Nuevo tratamiento fiscal venta derechos
La Ley 26/2014 de 28 noviembre introduce un cambio en el tratamiento fiscal de la venta de derechos, de tal manera que a partir del 01/01/2017 dejarán de considerarse como menos coste de adquisición de las acciones y pasaran directamente a considerarse como ganancia patrimonial.No obstante, tengo dudas sobre como entenderlo en aquellas operaciones en que la venta de derechos se efectuó con anterioridad al 01/01/17. Puede que en la Disposición Transitoria vigésimo novena de la Ley lo aclare, pero no acabo de interpretarlo.
¿ Será con efectos retroactivos. o habrá que continuar el sistema anterior hasta agotarse los bloques de acciones afectados por la venta de derechos con anterioridad a la entrada de la Ley ?
Gracias por las posibles respuestas.