gran cantidad de información, dependiendo de cuál haya sido su actividad de inversión a lo largo del año.
¿Qué tengo que tener en cuenta si opero con un bróker internacional?
La diferencia principal en materia impositiva entre un broker nacional e internacional es que un broker nacional siempre va a tener que tributar en España. Este broker informa a la agencia tributaria. Así, estos datos fiscales aparecen en el borrador de la renta, lo que agiliza el trámite.
Por otro lado, con los brokers internacionales, estos no tienen que responder ante Hacienda al no ser residentes en España. En segundo lugar, Hacienda no tiene medios para reclamar algo a una sociedad con residencia en otro país.
Acuerdo Exante y TaxDown
Con el fin de hacer que este proceso sea lo más sencillo posible, EXANTE se ha convertido en el primer broker internacional que ofrece a sus clientes la posibilidad de acceder a los servicios de un tercero, TaxDown, que se encarga de realizar sus declaraciones de la renta a coste cero, ya que EXANTE cubre estos gastos.
En particular, EXANTE ha contratado el servicio full, en el que los asesores de TaxDown se encargan de todo el proceso, de principio a fin. Este servicio tiene un coste anual de 99 euros, que EXANTE cubre por completo para sus clientes.
Cabe destacar que los ponentes en el webinar han aclarado que en la renta hay dos bases: base imponible general y del ahorro, cada una con una tributación diferente.
La base imponible general suele estar formada por los rendimientos más tradicionales como el trabajo, actividades económicas, bienes inmuebles, etc. Esta tiene un tipo marginal más alto, progresivo.
El resto de cosas, como la compraventa de acciones, intereses, dividendos, criptomonedas, derivados, pertenecen a la segunda categoría. Aquí los impuestos son progresivos, del 19% al 26%, como se ha mencionado anteriormente.
A la hora de calcular los impuestos relacionados con las inversiones hay que tener en cuenta varias cosas. Para empezar, hay que tener claro que cuando compramos un activo financiero y lo vendemos a otro precio, la diferencia es la ganancia patrimonial. En la declaración de la renta tenemos que incluir la operación, la fecha de compra, la fecha de venta, el valor de adquisición y el valor de venta.
Hacienda, a la hora de calcular los impuestos con respecto a la fecha de compra/venta, precio de compra/venta, siempre tiene en cuenta lo primero que compras con lo primero que vendes. Este es el principio first in y first out.
TaxDown calcula los impuestos que deben pagar sus clientes de esta forma con el fin de que el contribuyente se haga una idea clara, ya que Hacienda lo calcula así.
¿Y cómo se declaran los dividendos?
En relación a los dividendos, cabe destacar que existen acuerdos entre España y varios países. En el caso de los dividendos de EE. UU., que suele ser un ejemplo bastante frecuente, EXANTE hace uso del formulario W8-BEN, que permite informar a la hacienda de EE. UU. (IRS) de que los clientes de EXANTE en este caso no son residentes en EE. UU.
Allí la retención estándar es de un 30%. De esta forma, la Hacienda estadounidense sabe que nuestros clientes no residen allí, por lo que pueden gozar de la deducción por doble imposición del 15%.
La tributación funciona generalmente en que va a pagar impuestos donde reside. Tributa por todo lo que haya ganado tanto en España como en el extranjero. Cuando se recibe un dividendo, en el país de origen de donde lo recibe, existe retención en el origen, esto es algo habitual. En esos casos, Hacienda, con el fin de evitar que los contribuyentes tengan que pagar dos veces, ofrece determinadas deducciones que TaxDown calcula en la presentación de la renta.
Tal y como se puede observar, un inversor que haya realizado una gran cantidad de operaciones a lo largo del año tendría que introducir mucha información para completar su declaración. Sin embargo, los clientes de EXANTE pueden olvidarse de todo ello y dejarlo en manos de TaxDown gracias al acuerdo entre ambas empresas.