A quien pueda interesar de la plataformaafinsa.org
Os remito un comunicado hecho público en la plataforma de clientes en :
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INVERSORES DE AFINSA: SU MEJOR DEFENSA
A partir del día 9 de Mayo, fecha en la que el Juez D. Santiago Pedraz acuerda la intervención de su oficina central y la congelación de todas sus cuotas, AFINSA no ha podido -por primera vez en su historia- hacer frente a sus compromisos.
También se puede decir que con tan imprudente medida, el Juzgado ha provocado la insolvencia de AFINSA, ordenando no hacer efectivos los recibos por revalorizaciones o los reintegros de capital que vencían a partir de tal fecha, a pesar de que existía saldo suficiente para hacer frente a estas obligaciones.
La intervención del Juzgado de Instrucción no 1 de los de la Audiencia Nacional impidiendo que AFINSA siguiera haciendo frente a sus compromisos, junto con una desoladora campaña mediática de primer momento, que ya ha amainado por temor a verse involucrada en un proceso por calumnia, ha suscitado una honda inquietud entre todos los que confiaron a AFINSA sus ahorros.
Y como ocurre, desgraciadamente, en cualquier supuesto de desgracia colectiva, han surgido como setas los espabilados de turno, los logreros, los que juegan con el pánico ajeno para formar grupos de "perjudicados" para defender con tanta prisa como falta de técnica a los inversores sin saber con certeza contra quien, y dentro de qué jurisdicción deben de dirigir su reclamación.
Además del procedimiento penal por supuestos delitos de estafa e insolvencia punible, AFINSA se encuentra afectada por expediente de Concurso Necesario - antiguamente quiebra- instado por supuestos acreedores, que ha sido admitido a trámite por el Juzgado de lo Mercantil no 6 de los de Madrid, procedimiento en el que son parte y serán citados cada uno de los clientes de AFINSA por los Administradores Concursales para situar la cuantía de su crédito.
Ante este panorama, los inversores afectados por la intervención judicial de AFINSA deben actuar teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
El objetivo del cliente de AFINSA es recuperar el importe más próximo al 100% de lo invertido junto con las revalorizaciones pactadas. Su objetivo no es entrar en guerras de las que no puede obtener ninguna ventaja.
Es suicida cualquier actuación dirigida a sumar fuerzas contra AFINSA para liquidarlo. La esperanza de un posible cobro reposa en la posibilidad de que AFINSA mantenga y realice sus activos de forma ordenada y libre para hacer frente a sus obligaciones. En subasta pública, sus activos se reducirían en más de un 70%.
En este momento sólo tienen la condición de acreedores de AFINSA, con acción para reclamar, aquellos a quienes esta Sociedad ha dejado de pagar a su vencimiento -por causa de fuerza mayor- el importe de sus inversiones o de las revalorizaciones periódicas comprometidas.
Para el supuesto probable de que AFINSA se hunda y con ella se hunda también la esperanza de sus clientes en el cobro de la mayor parte de sus inversiones, conviene analizar y valorar si ha sido conforme a derecho la actuación de los Fiscales Anticorrupción que formularon la Querella, así como la del juez que admitió a trámite tal Querella sin elementos de juicio suficientes, realizando para ello un seguimiento cercano tanto del proceso penal como el del Juzgado de lo Mercantil. Los daños causados por error judicial, dice el artículo 121 de la Constitución Española, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme al principio de responsabilidad que se establece en el artículo 9.3 del mismo cuerpo legal.
En todos los contratos suscritos por AFINSA se incluye una cláusula de sumisión a favor de los Juzgados y Tribunales del domicilio del inversor llamado en dichos documentos como mandante o depositante, todo ello sin perjuicio de la posible acumulación de procesos que se darían a favor de los Juzgados de Madrid que han conocido en primer lugar estos hechos.
Por todo lo expuesto, conviene en este m