Bien, como tantas cosas en la vida, ello tiene ventajas e inconvenientes:
Como bien has dicho, existe ventaja fiscal ya que no tributamos en IRPF hasta la venta de los títulos, y la compañía retiene tesorería.
A este respecto también debemos apuntar que por lo general se ofrece al accionista la opción de cobro en efectivo, aunque por defecto, si uno no ordena nada, te adjudican directamente las nuevas acciones liberadas.
Luego está el problema de la dilución del valor: al fin y al cabo, aumenta el número de acciones, "toca" menos valor por acción.
No obstante, considero que siempre y cuando la ampliación de capital se efectúe con cargo a beneficio neto del ejercicio (no a reservas) no tiene un efecto dilutivo tan perjudicial.
En mi caso, sigo la práctica de, en las empresas que acuerdan dos dividendos al año, cobrar uno en efectivo y otro en acciones, ante la duda.
Saludos.