PESCANOVA, S.A. La sociedad remite declaración intermedia de gestión del tercer trimestre de 2024 - 2024
• El día 15 de Febrero de 2023 se ha notificado a la compañía la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2023 que resuelve y estima parcialmente los diversos recursos de casación interpuestos contra la Sentencia de la Audiencia Nacional de 6 de octubre de 2020.
• En lo que, a esta sociedad afecta, la sentencia finalmente condena a Pescanova, S.A., como autora de un delito de falseamiento en la información económico‐financiera, con aplicación de la circunstancia atenuante de confesión, a la pena de multa de dos años, con una cuota diaria de treinta euros, por un total, en consecuencia, de 21.900 euros, y al pago proporcional de las costas.
• Asimismo, la sentencia establece que nuestra compañía deberá indemnizar a los inversores perjudicados, de forma conjunta y solidaria con Manuel Fernández de Sousa‐Faro, en las cantidades que ya establecía la sentencia de la Audiencia Nacional.
• La cuantificación de esta responsabilidad deberá tener en cuenta, en cualquier caso, la naturaleza concursal de estos créditos, por lo que deberán someterse a las mismas quitas (del 97,5%) que sufrieron los acreedores de la compañía de acuerdo con el convenio de acreedores del concurso de Pescanova, S.A., aprobado mediante sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pontevedra de 23 de mayo de 2014 y que posibilitó asegurar la viabilidad del negocio de la compañía a través de Nueva Pescanova, S.L., con el mantenimiento de la actividad productiva y los puestos de trabajo.
• El importe resultante de este cálculo, además, deberá ser abonado por Nueva Pescanova, S.L., de acuerdo con los contratos celebrados entre dicha mercantil y nuestra sociedad y elevados a público el 28 de octubre de 2015, cuya vigencia y validez fue, en su día, confirmada judicialmente.
• En cualquier caso, a dichos importes deberán dárseles el mismo tratamiento que a los créditos sometidos al convenio de acreedores de la compañía, con una quita del 97,5%, y deberá ser NPVA quien responda de cualquier cantidad pagadera por este motivo.
• No es posible fijar los plazos y cuantía final de responsabilidad civil para PVA, debido a lo siguiente:
• 1) La propia sentencia de la Audiencia Nacional difiere la fijación de las cuantías de la responsabilidad civil frente a determinados inversores al trámite de ejecución de sentencia, de cuya iniciación todavía no se nos ha notificado. En cualquier caso, se estima una hipotética responsabilidad civil máxima de entre 165 a 200 millones de euros.
• 2) Cada beneficiario de la condena a la responsabilidad civil deberá ejercitar su derecho por medio de la correspondiente demanda de ejecución, que abrirán las correspondientes piezas incidentales. Es de resaltar que se han detectado cuantificaciones ciertamente abusivas en la responsabilidad civil reclamada por varios de los inversores recogidas en la sentencia de la AN, o pretensiones de responsabilidad civil de inversores y acreedores que han vendido sus títulos o aceptado la novación de sus créditos, y que serán objeto de oposición.
• 3) Aun cuando se lleve a cabo la liquidación de la responsabilidad civil por parte de la Audiencia Nacional con respecto a cada inversor personado, estas cantidades no podrán ser ejecutadas contra el patrimonio de PVA hasta que no exista un pronunciamiento firme del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pontevedra sobre la aplicabilidad a dichos importes de las quitas y esperas acordadas en el concurso de acreedores de PVA, cuestión que la compañía defenderá en las instancias correspondientes.
• 4) La única cuantía que ya está delimitada, es la multa por el delito a la que la compañía fue condenada por un importe de 21.900€ que entendemos también ha de someterse a quita del convenio.
• La Junta General Extraordinaria de Socios de Nueva Pescanova, S.L., celebrada el 26 de Septiembre de 2024 acordó una ampliación de capital de la compañía por importe de hasta 72.624.254,24 Euros mediante aportación dineraria. Como resultado de ello, Pescanova, S.A., sigue manteniendo la titularidad de 2.437.894 participaciones, las cuales han pasado a representar un 0,21% del capital social de Nueva Pescanova, S.L.
• Asunto “Contrato de crédito celebrado el 29 de diciembre de 2015 por parte de NPVA con determinadas entidades acreedoras.”: En fecha 1 de Marzo, a esta compañía le fue notificada sentencia de fecha veinticinco de Febrero de 2022, del Juzgado de Primera Instancia nº 14 de los de Vigo en este Procedimiento nº 580/2017, en la cual se desestima íntegramente la demanda presentada y se condena en costas a Pescanova SA. Esta compañía ha presentado Recurso de Apelación contra dicha sentencia por considerarla injusta y lesiva a sus intereses. Como consecuencia de dicho fallo Para poder hacer frente a la posible condena en costas se ha dotado una provisión por importe de 4.650.000€ que se actualizará anualmente, (importe actualizado de 4.975.000€) la cual obviamente no puede materializarse hasta concluido el litigio. Una probable condena en costas que, en caso de materializarse, y habida cuenta de la altísima cuantía del procedimiento, sería inasumible para la Sociedad y abocaría a ésta a su liquidación. La condena en costas, puede ser probable, pero se sigue confiando en que el recurso prospere, de manera que dicha condena sería revocada.
• En cualquier caso, como hemos explicado, se ha dotado una provisión para hacer frente a una posible condena en costas si una vez que finalice el litigio, se mantiene la desestimación inicial de la demanda en primera instancia y la condena en costas. Este importe se sufragaría mediante la oportuna ampliación de capital que deberá ser aprobado por la Junta General de Accionistas de la compañía.
Cuenta de resultados individual Q3 2024
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