No es cierto, no hay contraparte en las ventas de las aportaciones de capital social.
(...)
Cuando uno habla sobre algo tiene que tener conocimiento del tema.
Artículo 52.1 de los Estatutos sociales de Cajamar Caja Rural, SCC (Texto vigente, actualizado en base a las decisiones de la Asamblea General de 20 de abril de 2022).
Las aportaciones al capital social sólo podrán transmitirse, por actos intervivos, a otros socios y a quienes adquieran tal cualidad dentro de los tres meses siguientes a la operación que, en este supuesto, queda condicionada a dicho requisito. (...)
Desconozco qué artículo prevé el reintegro de esas aportaciones a cargo del fondo común de la Cooperativa, como usted apunta, sin causar baja. Caja Arquitectos sí lo tenía previsto.
Un foro público no profesional persigue compartir experiencias y contribuir a solventar dudas de unos y otros, con las limitaciones que ello conlleva. Si usted dispone de fuentes más fiables podría compartirlas para ilustrarnos al resto en vez de recusar sin ningún dato objetivo una aportación de otro forero realizada con su habitual buena fe.