Re: El Jueves sube el IVA. Atentos a que se aplique sin abusos.
Os dejo un enlace al foro de fiscalidad:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/516925-tipo-iva-que-deberia-aplicar
Saludos.
Os dejo un enlace al foro de fiscalidad:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/516925-tipo-iva-que-deberia-aplicar
Saludos.
Me acaban de llegar facturas de Endesa de gas y de electricidad, Consumos del 9/04/10 al 14/06/10, Fecha de la factura 17 Junio, pago el 24/06/10 IVA aplicado el 16%.
Aqui parece claro porque ninguna fecha toca el mes de Julio.
S2
¿Me llegará una factura en julio con un IVA del 18% si cuando yo realicé el consumo o recibí un servicio en mayo, junio o incluso antes el gravamen era del 16%?
La respuesta no deja lugar a dudas: sí, porque así lo marca lo ley y porque así lo ha confirmado la Dirección General de Tributos, en varias consultas realizadas por las empresas . El organismo se remite a un triplete de normativas (la Ley General Tributaria, la del IRPF y la de Facturación) para justificar que es totalmente legal esta situación.
Algunos expertos, sin embargo, denuncian el pleno desconocimiento que padecen los usuarios ante el nuevo gravamen. Ignorancia que les ha llevado a pasar por alto que, si llegan a exigir sus facturas antes del 1 de julio por servicios ya prestados (en los casos que sea posible), podrían haberse ahorrado dos puntos de IVA. Detrás de esta situación defienden el interés del Ejecutivo por rascar más ingresos con los que subsanar un déficit público en récords.
Esta por ver que alguien lleve esto a los tribunales y lo gane montandose el correspondiente lio de devoluciones.
S2
Hacienda se escuda en la directiva comunitaria del IVA para justificar la aplicación retroactiva del impuesto a las facturas de luz, gas, teléfono e Internet, que ha provocado un enorme revuelo en la ciudadanía. Según fuentes de la administración tributaria, esta aplicación es legal y era conocida de antemano, pero lo cierto es que el Gobierno no había informado al público al respecto. Por otro lado, esta extraña situación sólo se aplica a los suministros continuos, no a las facturas de bienes y servicios giradas con posterioridad a su prestación, que seguirán aplicando el 16% y no el nuevo tipo del 18%.
Articulo muy completo para el que quiera profundizar:
S2