Con el fin de unificar toda la información sobre los dividendos (tipos, tributación, calendario, etc.) y resolver algunas dudas que pueden surgir con respecto a ellos, he decidido abrir este hilo. A partir del 27 de abril deberemos tener las acciones en propiedad 4 días antes.
¿Qué son los dividendos?
Los dividendos son la parte del beneficio que obtiene una empresa y que, en lugar de reinvertir en la propia empresa o amortizar deuda, decide repartir entre los accionistas. Por tanto, es una forma de remunerar al accionista. Sin embargo, puede remunerarse al accionista mediante otras alternativas al dividendo. Tal y como se explica en este post:
Todo sobre los dividendos, existen las siguientes vías de remuneración:
- Dividendo en efectivo.
- Acciones procedentes de autocartera.
- Amortización de acciones.
- Acciones procedentes de una ampliación de capital liberada.
- Dividendo flexible (Scrip Dividend).
- Ampliación de capital liberada y posterior amortización de acciones.
Nueva Normativa
El próximo 27 de abril va a entrar en vigor la nueva normativa para el cobro de dividendos. En resumen, la normativa afecta principalmente de dos maneras:
- Las empresas deberán anunciar con una antelación de dos meses el día exacto del pago de los dividendos, aunque no será necesario que digan el importe.
- Para cobrar los dividendos de una empresa cotizada, deberemos tener las acciones en propiedad 4 días antes. Es decir, si una empresa paga el dividendo un viernes, deberemos de tener las acciones compradas, al menos, ese mismo lunes, día a partir del cual, la acción pasará a cotizar ex dividendo.
La siguiente imagen, obtenida de www.bmerv.es, muestra la información de los próximos dividendos a pagar ya confirmados por las empresas cotizadas españolas:
La columna de concepto muestra el tipo de dividendo pagado, si es a cuenta, complementario, etc.La fecha pago (payment date) es la fecha en el que se paga el dividendo mientras que la fecha ex-dividendo (ex-dividend date) es la fecha a partir de la cual las acciones empiezan a cotizar sin el dividendo, por lo que deberemos de adquirirlas un día antes para tener derecho al cobro de los dividendos.
Tributación de los dividendos
En la declaración de la renta de 2015, los dividendos tributan en base a tres tramos, según el montante cobrado durante dicho ejercicio:
- Por importes cobrados menores a 6.000€, los dividendos tributan al 20% (19% en la declaración de 2016).
- Si el importe cobrado por dividendos se encuentra en la franja de 6.000€ - 50.000€, los dividendos tributaran al 22% (21% en la declaración de 2016).
- Por último, si los dividendos cobrados superan los 50.000€, los dividendos tributarán al 24% (23% en la declaración de 2016).
Si los dividendos han sido cobrados en otra divisa, se aplicará el tipo de cambio correspondiente a fecha de cobro de los mismos.
Doble retención
En España, los dividendos están sometidos a una retención del 21%. Pero si somos propietarios de acciones extranjeras, nos pueden aplicar una retención mayor a la que tiene en convenio España con otros países, generalmente un 15%.
Por ejemplo, en Alemania, Francia e Italia, la retención es del 26,375%, 25% y 20% respectivamente. Entonces, nos estarían reteniendo un 11,375%, 10% y 5% respectivamente.
Normalmente, para cobrar la doble retención, deberemos de rellenar un formulario o realizar un escrito a la autoridad competente de cada país.
Calendario de dividendos
En el siguiente post,
Calendario de dividendos, podéis observar todos los dividendos confirmados de las principales empresas cotizadas en España. El hilo es muy interesante ya que se va actualizando a medida que se van haciendo públicas las fechas de pago de dividendos en BME.