Buenos días:
Sí, esto es nuevo y es contradictorio. Por un lado piden dicho certificado y por otro probar haberlo simplemente solicitado.
En cuanto al certificado en sí entiendo que quieren que el registrador de turno certifique que en la inscripción de la propiedad no figura ninguna prohibición de dedicarla al alquiler turístico. Esto viene de que las comunidades de propietarios pueden prohibir los alquileres turísticos y luego inscribir dicho acuerdo para que sea oponible a terceros.
Tengo solicitado uno de estos certificados y veremos qué contesta el registrador y si lo expide o no lo expide.
Es una chapuza de la Junta de Andalucía, en cualquier caso. Si quieren esto podían haberlo puesto mucho más fácil. Por ejemplo, un certificado del administrador de la comunidad.