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Duda Modelo 720

6 respuestas
Duda Modelo 720
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#1

Duda Modelo 720

Buenas comunidad de Rankia.

Estoy pensando en adquirir acciones, valores fuera de nuestras fronteras, hasta ahora solo he invertido aquí. Por ejemplo en IB (por lo que leo es el mejor por gastos).


  La cuestión va relacionada con el modelo 720. Ahora que acaba de desaparecer el modelo D6.

  De momento tengo una cuenta corriente en el extranjero con menos de 50000€.

  Según mi conocimiento si invierto en valores, mientras no superé los 50000€ (¿De compra o cotización?), tampoco estaría obligado a presentar el modelo 720, al pertenecer a dos grupos diferentes, cuentas y valores, ¿no? ¿Estoy en lo cierto?
 
Gracias.
#2

Re: Duda Modelo 720

Mientras el total de activos (cuentas, valores) a 31 de diciembre no supere 50.000€, no tienes que presentarlo, pero si al año siguiente supera esa cantidad (porque depositas más dinero o por revalorización de las acciones) entonces ya sí.


#3

Re: Duda Modelo 720

Buenas,

Según este mismo post de RANKIA:
https://www.rankia.com/blog/impuestos/1623888-modelo-720-que-como-rellenarlo

Los 3 grupos...

  • Informar sobre las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  • Informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
No existirá obligación de informar ningún bien de aquellos grupos en los que la suma de los bienes que lo integran no supere los 50.000 euros. En los grupos en los que la suma supere este importe existe la obligación de informar todos los bienes que lo integran. En lo relativo al grupo de cuentas en entidades financieras bastará con que lo sobrepase o la suma de los saldos a 31 de diciembre del ejercicio correspondiente o la de los saldos medios.

Es decir, los tres grupos descritos anteriormente funcionan de forma segregada. Es posible que tengamos que presentar la declaración para uno, dos, los tres o ninguno de ellos. Pero todo en el mismo formulario. Un solo modelo para tres obligaciones de información diferentes.


Según entiendo no acumulan las cuentas y los valores.

¿Alguien con más opinión?



#4

Re: Duda Modelo 720

Si, estas en lo cierto
#5

Re: Duda Modelo 720

Gracias!
#6

Re: Duda Modelo 720

hola
Por favor, revisad bien el concepto 50000 euros.
Según tengo yo entendido, puedes tener
- 50000 en una cuenta corriente
- 50000 en acciones
- 50000 en pensiones
- en otros casos (creo que son 8 en total)

Es decir, que se pueden tener hasta 8 casuísticas x 50000 euros, 400000 euros, fuera de España sin declarar, pero siempre que cada caso esté por debajo de 50K
#7

Re: Duda Modelo 720

Hola @pericopalotes

Totalmente cierto lo que comentas. 

Si no se superan los 50k en alguno de los grupos habría obligación de presentar el modelo 720.