Buenas,
En primer lugar disculpad mi ignorancia si estoy equivocado. ¿Te refieres a los 1500€ libres de impuestos por dividendos? Es decir, ¿esas acciones se consideran dividendos? La verdad es que si es así... estupendo.
Por otro lado, hace unos días pregunté al foro si alguien sabía como tributaban los beneficios de venta de acciones y dividendos para acciones de fuera del mercado nacional. La verdad es que no me quedó nada claro y hoy aprovechando una visita a hacienda/chupópteros me han confirmado que existen acuerdos bilaterales y que sólo tienes que tributar en España, para ello existen apartados específicos en la declaración.
Me ha parecido demasiado sencillo así que he insistido para ver como se hacía y me han contestado que "es sencillo y no hay problema". El año que viene al hacer la declaración veremos si "es sencillo y no hay problema".
Saludos.