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Duda Modelo 720
Buenas comunidad de Rankia.
Estoy pensando en adquirir acciones, valores fuera de nuestras fronteras, hasta ahora solo he invertido aquí. Por ejemplo en IB (por lo que leo es el mejor por gastos).
La cuestión va relacionada con el modelo 720. Ahora que acaba de desaparecer el modelo D6.
De momento tengo una cuenta corriente en el extranjero con menos de 50000€.
Según mi conocimiento si invierto en valores, mientras no superé los 50000€ (¿De compra o cotización?), tampoco estaría obligado a presentar el modelo 720, al pertenecer a dos grupos diferentes, cuentas y valores, ¿no? ¿Estoy en lo cierto?
Gracias.